WiZink Bank ha sufrido tres nuevos reveses judiciales en la provincia de Albacete después de que la Audiencia Provincial haya resuelto otros tantos procedimientos relacionados con tarjetas de crédito revolving. Las decisiones, dictadas durante septiembre de 2026, afectan a contratos que establecían intereses elevados o condiciones que no permitían a los consumidores comprender adecuadamente las consecuencias económicas de la financiación.
Los tres asuntos, procedentes de juzgados de Albacete capital y Villarrobledo, han terminado con decisiones desfavorables para la entidad bancaria. En dos de ellos se ha confirmado o declarado la nulidad completa de las tarjetas de crédito, mientras que en el tercero se ha mantenido la anulación de diferentes cláusulas contractuales y la obligación de devolver los importes cobrados indebidamente. Además, WiZink deberá asumir las costas judiciales establecidas en las resoluciones.
Los procedimientos afectan a consumidores que habían contratado productos de financiación con devolución aplazada, una modalidad que permite pagar cuotas periódicas mientras el crédito disponible se recompone. Sin embargo, cuando las cuotas son reducidas y los intereses elevados, el cliente puede acabar pagando durante años sin conseguir disminuir significativamente su deuda.
Una tarjeta con intereses del 27,24 % acaba anulada en Villarrobledo
Uno de los casos más destacados procede de Villarrobledo (Albacete), donde un consumidor había contratado una tarjeta de crédito con WiZink el 6 de abril de 2017.
El contrato establecía una tasa anual equivalente (TAE) del 27,24 %, un porcentaje que terminó siendo determinante para que el Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Villarrobledo declarara la nulidad de la tarjeta por considerar usurario el interés aplicado.
La resolución de primera instancia, dictada en abril de 2025, estimó íntegramente la demanda presentada por el afectado y condenó a WiZink a devolverle las cantidades que hubiera abonado por encima del capital realmente prestado.
La entidad financiera no aceptó aquella decisión y presentó un recurso ante la Audiencia Provincial de Albacete. Su defensa cuestionó el tipo de interés utilizado como referencia para determinar si el contrato era usurario, sosteniendo que debían tenerse en cuenta otros datos del mercado correspondientes a 2017.
Sin embargo, los magistrados han rechazado sus argumentos.
La Audiencia recuerda que el tipo medio publicado por el Banco de España para las tarjetas revolving durante aquel año era del 20,80 %, una referencia que debía ajustarse ligeramente para poder compararla con la TAE del contrato.
Incluso después de realizar esa corrección, el interés pactado por WiZink superaba en más de seis puntos porcentuales el tipo de referencia, por lo que la Sala considera que se cumplen las condiciones para declarar la existencia de usura.
La Audiencia Provincial ha confirmado la nulidad de la tarjeta y la obligación de WiZink de devolver el dinero cobrado por encima del capital prestado, una cantidad que deberá determinarse teniendo en cuenta todos los pagos realizados por el consumidor.
El tribunal también ha rechazado la petición del banco de evitar las costas judiciales, por lo que la entidad deberá asumir las correspondientes tanto a la primera instancia como a la apelación.
Otro cliente de Albacete consigue anular intereses y varias comisiones
El segundo procedimiento tiene su origen en Albacete capital, donde un consumidor demandó a WiZink por las condiciones incluidas en su tarjeta de crédito.
El Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Albacete ya había estimado su demanda en diciembre de 2023 y declarado nulas las cláusulas relacionadas con el coste del préstamo y los intereses remuneratorios.
Además, anuló otras dos condiciones del contrato: las comisiones por reclamación de deuda impagada y por disposición de efectivo.
La sentencia obligaba a WiZink a rehacer el cuadro de amortización del crédito, eliminando los intereses derivados de las condiciones declaradas nulas, y a restituir al consumidor las cantidades cobradas indebidamente.
La entidad recurrió aquella decisión alegando que el contrato era perfectamente comprensible y que sus cláusulas estaban redactadas con claridad.
WiZink defendía que, al tratarse de una contratación digital, el consumidor había podido consultar las condiciones y ampliar el tamaño de la letra. También argumentó que se le había facilitado información sobre el producto y que durante años había recibido extractos bancarios sin presentar reclamaciones.
La Audiencia Provincial de Albacete, sin embargo, ha rechazado que estas circunstancias sean suficientes para acreditar la transparencia de la contratación.
Los magistrados reconocen que las cláusulas eran legibles y que estaban incorporadas formalmente al contrato, pero consideran que eso no demuestra que el consumidor pudiera comprender sus verdaderas consecuencias económicas.
El tribunal destaca que el contrato no explicaba adecuadamente el riesgo de prolongar indefinidamente el endeudamiento mediante la combinación de intereses elevados, cuotas reducidas y un sistema que permite recomponer constantemente el crédito disponible.
Tampoco se ofrecían ejemplos suficientes que permitieran comprender cómo evolucionaría la deuda o comparar esta modalidad de financiación con otras alternativas.
Por ello, la Audiencia mantiene la nulidad de las cláusulas sobre intereses y confirma también la anulación de las comisiones por reclamación de impagos y disposición de efectivo.
WiZink tendrá que recalcular las cantidades cobradas y devolver al cliente los importes que correspondan, con los intereses establecidos judicialmente.
La entidad también deberá afrontar las costas procesales, después de que la Audiencia haya desestimado íntegramente su recurso.
Una mujer logra que se anule por completo su tarjeta revolving de 2014
El tercer revés judicial afecta a una mujer que había contratado una tarjeta de crédito revolving con WiZink el 3 de junio de 2014.
En este caso, el Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Albacete había estimado inicialmente solo una parte de su demanda, declarando nula la comisión por reclamación de cuotas impagadas.
La resolución obligaba al banco a devolver los importes que hubiera cobrado por ese concepto, pero no aceptaba la totalidad de las pretensiones de la consumidora.
La afectada decidió recurrir ante la Audiencia Provincial al considerar que las condiciones sobre los intereses tampoco cumplían las exigencias legales de transparencia.
El resultado de la apelación ha supuesto un cambio importante en el procedimiento.
La Audiencia Provincial de Albacete ha dado la razón a la mujer y ha concluido que WiZink no acreditó haberle facilitado información suficiente antes de contratar la tarjeta para que pudiera comprender los riesgos económicos asociados al sistema revolving.
Aunque el documento establecía la TAE aplicable, los magistrados consideran que no explicaba con claridad cómo funcionaba el mecanismo de amortización, especialmente cuando se combinaban cuotas mensuales reducidas, intereses elevados y la posibilidad de acumular nuevas cantidades pendientes.
La Sala recuerda que este tipo de financiación puede provocar que el consumidor se convierta en un deudor cautivo, pagando cantidades durante años sin conseguir amortizar de forma significativa el capital utilizado.
Además, destaca que no resulta suficiente informar del porcentaje de interés si no se explica cómo influirá realmente en la evolución de la deuda.
El tribunal considera que la falta de transparencia afecta a una condición esencial del contrato y que, en este caso, no es posible mantener la tarjeta eliminando únicamente la cláusula relativa a los intereses remuneratorios.
Por ello, la Audiencia ha declarado la nulidad completa del contrato de crédito, revocando la anterior resolución del juzgado.
La consecuencia es que las partes deberán restituirse las cantidades entregadas durante la vigencia del contrato. La consumidora deberá responder únicamente del capital efectivamente utilizado, mientras que WiZink tendrá que devolver lo que corresponda de los pagos realizados. El importe exacto deberá calcularse durante la ejecución de la sentencia.
Además, la Audiencia impone a la entidad bancaria las costas de primera instancia y las correspondientes al recurso de apelación.
El riesgo de convertirse en un deudor cautivo
Las tres resoluciones judiciales tienen un elemento común: las características de las tarjetas revolving y las consecuencias que pueden provocar en la economía de los consumidores.
Este tipo de tarjetas permite utilizar una línea de crédito y devolver las cantidades dispuestas mediante cuotas periódicas, normalmente con la posibilidad de elegir importes relativamente bajos.
El problema aparece cuando esas cuotas apenas permiten amortizar capital porque una parte importante de los pagos se destina a satisfacer los intereses.
En esas circunstancias, la deuda puede prolongarse durante años y generar nuevos intereses, especialmente cuando el consumidor continúa utilizando el crédito disponible o cuando el contrato permite incorporar determinadas cantidades pendientes al saldo financiado.
Los tribunales consideran especialmente importante que las entidades financieras expliquen estas circunstancias antes de que el cliente firme el contrato.
No basta con incluir una TAE en el documento o presentar las condiciones generales de forma legible. La información debe permitir comprender el funcionamiento del sistema de amortización, los riesgos asociados a las cuotas reducidas y el coste económico que puede llegar a tener la financiación.
En los procedimientos examinados, la Audiencia Provincial de Albacete ha considerado que determinadas condiciones de las tarjetas de WiZink no cumplían esas exigencias o que los intereses aplicados superaban los límites admitidos por la jurisprudencia.
Tres derrotas judiciales y dinero que devolver a sus clientes
Las tres resoluciones representan resultados desfavorables para WiZink en procedimientos tramitados en la provincia de Albacete.
En Villarrobledo se confirma la nulidad por usura de una tarjeta con una TAE del 27,24 %, mientras que en Albacete capital otro consumidor mantiene la declaración de nulidad de varias cláusulas sobre intereses y comisiones.
En el tercer asunto, también procedente de la capital, una mujer consigue que la Audiencia Provincial anule completamente su tarjeta de crédito después de recurrir una primera resolución que solo había estimado parcialmente sus reclamaciones.
Las tres decisiones tienen consecuencias económicas para WiZink, aunque las sentencias no fijan una cantidad global que pueda sumarse, ya que las devoluciones deben calcularse a partir de las cantidades realmente utilizadas y abonadas por cada consumidor.
A estas obligaciones se añade la imposición de las costas judiciales correspondientes a la entidad financiera.
Los pronunciamientos no admiten recurso ordinario, aunque pueden ser impugnados mediante recurso de casación ante el Tribunal Supremo si concurren los requisitos legales.
De esta forma, las tarjetas revolving de WiZink vuelven a recibir un importante revés en los tribunales de Albacete, donde tres consumidores han conseguido que la Justicia anule contratos o cláusulas y reconozca su derecho a recuperar cantidades cobradas indebidamente.

