Ofrece un piso falso en alquiler en Albacete, cobra 1.350 euros por Bizum y acaba condenada: tenía 59 condenas en su historial por toda España

La Audiencia Provincial de Albacete impone un año y tres meses de prisión a una mujer que engañó a una persona que buscaba vivienda a través de Milanuncios. La Justicia rechaza suspender la pena al comprobar su extensa trayectoria delictiva por estafas cometidas en diferentes puntos de España

Una persona que buscaba un piso de alquiler en Albacete terminó siendo víctima de una estafa después de contactar con una mujer que aseguraba disponer de una vivienda por 450 euros mensuales. La supuesta arrendadora consiguió que le transfiriera 1.350 euros a través de Bizum antes de enseñarle el inmueble, pero nunca acudió a la cita que habían concertado y se quedó con el dinero, ya que en realidad no disponía de ningún piso para alquilar en la ciudad.

Los hechos, ocurridos en septiembre de 2021, han terminado con una sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete que condena a la acusada a un año y tres meses de prisión. Sin embargo, lo más llamativo del procedimiento es el extenso historial delictivo descubierto durante el juicio: la mujer acumulaba 59 condenas anotadas en su historial penal, muchas de ellas por estafas cometidas en diferentes localidades españolas. Esta circunstancia ha llevado al tribunal a rechazar la suspensión de la pena y ordenar su ejecución inmediata.

Buscaba un piso de alquiler en Albacete a través de Milanuncios

Todo comenzó el 28 de septiembre de 2021, cuando una persona que necesitaba encontrar una vivienda en Albacete había publicado un anuncio en la conocida plataforma de compraventa Milanuncios.

El anuncio no ofrecía ningún inmueble, sino que expresaba el interés de su autor en encontrar un piso disponible para alquilar en la capital albaceteña.

La acusada aprovechó aquella publicación para ponerse en contacto telefónico con el interesado y ofrecerle una vivienda que supuestamente tenía disponible.

Según los hechos probados de la sentencia, la mujer aseguró disponer de un piso en Albacete y fijó un precio de alquiler de 450 euros mensuales.

Para dar credibilidad a su oferta, explicó al interesado que una abogada se encargaría de redactar el correspondiente contrato de arrendamiento. Incluso le facilitó un número de teléfono atribuido a esa profesional, con el objetivo de reforzar la apariencia de legalidad de la operación.

La supuesta propietaria y la persona interesada en alquilar acordaron una cita para visitar el inmueble a las 20:00 horas de aquel mismo 28 de septiembre. Todo parecía preparado para que el futuro inquilino pudiera conocer la vivienda antes de formalizar el alquiler, pero la acusada todavía tenía una exigencia económica que resultaría decisiva.

Le pidió 1.350 euros por Bizum antes de enseñarle la vivienda

Antes de permitirle visitar el piso, la mujer comunicó al interesado que debía realizarle una transferencia de 1.350 euros mediante Bizum. La cantidad equivalía exactamente a tres mensualidades del alquiler anunciado, aunque la sentencia no precisa los conceptos concretos que la acusada utilizó para justificar el importe.

Confiando en que la oferta era real, la víctima accedió a efectuar los pagos solicitados. El dinero fue enviado mediante tres operaciones realizadas a través de Bizum: dos transferencias de 500 euros y una tercera de 350 euros.

Las cantidades se remitieron a un número de teléfono propiedad de la acusada, vinculado a una cuenta bancaria de ING Direct también a su nombre. Sin embargo, cuando llegó la hora convenida para enseñar el piso, la mujer no se presentó.

La sentencia establece que la acusada no disponía de ninguna vivienda para alquilar en Albacete, por lo que nunca había existido una posibilidad real de formalizar el contrato ofrecido. El tribunal considera probado que actuó desde el principio con intención de obtener un beneficio económico ilícito y que se apropió de los 1.350 euros entregados por la víctima.

La Fiscalía solicitaba inicialmente dos años de prisión

Tras denunciarse los hechos, el procedimiento fue investigado por el Juzgado de Instrucción Número 3 de Albacete, que acabó acordando la apertura de juicio oral contra la acusada.

El Ministerio Fiscal calificó inicialmente los hechos como constitutivos de un delito de estafa de los artículos 248 y 250.1.1 del Código Penal.

En su escrito de acusación, la Fiscalía solicitaba dos años de prisión, además de diez meses de multa con una cuota diaria de diez euros, la correspondiente inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y el pago de las costas procesales.

También reclamaba que la acusada indemnizara a la víctima con los 1.350 euros que había obtenido fraudulentamente, incrementados con los intereses legales correspondientes.

Sin embargo, antes de celebrarse el juicio se alcanzó un acuerdo entre la acusación y la defensa.

La Fiscalía modificó su petición de pena y la rebajó a un año y tres meses de prisión y seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros.

La mujer aceptó los hechos, la calificación jurídica y las penas solicitadas, por lo que la Audiencia Provincial dictó una sentencia de conformidad. La resolución, fechada el 23 de septiembre de 2026, fue declarada firme después de que las partes manifestaran su voluntad de no recurrir.

La Justicia descubre un historial de 59 condenas

Una vez dictada la sentencia condenatoria, el tribunal tuvo que resolver si procedía suspender la ejecución de la pena de prisión.

La defensa solicitó que la mujer no tuviera que cumplir efectivamente el año y tres meses de cárcel, argumentando que en el momento de cometer los hechos no tenía antecedentes penales computables que impidieran acceder a este beneficio.

Sin embargo, el Ministerio Fiscal se opuso a la suspensión al considerar que existía una extensa trayectoria delictiva que aconsejaba el cumplimiento efectivo de la condena.

Fue entonces cuando la Audiencia Provincial examinó la hoja histórico-penal de la acusada y constató un dato especialmente llamativo: figuraban anotadas 59 condenas.

La resolución distingue entre las condenas anteriores a los hechos de Albacete, correspondientes a delitos leves de estafa, y otras posteriores por delitos de estafa menos graves.

De hecho, la propia Fiscalía señaló que la acusada contaba con al menos diez condenas anteriores por delitos leves de estafa y numerosas sentencias posteriores por otros hechos delictivos.

El tribunal examinó así una trayectoria penal que incluía delitos cometidos entre 2018 y 2022 en distintos puntos de España.

Condenas en Madrid, Málaga, Navarra, Galicia y otras provincias

La sentencia recoge algunas de las condenas anotadas en el historial de la mujer, procedentes de numerosos órganos judiciales españoles.

Entre ellas figura una pena de tres años y un día de prisión impuesta en Ponferrada, así como otra de dos años de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Málaga.

También constan condenas de dos años de prisión en Madrid, 22 meses en Motril y 18 meses en La Rioja, además de otras resoluciones judiciales procedentes de Gipuzkoa, Valencia, Baleares, Pamplona, Murcia, Lugo, Jaén y Salamanca.

La relación pone de manifiesto que no se trataba de un comportamiento delictivo aislado, sino de una sucesión de procedimientos penales relacionados con estafas cometidas en diferentes localidades.

Los magistrados consideran que esta trayectoria evidencia un elevado riesgo de reiteración delictiva, circunstancia que resulta especialmente relevante a la hora de decidir si procede suspender una pena de prisión.

La Audiencia también señala que no consta un esfuerzo suficiente de la condenada para reparar los daños causados, ni circunstancias personales acreditadas que justifiquen la concesión de una suspensión extraordinaria.

Ya estaba en prisión cuando fue condenada por la estafa de Albacete

Otro de los datos relevantes de la sentencia es que, cuando se celebró el juicio en Albacete, la mujer ya se encontraba cumpliendo otras condenas en el Centro Penitenciario de A Lama, situado en Pontevedra.

Por tanto, no se trataba de una persona que fuera a ingresar por primera vez en prisión como consecuencia de este procedimiento.

La defensa había solicitado suspender la pena de un año y tres meses, pero la Fiscalía se opuso atendiendo a sus antecedentes y al riesgo de que pudiera seguir cometiendo delitos.

La Audiencia Provincial acogió esta posición y rechazó concederle el beneficio de la suspensión condicional.

La sentencia considera que la reiteración de estafas y las numerosas condenas impuestas en diferentes provincias desaconsejan dejar sin ejecutar la nueva pena de prisión.

Por este motivo, el tribunal ordenó la ejecución inmediata de la condena de un año y tres meses de cárcel, al encontrarse la mujer ya interna en el establecimiento penitenciario gallego.

Tendrá que devolver los 1.350 euros a la víctima

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete, mediante sentencia número 265/2026, de 23 de septiembre, condena definitivamente a la mujer como autora de un delito de estafa.

Además de la pena privativa de libertad, le impone seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros, la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas procesales.

En concepto de responsabilidad civil, la acusada deberá indemnizar a la víctima con los 1.350 euros que obtuvo mediante los tres Bizum, cantidad que se incrementará con los intereses establecidos legalmente.

La sentencia también declara firme la decisión de no suspender la pena, al haber manifestado las partes su conformidad con el pronunciamiento judicial.

El caso refleja una modalidad de estafa vinculada a la búsqueda de vivienda en la que una oferta aparentemente atractiva, acompañada de referencias a un contrato formal y a una supuesta profesional encargada de redactarlo, sirvió para conseguir que la víctima entregara el dinero antes de comprobar la existencia y disponibilidad real del inmueble.

En esta ocasión, la operación fraudulenta terminó en los tribunales de Albacete y con una nueva condena para una mujer que, cuando fue juzgada, acumulaba ya decenas de antecedentes judiciales por hechos similares en distintos puntos de España.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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