Si haces más ruido del que toca, la Policía Local de Albacete no te va a perdonar

/Redacción/Foto: Policía Local de Albacete/

Agentes de la Policía Local de Albacete han participado en la Escuela de Protección Ciudadana en un curso de formación sobre los problemas del ruido en el entorno urbano y sus técnicas de medición.

Junto a los policías de Albacete se han formado también otros agentes de distintos cuerpos de la policía local de Castilla-La Mancha.

Según recoge la ordenanza municipal de Albacete en su apartado destinado a ruidos, “la intervención municipal impedirá que las perturbaciones por ruidos excedan de los límites que se indican en la presente Ordenanza”. Igualmente, la ordenanza añade que “sin tener en cuenta las perturbaciones producidas por el tráfico rodado de vehículos, no se podrá producir ruido alguno que sobrepase, en el medio exterior, los niveles equivalentes que se indican a continuación”:

a) Zonas sanitarias:

    Entre las 8 y las 22 horas …………. 45 dBA

    Entre las 22 y las 8 horas …………. 35 dBA

b) Zonas industriales y de almacenes:

    Entre las 8 y las 22 horas …………. 70 dBA

    Entre las 22 y las 8 horas …………. 55 dBA

c) Zonas comerciales:

    Entre las 8 y las 22 horas …………. 65 dBA

    Entre las 22 y las 8 horas …………. 50 dBA

d) Zonas de viviendas y edificios:

    Entre las 8 y las 22 horas ………… 55 dBA

    Entre las 22 y las 8 horas ………… 40 dBA

En lo que a locales interiores de una edificación se refiere, la Ordenanza Municipal indica que “el nivel sonoro expresado en dBA no deberá sobrepasarse como consecuencia de las fuentes sonoras situadas en el exterior de los mismos, independientemente de la zonificación, tipo de local y horario, y a excepción de los ruidos procedentes del tráfico, será de 30 dB (A)”.

Los ciclomotores y motocicletas también son unas importantes fuentes generadoras de ruido y por ello y según recoge la Ordenanza Municipal:

1.- “Corresponde a la Policía Local, establecer unos controles periódicos para asegurar el cumplimiento de los límites establecidos en esta sección para ciclomotores o motocicletas”.

2.- “Los propietarios o usuarios de vehículos ciclomotores o motocicletas que sean requeridos para un control, deberán estacionar y facilitar la medición de ruido producido por su ciclomotor, cuando así lo estime la policía local”.

3.- “En caso de negativa será inmovilizado y trasladado el vehículo a las Dependencias Municipales”.

4.- “El límite máximo de nivel sonoro permitido para ciclomotores es de 80 decibelios dB(A)”.

En el caso de las motocicletas, éstos son los niveles máximos permitidos:

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Un comentario

  1. ¿Saben que cada vehículo tiene unos decibelios máximos por construcción y a un margen de trabajo que tipifica cada fabricante de ciclomotores y motocicletas? Y sólo se pueden medir en un entorno controlado que no hayan interferencias acústicas que interfieran en la prueba.

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