Miles de trabajadores de Albacete y su provincia afrontan importantes cambios en sus condiciones laborales. Las novedades afectan tanto a sus nóminas como al número de horas que tendrán que trabajar durante los próximos años y contemplan mejoras económicas con efectos retroactivos. También se establecen diferentes complementos salariales, permisos y medidas de protección laboral que deberán respetar las empresas incluidas en su ámbito de aplicación.
Estas condiciones se recogen en el nuevo Convenio Colectivo de las Industrias, las Nuevas Tecnologías y los Servicios del Sector del Metal de la provincia de Albacete, publicado este miércoles, 28 de octubre, en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). El acuerdo, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2028, fue firmado el pasado 31 de julio por los sindicatos CCOO y UGT y las asociaciones empresariales del sector integradas en FEDA.
El convenio afecta, según las estimaciones de Comisiones Obreras, a más de 10.000 trabajadores en la provincia de Albacete, de los cuales 6.443 desarrollan su actividad en la capital. Se trata de uno de los acuerdos laborales de mayor repercusión en el tejido industrial provincial, tanto por el número de personas afectadas como por la diversidad de actividades económicas que regula.
Subidas salariales durante tres años en Albacete
Una de las principales novedades es el incremento de los salarios establecido para el período comprendido entre 2026 y 2028. El convenio fija una subida del 3,5% para cada uno de los tres ejercicios, que se aplicará sobre todos los conceptos retributivos recogidos en sus tablas salariales.
Para 2026, la subida tiene efectos económicos desde el 1 de enero, mientras que en 2027 y 2028 se aplicarán nuevos incrementos del 3,5% sobre las cuantías resultantes de los ejercicios anteriores.
En conjunto, las tres subidas representan un aumento nominal pactado del 10,5% al sumar los porcentajes anuales. Sin embargo, al aplicarse de forma sucesiva sobre salarios previamente incrementados, el aumento acumulado por efecto de la capitalización alcanza aproximadamente el 10,87%, sin incluir posibles revisiones adicionales.
El acuerdo contempla también una cláusula de actualización vinculada al Índice de Precios de Consumo (IPC). Si la inflación interanual de diciembre supera el 3,5% establecido para cada ejercicio, se aplicará un incremento adicional equivalente a la diferencia, con un límite máximo de un punto porcentual. Las revisiones tendrán efectos desde el 1 de enero del año siguiente.
De esta manera, las retribuciones podrían experimentar incrementos superiores a los inicialmente pactados si la evolución de los precios cumple las condiciones previstas en el convenio.
La repercusión económica del acuerdo también ha sido destacada por Comisiones Obreras. El sindicato estimó que las mejoras salariales supondrán una inyección de unos 15 millones de euros anuales para los trabajadores del sector, con el correspondiente impacto sobre la economía provincial.
Cuánto cobrarán los trabajadores del metal en Albacete en 2026
El nuevo convenio incorpora las tablas salariales definitivas correspondientes a 2026, que establecen las retribuciones mínimas de los diferentes grupos profesionales.
Las cantidades oscilan entre los 1.512,23 euros mensuales del grupo 7-A, en el que se encuentran categorías como peones, personal de limpieza, ordenanzas y vigilantes, y los 2.275,64 euros mensuales del grupo 1, correspondiente a determinados puestos de ingeniería, arquitectura, análisis de sistemas y dirección.
Las retribuciones mensuales fijadas para cada grupo profesional son las siguientes:
| Grupo profesional | Salario base mensual de 2026 |
|---|---|
| Grupo 1 | 2.275,64 € |
| Grupo 2 | 1.951,36 € |
| Grupo 3 | 1.769,51 € |
| Grupo 4-A | 1.682,52 € |
| Grupo 4-B | 1.658,25 € |
| Grupo 5-A | 1.604,29 € |
| Grupo 5-B | 1.579,36 € |
| Grupo 5-C | 1.556,27 € |
| Grupo 6-A | 1.553,22 € |
| Grupo 6-B | 1.534,74 € |
| Grupo 7-A | 1.512,23 € |
Estas cantidades corresponden al salario base mensual establecido para cada grupo, al que deberán añadirse los complementos que procedan en función de las circunstancias laborales de cada persona.
El convenio mantiene, además, dos gratificaciones extraordinarias anuales, que se abonarán en julio y diciembre, sin perjuicio de la posibilidad de prorratearlas mensualmente mediante acuerdo entre la empresa y sus trabajadores.
El texto también establece que, si la retribución global de alguna categoría profesional quedara por debajo del salario mínimo interprofesional vigente, deberá ajustarse para garantizar el cumplimiento de dicho mínimo legal.
Los trabajadores tendrán que trabajar menos horas
Junto a las mejoras económicas, el nuevo convenio contempla una reducción progresiva de la jornada laboral máxima anual.
Durante 2026 se mantiene una jornada de 1.776 horas, pero esta cantidad disminuirá en los dos ejercicios posteriores. En 2027 se establecerá una jornada máxima de 1.772 horas, mientras que en 2028 se reducirá hasta las 1.768 horas.
Por tanto, los trabajadores del sector tendrán una reducción de ocho horas anuales al finalizar el período de vigencia del convenio, respecto a la jornada establecida para 2026.
La distribución de estas horas deberá concretarse mediante los correspondientes calendarios laborales de las empresas, acordados con la representación de los trabajadores durante los tres primeros meses de cada ejercicio.
El convenio también establece 22 días laborables de vacaciones anuales retribuidas y contempla que los calendarios procuren recoger preferentemente como no laborables las tardes del 24 y el 31 de diciembre.
Cuándo cobrarán los atrasos salariales de 2026
Otro de los aspectos relevantes para los trabajadores es el carácter retroactivo de la subida salarial correspondiente a 2026.
Aunque el convenio se publica oficialmente este 28 de octubre, el incremento del 3,5% debe aplicarse con efectos económicos desde el pasado 1 de enero. Esto supone que deberán regularizarse las diferencias salariales que correspondan por los meses transcurridos.
Para facilitar su aplicación, la disposición transitoria segunda establece dos posibilidades de abono de los atrasos derivados del nuevo convenio.
Las empresas podrán abonarlos dentro del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o realizar un único pago a los tres meses de dicha publicación.
De esta forma, el acuerdo establece un período de adaptación para que las empresas regularicen las cantidades pendientes correspondientes a las nuevas condiciones salariales.
Pluses por nocturnidad, turnos y horas extraordinarias
Además de los salarios base, el convenio regula diferentes complementos económicos asociados a las condiciones de trabajo.
En el caso del trabajo nocturno, desarrollado entre las 22:00 y las 6:00 horas, se establece un incremento del 20% sobre el valor de la hora calculado conforme a las condiciones del convenio, salvo las excepciones previstas para actividades cuya retribución ya tenga en cuenta su naturaleza nocturna.
También se recoge un complemento por turnicidad del 5% del salario base para aquellos trabajadores que desarrollen su actividad mediante sistemas de rotación de turnos en los términos establecidos por el convenio.
Por su parte, las horas extraordinarias tendrán un incremento del 45% respecto al valor de la hora ordinaria.
El texto incluye una disposición relacionada con la creación de empleo: las empresas que realicen más de 1.500 horas extraordinarias anuales dentro de una misma categoría profesional o grupo homogéneo de trabajadores estarán obligadas a crear un nuevo puesto de trabajo por cada 1.500 horas realizadas.
Asimismo, las nuevas tablas fijan en 39,85 euros la dieta completa, 19,92 euros la media dieta y 34,67 euros la pernoctación. Los pluses de kilometraje y distancia se establecen en 0,52 euros por kilómetro, de acuerdo con los requisitos previstos para su percepción.
Permisos laborales y medidas de conciliación
El convenio regula también diversos permisos destinados a facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.
Entre las condiciones recogidas figura un día anual de licencia retribuida para atender asuntos personales, que deberá solicitarse con una antelación mínima de cinco días naturales. También se contempla otro día anual por asuntos propios sin derecho a remuneración.
Los trabajadores tendrán derecho, igualmente, a un máximo de 12 horas anuales para acompañar a consultas médicas de la Seguridad Social a hijos menores de 12 años, o a hijos que lo requieran por discapacidad, siempre que se cumplan las condiciones de justificación establecidas.
En materia de incapacidad temporal, el convenio regula distintos complementos económicos a las prestaciones de la Seguridad Social, que pueden alcanzar el 100% de la base reguladora en determinados supuestos, como accidentes laborales, intervenciones quirúrgicas u hospitalización.
El texto incorpora igualmente medidas relacionadas con la prevención de riesgos laborales, la adaptación de puestos de trabajo por limitaciones médicas y la protección de los trabajadores en situaciones de especial vulnerabilidad.
Qué empresas de Albacete están afectadas
El ámbito de aplicación del convenio es amplio y no se limita exclusivamente a las fábricas metalúrgicas tradicionales.
También comprende, entre otras actividades, empresas dedicadas a instalaciones eléctricas, fontanería, calefacción, climatización, gas, placas solares, fabricación y mantenimiento de componentes eléctricos, telecomunicaciones y determinadas actividades tecnológicas relacionadas con el sector.
Asimismo, incluye actividades de transformación y manipulación de metales, mecánica de precisión y otros trabajos auxiliares o complementarios contemplados en su articulado.
El acuerdo fue suscrito por CCOO y UGT, en representación de los trabajadores, y por las asociaciones empresariales METAL, APIET y AFONCALBA, integradas en la Confederación de Empresarios de Albacete (FEDA).
Con su publicación oficial, el sector dispone de un nuevo marco de referencia para sus relaciones laborales durante los próximos tres años, con incrementos salariales, reducción progresiva de jornada y mecanismos de revisión vinculados a la inflación.
Un convenio de especial trascendencia para la provincia de Albacete por su aplicación a miles de trabajadores y por la repercusión económica que las nuevas condiciones laborales tendrán sobre uno de los sectores más importantes de su tejido productivo.


