La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a 3 años y 6 meses de prisión y a una multa de 90.000 euros a un hombre detenido en Hellín con pequeñas dosis de cocaína ocultas en cajas de caramelos y dinero en metálico. La resolución, dictada por conformidad de las partes, incluye la destrucción de la droga y el decomiso del dinero y efectos intervenidos.

La detención: dos cajas de caramelos y 14 “bolsitas”
La investigación se activó la noche del 27 de septiembre de 2024 en un polígono de Hellín. Agentes de Policía Nacional, en vigilancia discreta, identificaron al acusado y, en un cacheo superficial, se le cayeron dos cajas de caramelos que escondían 14 bolsitas dentro de su pantalón con 6,24 gramos de cocaína (pureza del 82,9%) y 1.545 euros en efectivo.
El registro: casi 400 gramos, básculas y material de corte
Con autorización judicial, ese mismo día se practicó entrada y registro en el inmueble controlado por el investigado. Los agentes intervinieron múltiples partidas de cocaína —entre ellas 327,13 g al 83,65% y otras fracciones hasta superar los 390 g en total—, tres básculas de precisión, bolsas cortadas y anotaciones manuscritas. El valor en el mercado de lo aprehendido se estimó en 41.784,12 euros, según la sentencia.
El delito y la pena
El tribunal declara probado que el acusado poseía la droga para su venta a terceros, constitutivo de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud. La pena impuesta es de 3 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante la condena y multa de 90.000 euros, con 4 meses de privación de libertad en caso de impago como responsabilidad personal subsidiaria. Se le imponen, además, las costas procesales.

Conformidad y rebaja sobre la petición inicial
La causa llegó a vista de conformidad tras la modificación de la petición fiscal en el acto del juicio: la acusación pública redujo su solicitud inicial (4 años y 6 meses de prisión y 125.352 € de multa) a los 3 años y 6 meses y 90.000 € finalmente impuestos, a lo que se allanó la defensa del acusado.
Prisión provisional y situación personal
El condenado, sin antecedentes penales, estaba en prisión provisional por esta causa desde el 29 de septiembre de 2024. La sentencia acuerda la destrucción de la sustancia intervenida y el decomiso del dinero y útiles de pesaje, conforme a la normativa aplicable.
La defensa ha solicitado la suspensión de la pena al amparo del artículo 80.5 del Código Penal, petición a la que se opuso el Ministerio Fiscal. El tribunal señala que esa decisión se resolverá en ejecutoria, cuando la sentencia sea firme.

Plazo de recurso
Las partes disponen de diez días para apelar ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Si ninguna recurre, la resolución quedará firme y se ejecutará la pena impuesta.