Un pueblo de Albacete endurece las normas para circular: casco obligatorio en patinetes, prohibiciones y multas de hasta 3.000 euros

El Ayuntamiento de Nerpio aprueba definitivamente una nueva ordenanza de tráfico que regula los patinetes eléctricos, el aparcamiento, el acceso de vehículos pesados y las sanciones por diferentes infracciones

El municipio albaceteño de Nerpio cuenta desde este lunes, 19 de octubre, con una nueva ordenanza municipal de tráfico que introduce numerosas normas para conductores, peatones y usuarios de vehículos de movilidad personal. La regulación, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Albacete, contempla el uso obligatorio del casco para circular en patinete eléctrico, una edad mínima de 16 años y un amplio catálogo de infracciones con sanciones que, en determinados supuestos, alcanzan los 3.000 euros.

El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente esta normativa después de que no se presentaran reclamaciones durante el periodo de exposición pública. El texto establece restricciones de circulación, condiciones para estacionar, limitaciones al transporte de mercancías y obligaciones específicas para los usuarios de patinetes eléctricos. La ordenanza entra en vigor al día siguiente de su publicación definitiva en el boletín provincial.

Casco obligatorio y edad mínima de 16 años para los patinetes eléctricos

Una de las principales novedades afecta a los vehículos de movilidad personal (VMP), entre los que se encuentran los patinetes eléctricos. La ordenanza establece que sus conductores deberán tener al menos 16 años, aunque fija en 18 años la edad mínima para determinados usos vinculados a actividades económicas, con la excepción prevista para los usuarios de servicios de alquiler, que podrán utilizarlos desde los 16 años.

Además, será obligatorio utilizar un casco de protección homologado. La normativa contempla la posibilidad de inmovilizar el vehículo cuando se incumpla esta obligación y los agentes aprecien un riesgo para la seguridad vial.

Los patinetes tampoco podrán circular por las aceras, parques, bulevares, zonas peatonales y otros espacios reservados a los viandantes. En estos lugares, los usuarios deberán bajarse y desplazarse a pie, sin utilizar el motor del vehículo.

La velocidad máxima de circulación será de 25 kilómetros por hora en la calzada, salvo que exista una señalización más restrictiva. En los carriles bici situados sobre las aceras, el límite quedará reducido a 10 kilómetros por hora, mientras que en los carriles bici físicamente separados de aceras y calzadas podrá alcanzar los 25 kilómetros por hora.

Prohibido utilizar el móvil, llevar auriculares y circular de noche sin elementos reflectantes

La nueva ordenanza también introduce obligaciones relacionadas con la seguridad. Los conductores de patinetes no podrán utilizar el teléfono móvil durante la conducción, una prohibición que incluye leer o escribir mensajes y que también se aplica cuando el vehículo esté detenido ante un semáforo en rojo.

Igualmente, queda prohibido circular utilizando auriculares o cascos de audio conectados a teléfonos y otros dispositivos reproductores de sonido. La normativa también impide transportar a más de una persona en un mismo patinete y prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol o con presencia de drogas en el organismo, en los términos establecidos por la legislación aplicable.

Para circular de noche o cuando exista poca visibilidad, los usuarios deberán llevar prendas reflectantes, mientras que sus vehículos tendrán que disponer de los correspondientes sistemas de iluminación delantera y trasera, elementos reflectantes y un timbre o dispositivo de aviso.

También se prohíbe estacionar los patinetes sobre aceras y espacios peatonales no habilitados. Los usuarios deberán utilizar las zonas de aparcamiento autorizadas para vehículos, bicicletas o motocicletas.

Restricciones para camiones, caravanas y vehículos de gran tonelaje

La nueva regulación no afecta únicamente a los patinetes eléctricos. El Ayuntamiento de Nerpio establece restricciones para determinados vehículos en el casco urbano, especialmente los de grandes dimensiones.

La ordenanza prohíbe estacionar camiones con una masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas en el casco urbano, salvo en los espacios expresamente señalizados. Esta limitación también afecta al estacionamiento de autobuses de más de nueve plazas fuera de las zonas habilitadas.

En el caso de remolques, semirremolques y caravanas, tampoco se permitirá su estacionamiento en el casco urbano cuando estén separados del vehículo tractor, excepto en los lugares autorizados.

Las autocaravanas, por su parte, podrán estacionar siempre que no desplieguen elementos exteriores que sobrepasen el perímetro del vehículo, como toldos u otros accesorios, que únicamente podrán utilizarse en lugares habilitados para ello.

La ordenanza establece además una restricción general de acceso al casco urbano para vehículos de más de 12,5 toneladas de masa máxima autorizada, con determinadas excepciones. Cuando resulte imprescindible acceder con vehículos de estas características por circunstancias especiales, deberá solicitarse autorización municipal con diez días hábiles de antelación.

Prohibido dejar un vehículo más de 15 días consecutivos en el mismo lugar

Otra disposición que afecta directamente a los vecinos es la prohibición de mantener un vehículo estacionado en un mismo lugar durante más de 15 días consecutivos, computándose únicamente los días hábiles a estos efectos.

El Ayuntamiento también regula la retirada de vehículos abandonados y contempla actuaciones específicas cuando presenten desperfectos importantes, carezcan de matrícula o se encuentren en condiciones que puedan suponer un peligro para los ciudadanos.

La nueva ordenanza permite igualmente que la Policía Local retire vehículos estacionados que obstaculicen accesos, pasos de peatones, espacios reservados para personas con movilidad reducida o zonas destinadas a servicios de emergencia.

En las calles residenciales debidamente señalizadas, donde conviven peatones, bicicletas y vehículos a motor, se establece una velocidad máxima de 20 kilómetros por hora y prioridad para los viandantes.

Multas de hasta 3.000 euros por determinadas infracciones

El régimen sancionador constituye otro de los apartados destacados de la normativa. El Ayuntamiento incorpora un amplio cuadro de infracciones con multas que varían en función de la conducta y su gravedad.

Las infracciones leves contemplan, con carácter general, sanciones de 80 euros, mientras que las graves pueden alcanzar los 200 euros y las muy graves los 500 euros, sin perjuicio de los importes específicos establecidos para determinadas conductas.

Entre los supuestos más severamente sancionados figuran la realización de obras en la vía pública sin la correspondiente autorización y determinadas alteraciones de la señalización que comprometan gravemente la seguridad vial, con multas de hasta 3.000 euros.

Por su parte, circular con un patinete eléctrico por las aceras aparece recogido en el cuadro sancionador con una multa de 200 euros. También se contemplan sanciones de 200 euros por utilizar el teléfono móvil o auriculares durante la conducción de estos vehículos, y multas de hasta 1.000 euros por determinadas infracciones relacionadas con el consumo de alcohol o drogas.

En materia de estacionamiento, la normativa recoge distintas sanciones por aparcar en lugares prohibidos, obstaculizar la circulación o incumplir las restricciones establecidas.

Nuevas reglas para la carga y descarga de mercancías

La ordenanza también regula las operaciones de carga y descarga de mercancías. Con carácter general, estas actividades podrán realizarse de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00 horas, y los sábados de 8:00 a 15:00 horas, salvo que exista una señalización específica que establezca otras condiciones.

Las zonas reservadas para estas operaciones tendrán carácter colectivo y no podrán ocuparse durante más de 60 minutos, salvo autorización expresa por las características de la actividad.

Además, se establecen franjas consideradas de circulación intensiva, comprendidas entre las 7:00 y las 10:00, las 12:00 y las 15:00, y las 18:00 y las 21:00 horas de lunes a viernes, que condicionarán determinadas operaciones y autorizaciones especiales.

Con esta nueva ordenanza, Nerpio actualiza su normativa municipal de circulación, incorporando reglas específicas para los patinetes eléctricos y regulando numerosas situaciones cotidianas relacionadas con el tráfico, los aparcamientos y el transporte de mercancías. Las disposiciones, publicadas oficialmente este lunes, deberán ser tenidas en cuenta tanto por los vecinos como por quienes circulen por las calles del municipio.

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Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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