Pide una indemnización de casi 10.000 euros al Ayuntamiento de Albacete

Una mujer interponía al Ayuntamiento de Albacete una reclamación de responsabilidad patrimonial por unos daños personales tras caerse en una calle de Albacete

Una mujer interponía al Ayuntamiento de Albacete una reclamación de responsabilidad patrimonial por unos daños personales tras caerse en una calle de Albacete, una petición que ha sido desestimada por el Consistorio. 

Los hechos tuvieron lugar en junio de 2021 cuando la reclamante caminaba por la calle Rosario cuando al girar a la calle Martínez Villena, dirección al Ayuntamiento, tropezó en una tapa de registro “hundida”, teniendo que ser auxiliada por varios viandantes y trasladada en ambulancia a urgencias del Hospital de Albacete. En cuanto a la valoración de los daños personales, mediante informe médico pericial, la reclamante solicita una indemnización de 9.878,31 euros.  

Estudian si existe responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento de Albacete

La reclamación de responsabilidad patrimonial fue admitida a trámite y se ordenó la instrucción del procedimiento para determinar si existe responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento en relación a dichos hechos; además de dar traslado de la reclamación formulada a la compañía aseguradora, con la que el Ayuntamiento tiene concertada póliza de seguro de responsabilidad civil.

Policía Local de Albacete - Foto de archivo
Policía Local de Albacete – Foto de archivo

En el expediente consta informe de la Policía Local de la ciudad en el que se indica que los agentes comprobaron el estado de la acera, donde al parecer, se había caído una mujer, siendo atendida por otra dotación policial. Los agentes comprobaron que en la acera de la calle Martínez Villena cruce con calle Rosario había una tapa, “al parecer de electricidad, algo hundida, donde podría haber tropezado la mujer”. 

Un informe de la Sección Técnica de Movilidad Urbana señala que “para alimentación eléctrica y control de los equipos semafóricos en el cruce de las calles Rosario y Martínez Villena, existe un conjunto de canalizaciones subterráneas que alojan los conductores eléctricos que conectan estos elementos. En estas canalizaciones se dispone de arquetas que permiten la maniobra de estos conductores, las cuales disponen de un marco empotrado en el pavimento, sobre el que reposa la tapa practicable que debe quedar enrasada con dicho pavimento”. Por diferentes motivos, cita el informe que “en ocasiones se producen movimientos en estos marcos metálicos, siendo habitualmente reparados en el momento que se detectan, según un orden lógico de prioridad en las intervenciones”. Como se expone, el 22 de junio de 2021 se produjo la caída de la reclamante, “como consecuencia del estado en el que se encontraba una tapa de registro de semáforos del cruce indicado, en la que existía una pequeña irregularidad, observando la situación de la arqueta en la acera, y el estado en el que se encontraba con el movimiento que habían sufrido tapa y marco, originando un pequeño desnivel de 2-3 centímetros de altura”. 

Al día siguiente de los hechos, desgrana el expediente, “se colocó un cono de señalización sobre la tapa, procediéndose el día 28 de junio, lunes, a la reparación de la misma”. Actualmente se encuentra vigente el contrato de Servicio de Conservación y mantenimiento de las instalaciones de control de tráfico y suministro e instalación de sistemas de control de accesos mediante lectura de matrículas de vehículos del Ayuntamiento de Albacete, formalizado con la empresa adjudicataria Indra Sistemas S.A. 

El expediente indica que transitar por las vías urbanas, “ha de hacerse con un mínimo de cuidado”

Según informe emitido por la Sección Técnica de Movilidad Urbana, dicta el expediente, la irregularidad existente en la arqueta de semáforos “era de escasa entidad, formando un pequeño escalón entre 2 y 3 cm, por lo que la misma no puede ser considerada con relevancia suficiente para entender existente la requerida relación de causalidad”. Y es que subraya el mismo informe que a la hora de transitar por las vías urbanas, “ha de hacerse con un mínimo de cuidado, ya que en dichas vías se encuentran elementos estructurales, cuya existencia viene justificada para el adecuado funcionamiento de los servicios públicos, en este caso una arqueta de semáforos, lo que implica una mayor diligencia de los peatones para evitar posibles caídas al tropezar con ellos. La tapa de registro es notoria y perfectamente visible en la acera. También procede subrayar que, al ser un elemento extraño a la propia acera, pero necesario, por ser tapa de registro, es inevitable la falta de continuidad en el pavimento, observándose que la arqueta de semáforos se encuentra en mínimo desnivel respecto de los adoquines del acerado, pues no se puede pretender que ésta se encuentre exactamente a ras de la propia acera sin que se produzca ni el más mínimo desnivel, como sucede en este caso”. 

En cuanto a la circunstancia de que posteriormente se haya reparado la arqueta de semáforos, según resulta de los informes y fotografías remitidos, desgrana el expediente, “en modo alguno prueba que dicho desnivel sea un peligro para los viandantes, teniendo en cuenta que la citada calle es muy concurrida sin que se tenga constancia de la existencia de más incidentes en el referido lugar”, pues según se establece en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 16 de noviembre de 2017, “que un elemento de la vía pública con un desperfecto de escasa entidad y esquivable, sea reparado o sustituido no permite entender que cualquier caída que se haya producido en el entorno de aquél haya sido provocada indefectiblemente por tal motivo y no por otros como, por ejemplo, el que tiene en cuenta la sentencia de instancia, es decir, por falta de atención o cuidado por los peatones”. 

El Ayuntamiento de Albacete desestima la reclamación

En base a todo, y visto el dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Interior, Patrimonio, Contratación y Buen Gobierno, la Junta de Gobierno Local acuerda desestimar la reclamación presentada por la mujer al no quedar probado la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión producida estipulada por la Ley. 

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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