No sospechaba que la Guardia Civil estaba camuflada en esta transitada carretera de Albacete

Guardia Civil de Albacete investiga al conductor de un turismo por un delito contra la seguridad vial

Componentes del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Albacete han investigado al conductor de un vehículo por un delito contra la seguridad vial al circular con exceso de velocidad. La persona investigada circulaba a 183 km/h cuando la velocidad genérica de la vía era de 90 km/h.

Actuaciones de la Guardia Civil de Albacete

Dentro de las funciones de vigilancia y control que las patrullas pertenecientes al Subsector de Albacete vienen realizando sobre los vehículos que transitan por nuestra provincia, y de manera específica, aquellas que realizan controles sobre la velocidad a la que se circula, detectaron a un turismo que circulaba con exceso de velocidad por la carretera N-322 (Linares (A-32) – Requena (A-3), dentro del término municipal de Balazote.

Un radar camuflado de la Guardia Civil cazó al infractor

Fue una patrulla de Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Albacete quien detectó, en un control de velocidad estático, la presencia de un turismo que circulaba a una velocidad de 183 Km/h, cuya limitación genérica era de 90 km/h, conducido por un varón de 50 años de edad, residente en la provincia de Jaén.

MÁS DEL DOBLE DE LA VELOCIDAD MÁXIMA PERMITIDA EN ESTA CARRETERA DE ALBACETE

Por estos hechos, el conductor del turismo fue investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial al circular a una velocidad superior a 80 km/h de la permitida reglamentariamente en vía interurbana por la que circulaba.

Las diligencias, instruidas por efectivos del Equipo de Atestados del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Albacete, fueron puestas a disposición del Juzgado de Instrucción número UNO de Albacete que ha entendido de las actuaciones.

PUEDE SER CONDENADO A PENA DE PRISIÓN Y MULTA, ADEMÁS DE QUITARLE EL PERMISO DE CONDUCIR DURANTE AÑOS

Los hechos descritos podrían ser castigados, según establece el artículo 379.1 del Código Penal, con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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