Una caída en una de las zonas más conocidas y transitadas de Albacete ha terminado convirtiéndose en una reclamación administrativa que se ha prolongado durante más de tres años. La afectada sufrió una fractura en un brazo y otras lesiones después de tropezar con unos elementos metálicos que sobresalían del pavimento. Lo que inicialmente parecía un accidente acabó dando lugar a una reclamación de casi 19.000 euros y a una investigación en la que las fotografías, los testimonios y unos pocos milímetros de diferencia han resultado decisivos.
Los hechos ocurrieron el 23 de febrero de 2023, alrededor de las 20:00 horas, en el Paseo de la Feria de Albacete, a la altura del número 73, en las inmediaciones de la Plaza de Toros. La mujer caminaba acompañada por otras personas cuando tropezó con unos tornillos instalados en el suelo, utilizados como elementos de fijación de instalaciones que se colocan temporalmente en esta zona de la ciudad.
Una fractura en el brazo y meses de rehabilitación
Como consecuencia de la caída, la mujer sufrió una fractura de la cabeza del radio del brazo izquierdo, clasificada como Masson tipo II, además de una contusión y otras lesiones en la rodilla izquierda. La fractura no fue apreciada inicialmente en el servicio de Urgencias del Hospital General Universitario de Albacete y terminó siendo diagnosticada en una segunda asistencia, el 4 de marzo de 2023, después de que persistieran los dolores.
La afectada tuvo que someterse posteriormente a tratamiento y sesiones de rehabilitación, hasta recibir el alta el 13 de septiembre de 2023. Durante ese tiempo, las lesiones y sus consecuencias fueron objeto de seguimiento médico, mientras se preparaba la documentación para reclamar una indemnización al Ayuntamiento.
La reclamación presentada ascendía a 18.810,46 euros. De esa cantidad, 12.501,78 euros correspondían a 202 días de perjuicio personal que la parte reclamante consideraba de carácter moderado, mientras que los 6.308,68 euros restantes respondían a las secuelas valoradas en un informe pericial médico. Entre estas últimas figuraban limitaciones de movilidad del codo, molestias en la mano y un perjuicio estético ligero.
Los tornillos que provocaron la controversia
La mujer defendía que el accidente se había producido al tropezar con unos tornillos que sobresalían del pavimento entre uno y dos centímetros. Esta afirmación estaba respaldada por un informe pericial aportado con la reclamación, que describía la presencia de elementos metálicos de anclaje y consideraba que constituían un obstáculo peligroso para los peatones.
La Policía Local acudió al lugar después de recibir el aviso de un testigo. Los agentes recabaron información sobre lo sucedido y documentaron mediante fotografías el estado del pavimento en la zona donde se había producido la caída.
Sin embargo, durante la tramitación del expediente apareció una discrepancia importante. Los dos testigos que acompañaban a la mujer señalaron que los tornillos causantes del tropiezo eran los que aparecían en las fotografías realizadas por la Policía Local, y no los elementos de mayor tamaño mostrados en el informe pericial presentado por la reclamante.
Esta diferencia acabó adquiriendo especial relevancia porque los servicios técnicos municipales realizaron una inspección para determinar las características de los anclajes existentes y comprobar cuánto sobresalían realmente del suelo.
De dos centímetros a apenas cuatro milímetros
El Servicio de Infraestructuras y Movilidad Urbana analizó los elementos metálicos instalados en el lugar. En su informe se explica que, durante una inspección posterior, fue retirado uno de los tornillos que permanecían en el pavimento para comprobar sus dimensiones.
Los técnicos determinaron que tenía una cabeza hexagonal de aproximadamente tres milímetros de altura y una arandela de alrededor de un milímetro. En consecuencia, calcularon que el elemento podía sobresalir unos cuatro milímetros sobre la superficie del pavimento.
El propio informe matiza que no podía asegurarse que el tornillo retirado fuera exactamente el mismo que intervino en el accidente, aunque sus características eran similares a las de los que aparecían en las fotografías realizadas por los agentes.
El Ayuntamiento también explicó que estos anclajes se utilizaban para sujetar determinadas atracciones temporales instaladas durante las ferias y otras actividades. La documentación municipal plantea que algunos tornillos podían haberse vuelto a colocar una vez retiradas las estructuras para facilitar su posterior reutilización, aunque no determina con certeza quién realizó esa operación.
El Consejo Consultivo reconoce la caída, pero no aprecia responsabilidad municipal
La reclamación llegó al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, cuyo dictamen fue recibido por el Ayuntamiento el 20 de octubre de 2026. Este organismo examinó los testimonios, los informes médicos, las fotografías y las conclusiones de los servicios técnicos municipales.
El Consejo considera acreditado que la mujer tropezó con algún tornillo instalado en la acera del Paseo de la Feria y sufrió las lesiones descritas. Sin embargo, distingue entre la existencia del accidente y la obligación legal de indemnizar a la persona que lo ha sufrido.
En su análisis, el órgano consultivo destaca que los testigos descartaron que el tropiezo se produjera con los elementos de mayor tamaño recogidos en el informe pericial particular. También tiene en cuenta que los técnicos municipales estimaron un resalte máximo aproximado de cuatro milímetros y que no constaban avisos o reclamaciones anteriores por la presencia de esos tornillos.
Con estos elementos, el Consejo Consultivo concluye que no se ha acreditado una relación causal jurídicamente imputable al Ayuntamiento por un defecto de conservación de la vía pública. Su razonamiento se apoya en que las administraciones deben mantener las calles en condiciones razonables de seguridad, pero no están obligadas a garantizar la inexistencia absoluta de cualquier pequeña irregularidad en el pavimento.
El Ayuntamiento de Albacete rechaza la indemnización de 18.810 euros
Finalmente, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete, en su sesión del 22 de octubre de 2026, acordó por unanimidad desestimar la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la mujer.
La resolución se fundamenta en que no ha quedado acreditada la relación de causalidad entre el funcionamiento normal o anormal del servicio público municipal y los daños sufridos que permitiría exigir una indemnización a la Administración.
De este modo, el Ayuntamiento rechaza abonar los 18.810,46 euros solicitados, pese a reconocer la existencia de un accidente con consecuencias físicas importantes. El acuerdo municipal culmina así la tramitación administrativa de un incidente ocurrido en febrero de 2023 que ha requerido informes técnicos, pruebas testificales y la intervención del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.


