Muere en quirófano en Albacete tras meses con dolores abdominales y una larga espera para una colonoscopia: su familia reclama casi 275.000 euros al SESCAM

La viuda y las dos hijas de un paciente de 68 años denunciaron retrasos en el diagnóstico de un cáncer de colon y en la intervención quirúrgica de urgencia que acabó con su fallecimiento

Un hombre de 68 años falleció durante una intervención quirúrgica de urgencia en un hospital de la provincia de Albacete después de varios meses sufriendo dolores abdominales y tras haber sido diagnosticado de un cáncer de colon en estado avanzado. Su muerte, ocurrida el 23 de julio de 2024, dio lugar a una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM), presentada por su viuda y sus dos hijas, que consideraban que la asistencia sanitaria recibida había contribuido al fatal desenlace.

La familia solicitó una indemnización de 274.761,83 euros, al entender que existieron retrasos tanto en la detección del cáncer como en el tratamiento de una obstrucción intestinal que terminó requiriendo una operación urgente. El caso ha sido examinado por el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, que reconstruye la atención médica recibida por el paciente y recoge las versiones de los familiares, los facultativos y los informes periciales incorporados al expediente.

Meses de dolores abdominales y dos pruebas positivas

Según la reclamación presentada por la familia, los primeros síntomas comenzaron en octubre de 2023, cuando el paciente empezó a sufrir fuertes dolores abdominales. Sus allegados aseguraban que acudió repetidamente a los servicios sanitarios sin que inicialmente se concediera a sus molestias la importancia que, a su juicio, merecían.

La familia llegó a denunciar que en determinadas consultas se atribuyeron los síntomas a gases y que el paciente fue tratado como si exagerara sus molestias. Sin embargo, el informe del centro de salud rechazó estas afirmaciones y señaló que no existían anotaciones clínicas que acreditaran tales comentarios, ni constaba una consulta médica por dolor abdominal en octubre.

La documentación sanitaria sitúa el 24 de noviembre de 2023 la primera consulta registrada en Atención Primaria específicamente por estos dolores. En ella, el paciente describió molestias similares a retortijones que aparecían casi a diario, especialmente después de las comidas, por lo que su médico solicitó un análisis de sangre oculta en heces.

El primer resultado, conocido en diciembre, fue positivo, aunque ligeramente por encima del valor de referencia. Ante la persistencia de las molestias y la posibilidad de que existiera sangrado por hemorroides, se decidió repetir la prueba, que volvió a resultar positiva en enero de 2024, esta vez con un valor considerablemente superior.

El 29 de enero de 2024 se solicitó una colonoscopia con carácter preferente, pero la exploración no se practicó hasta el 18 de abril. Durante ese tiempo, según la reclamación, el paciente continuó sufriendo dolores y sus familiares llegaron a solicitar que se adelantara la prueba ante el empeoramiento de su estado.

Un cáncer de colon con metástasis en el hígado

La colonoscopia permitió descubrir una lesión tumoral de gran tamaño que impedía el paso del endoscopio. Las pruebas posteriores determinaron que el paciente padecía un cáncer de colon transverso en estadio IV, con metástasis hepáticas, una situación que complicaba considerablemente las posibilidades de tratamiento.

El tumor presentaba una longitud aproximada de seis centímetros y estrechaba el intestino. Tras estudiar el caso, los equipos médicos decidieron comenzar con quimioterapia y valorar posteriormente una intervención quirúrgica, puesto que inicialmente las lesiones hepáticas no se consideraban operables con intención curativa.

El paciente comenzó el tratamiento oncológico el 14 de mayo de 2024. Durante las semanas siguientes recibió varias sesiones de quimioterapia, aunque también sufrió complicaciones, entre ellas una trombosis asociada al catéter utilizado para administrar la medicación.

La familia sostiene que, conforme avanzaba el tratamiento, los dolores abdominales se hicieron cada vez más intensos. Especialmente preocupante fue, a su juicio, la situación de mediados de julio, cuando el enfermo presentaba cólicos, náuseas, vómitos y dificultades intestinales que podían advertir de una obstrucción.

Falleció durante una operación de urgencia

El 22 de julio de 2024, el paciente acudió a Urgencias con un importante deterioro de su estado general. Las pruebas confirmaron una obstrucción intestinal y los facultativos comenzaron a tratarlo, pero durante las horas siguientes sufrió un empeoramiento progresivo, con problemas respiratorios y circulatorios.

A las nueve de la mañana del 23 de julio, ante la gravedad de la situación, los equipos de Cirugía y Anestesiología acordaron con la familia realizar una intervención quirúrgica urgente. Durante la operación se constató la obstrucción provocada por el tumor y se practicó una resección de parte del colon.

Sin embargo, el paciente sufrió una parada cardiorrespiratoria durante la intervención y falleció a las 12:55 horas, después de que las maniobras de reanimación realizadas durante aproximadamente treinta minutos no consiguieran revertir la situación.

Los familiares entendieron que la obstrucción podía haberse abordado antes y cuestionaron especialmente la asistencia prestada en los días anteriores al ingreso. También denunciaron el tiempo transcurrido entre la aparición de los síntomas iniciales y la confirmación del cáncer.

La familia reclamó 274.761 euros

El 16 de julio de 2025, pocos días antes de cumplirse un año del fallecimiento, la viuda y las dos hijas presentaron formalmente una reclamación contra el SESCAM.

La indemnización solicitada se distribuía de la siguiente manera:

  • 161.112 euros para la viuda.
  • 51.381,34 euros para una de las hijas.
  • 62.268,49 euros para la otra hija.

La reclamación se fundamentaba en la supuesta pérdida de oportunidades de supervivencia del paciente. Sus familiares defendían que una detección más temprana del tumor y una respuesta quirúrgica anterior ante la obstrucción intestinal podrían haber modificado la evolución de la enfermedad.

Durante la tramitación del expediente se incorporaron los informes de los distintos servicios hospitalarios, de Atención Primaria, de la Inspección Médica y de especialistas que analizaron la asistencia sanitaria.

Un informe llegó a estimar una pérdida de oportunidad del 56%

Uno de los aspectos más llamativos del expediente aparece en la documentación aportada por la aseguradora de la Administración sanitaria.

Entre los informes incorporados figuraba una valoración pericial que estimaba en un 56% la pérdida de oportunidad desde el punto de vista médico, aunque precisaba expresamente que esa estimación no implicaba reconocer una asistencia sanitaria incorrecta.

Otro informe médico consideró que existían razones para haber adelantado la colonoscopia, pero también expresó dudas sobre que una exploración realizada tres meses antes hubiera cambiado el pronóstico. El especialista destacó que el cáncer presentaba una evolución muy avanzada y un comportamiento especialmente agresivo.

Por su parte, el Servicio de Aparato Digestivo defendió que la colonoscopia se había realizado dentro de un plazo clínicamente aceptable y que, una vez identificado el tumor, se habían activado los mecanismos asistenciales necesarios para estudiar y tratar la enfermedad.

Los informes médicos también descartaron que la operación de urgencia se hubiera retrasado de manera negligente. Según los profesionales que intervinieron, el avanzado estado del cáncer, la inmunosupresión derivada del tratamiento y el fracaso multiorgánico contribuyeron decisivamente al fallecimiento.

Además, el informe quirúrgico señaló que durante la intervención no se detectaron perforación intestinal ni peritonitis, circunstancias que la familia había relacionado con el desenlace en su reclamación.

El Consejo Consultivo advierte de una deficiencia en la tramitación

El dictamen también contiene una observación crítica sobre el procedimiento seguido por el SESCAM.

El Consejo Consultivo señala que no se incorporó durante la instrucción un informe independiente de la inspectora de los servicios sanitarios, sino que sus valoraciones aparecieron únicamente en la propuesta de resolución.

Esta circunstancia impidió que la familia pudiera conocer y discutir esas conclusiones durante el trámite de audiencia. El órgano consultivo advirtió de que esa ausencia podía privar al expediente de elementos objetivos relevantes para el debate y para fundamentar adecuadamente la decisión administrativa.

No obstante, esta observación no llevó al Consejo a considerar acreditada una negligencia médica ni a proponer una indemnización.

La decisión del Consejo Consultivo sobre la reclamación

Tras examinar la documentación, el Consejo Consultivo concluyó que no se había demostrado que la asistencia sanitaria prestada incumpliera las exigencias de la buena práctica médica.

Aunque reconoció que el periodo transcurrido entre el primer resultado positivo de sangre oculta en heces y la colonoscopia fue moderadamente superior a los plazos previstos en el programa de detección de cáncer colorrectal, consideró que no existían pruebas suficientes para establecer que esa demora hubiera cambiado la evolución de la enfermedad.

También tuvo en cuenta que el paciente había recibido invitaciones para participar en el programa de detección precoz del cáncer de colon en 2017, 2021 y 2023, sin que constara su participación. El dictamen mencionó esta circunstancia sin atribuir al fallecido responsabilidad por el desenlace.

Respecto a la intervención quirúrgica, el Consejo consideró que tampoco se había acreditado una falta de diligencia ni una demora determinante en el fallecimiento.

Por todo ello, el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha emitió un dictamen favorable a desestimar la reclamación de 274.761,83 euros presentada por la viuda y las dos hijas, al no considerar acreditada una relación causal entre el funcionamiento de los servicios sanitarios y la muerte del paciente.

El pronunciamiento, emitido el 11 de junio de 2026, es un dictamen administrativo y no una sentencia judicial. En la documentación examinada no consta la resolución definitiva que pudiera haberse adoptado posteriormente, por lo que su conclusión es favorable a la desestimación, sin que ello permita afirmar por sí solo que el procedimiento haya concluido definitivamente.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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