El caso Antonio López en Albacete: casi 18 años sin escultura, 70.000 euros cobrados y seis alcaldes «haciendo la estatua»

Seis alcaldes, gobiernos del PSOE, PP y Ciudadanos y una obra que debía estar terminada en 2010. El prestigio del artista, una polémica cláusula contractual y el riesgo de que hayan prescrito las acciones judiciales rodean uno de los asuntos pendientes más llamativos del Ayuntamiento de Albacete

El Ayuntamiento de Albacete lleva casi 18 años esperando una escultura por la que ya ha desembolsado 69.600 euros de dinero público. Durante ese tiempo han cambiado los alcaldes, los partidos políticos al frente del Consistorio y las prioridades municipales, pero hay algo que permanece inalterable: la obra no ha llegado a la ciudad y tampoco existe una fecha comprometida para su entrega.

La situación plantea una pregunta difícil de esquivar. ¿Por qué ninguna de las sucesivas corporaciones municipales ha conseguido resolver definitivamente este asunto? ¿Qué impide reclamar judicialmente la entrega de la escultura o la devolución del dinero? La respuesta obliga a revisar el contrato, las decisiones políticas adoptadas durante casi dos décadas y las posibilidades legales que todavía podrían estar al alcance del Ayuntamiento.

Una escultura encargada en 2009 y casi 70.000 euros de dinero público

La historia comenzó durante la etapa de Manuel Pérez Castell como alcalde de Albacete, cuando el Ayuntamiento impulsó la idea de encargar una escultura al reconocido pintor y escultor Antonio López García, natural de Tomelloso y considerado uno de los grandes representantes del realismo español contemporáneo.

El proyecto se formalizó el 10 de febrero de 2009, cuando la entonces alcaldesa socialista Carmen Oliver firmó un convenio con el artista. La obra elegida fue ‘El hombre que camina’, una figura humana que debía incorporarse al patrimonio artístico urbano de Albacete coincidiendo con la celebración del tercer centenario de la confirmación de la Feria, en 2010.

El acuerdo contemplaba un importe total de 104.400 euros. De esa cantidad, el Ayuntamiento abonó dos pagos que sumaban 69.600 euros, mientras que un tercer desembolso de 34.800 euros quedó pendiente, tal y como reconoció el propio Gobierno municipal en un pleno celebrado en 2019.

Sin embargo, pese a haberse pagado aproximadamente dos terceras partes del importe previsto, la ciudad continúa sin recibir la escultura. Tampoco se ha instalado la peana sobre la que debía colocarse, y el artista sigue sin comprometer una fecha definitiva para concluir el encargo.

Seis alcaldes de diferentes partidos y ninguna solución definitiva

Desde la firma del convenio han ocupado la Alcaldía de Albacete Carmen Oliver, Carmen Bayod, Javier Cuenca, Manuel Serrano, Vicente Casañ y Emilio Sáez. El actual alcalde, Manuel Serrano, afronta su segunda etapa al frente del Ayuntamiento, después de haber ocupado también el cargo entre 2017 y 2019.

Durante estos años, las distintas corporaciones han tenido oportunidades de abordar el asunto, pero ninguna ha conseguido que la escultura llegue a Albacete ni que el encargo quede definitivamente resuelto. Tampoco ha trascendido públicamente la existencia de una demanda judicial municipal contra Antonio López para exigir su cumplimiento o recuperar el dinero adelantado.

El asunto llegó al pleno en 2019, cuando Unidas Podemos pidió explicaciones sobre los pagos y reclamó que se fijara un plazo al escultor. En enero de 2021, la formación volvió a plantear la cuestión, criticando que continuaran transcurriendo los años sin una respuesta satisfactoria.

Durante la etapa de Emilio Sáez, el Ayuntamiento mantuvo contactos con Antonio López. El artista trasladó que seguía trabajando en la escultura, pero tampoco entonces ofreció un calendario concreto para terminarla.

De este modo, los gobiernos municipales de distintos signos políticos han terminado optando, en la práctica, por mantener abierto el encargo sin lograr una solución. Las conversaciones y los compromisos verbales no se han traducido en la entrega de la obra.

El prestigio de Antonio López y una decisión políticamente incómoda

Existe un elemento que no puede ignorarse al analizar lo ocurrido: Antonio López no es un artista cualquiera. A sus 90 años, el pintor y escultor manchego cuenta con una trayectoria internacional, numerosos reconocimientos y una posición especialmente destacada dentro de la cultura española.

El Ayuntamiento de Albacete, además, ha mantenido durante años una estrecha relación institucional con él a través de la cátedra artística que lleva su nombre. Esa vinculación ayuda a comprender la dimensión política que tendría un enfrentamiento judicial entre el Consistorio y el creador.

Demandar a Antonio López podría resultar una decisión incómoda e incluso impopular para cualquier alcalde. Un procedimiento judicial contra una figura de semejante prestigio podría generar críticas entre sectores culturales, proyectar una controversia fuera de Albacete y deteriorar las relaciones institucionales construidas durante años.

Es razonable plantear que ese posible coste político haya contribuido a la prudencia de los diferentes gobiernos municipales. Sin embargo, no existen declaraciones o documentos públicos que permitan asegurar que todos los alcaldes decidieron evitar expresamente una demanda por ese motivo.

Lo que sí resulta constatable es que, a lo largo de sucesivas legislaturas, ningún gobierno ha conseguido pasar de las conversaciones y las gestiones conocidas a una solución efectiva. La controversia ha quedado pendiente mientras el tiempo seguía transcurriendo y el dinero público permanecía comprometido en una obra que los albaceteños todavía no pueden disfrutar.

Pero también existe otra consideración. El prestigio artístico de una persona no debería colocarla en una posición diferente a la de cualquier otro profesional que asume un compromiso contractual con una administración pública. El talento y el reconocimiento cultural no eliminan, por sí solos, las obligaciones contraídas.

La cláusula del contrato que complica cualquier reclamación

Una de las claves fundamentales apareció en octubre de 2025, cuando El Digital de Albacete tuvo acceso en exclusiva al convenio firmado entre Antonio López y Carmen Oliver el 10 de febrero de 2009.

El documento contemplaba inicialmente que la escultura estuviera terminada durante 2010. Sin embargo, incorporaba una cláusula especialmente favorable al artista, que permitía prorrogar las fechas por las causas que el propio creador determinase.

Aquella previsión contractual ayuda a explicar las dificultades para exigir un calendario estricto de entrega. El Ayuntamiento aceptó en su momento una flexibilidad extraordinaria, teniendo en cuenta la particular manera de trabajar de Antonio López y la naturaleza de una creación artística.

No obstante, esa cláusula no significa necesariamente que el autor disponga de un derecho ilimitado a retrasar la entrega durante toda su vida. El artículo 1256 del Código Civil establece que el cumplimiento de un contrato no puede depender exclusivamente de la voluntad de una de las partes, mientras que el artículo 1258 obliga a actuar conforme a las exigencias de la buena fe.

Por tanto, aunque la redacción del convenio puede dificultar una reclamación, no constituye por sí misma una garantía absoluta de que el artista pueda prolongar indefinidamente la ejecución. La interpretación concreta tendría que realizarse a partir del documento completo, las posibles prórrogas concedidas y las comunicaciones mantenidas entre ambas partes.

Antonio López llegó a ofrecer la devolución del dinero

Las declaraciones del propio artista introducen otro elemento especialmente relevante.

En octubre de 2025, Antonio López reconoció en una entrevista concedida a El Digital de Albacete que había dejado de trabajar durante años en la escultura y que todavía necesitaba terminar una parte fundamental de la figura: la cabeza.

El creador defendió que su proceso artístico requiere tiempo y que su prioridad es conseguir una obra de calidad. Sin embargo, también llegó a pronunciar una expresión que provocó una considerable polémica cuando fue interrogado sobre los años transcurridos: «¡Qué más da!».

Durante aquella conversación, López planteó incluso devolver el dinero recibido o entregar al Ayuntamiento otra obra de valor equivalente, quedándose él con ‘El hombre que camina’.

Esa posibilidad resulta especialmente significativa porque abre una eventual salida negociada al conflicto. Si el artista mantiene su disposición a reintegrar los 69.600 euros, el Consistorio podría estudiar un acuerdo que resolviera el encargo sin necesidad de prolongar más la controversia.

No obstante, cualquier solución de estas características tendría que formalizarse por escrito, contar con los informes jurídicos y económicos correspondientes y garantizar que se protegen adecuadamente los intereses municipales.

En junio de 2026 reconoció que había vuelto a dejar de trabajar en ella

Lejos de resolverse, la situación volvió a complicarse en junio de 2026, cuando El Digital de Albacete contactó nuevamente con Antonio López.

El artista reconoció que había retomado parcialmente el proyecto después de la anterior entrevista, pero que volvía a tenerlo apartado. También admitió que seguía sin poder comprometer una fecha de finalización y que estaba dedicado a otros trabajos.

Aquellas declaraciones evidenciaron que el paso del tiempo no había servido para garantizar avances suficientes ni una entrega próxima. Más de diecisiete años después de firmar el convenio, el Ayuntamiento seguía desconociendo cuándo podría recibir la escultura.

La situación resulta todavía más llamativa al recordar que Antonio López participó en otros proyectos artísticos durante este periodo. Entre ellos figura la escultura dedicada a Francisco de Goya, realizada junto a Andrés García Ibáñez e inaugurada en septiembre de 2025 en Fuendetodos, Zaragoza.

¿Puede el Ayuntamiento de Albacete exigir judicialmente la entrega o la devolución de los 69.600 euros?

Desde el punto de vista jurídico, existen diferentes mecanismos para abordar una situación de estas características, aunque su viabilidad concreta depende de aspectos del expediente municipal que no se conocen públicamente.

La primera actuación debería consistir en una revisión completa del convenio firmado en 2009, de los justificantes de pago, de las comunicaciones posteriores y de las posibles modificaciones o prórrogas acordadas durante todos estos años.

Los servicios jurídicos municipales tendrían que determinar la naturaleza exacta del acuerdo y comprobar qué obligaciones siguen siendo exigibles. La legislación de contratación pública vigente cuando se firmó el convenio, la Ley 30/2007, atribuía carácter privado a determinados contratos de creación artística, cuyo cumplimiento y extinción podían reclamarse ante los tribunales civiles.

Si esa fuera la calificación aplicable al encargo de Antonio López, una posible reclamación podría apoyarse en el artículo 1124 del Código Civil, que permite exigir el cumplimiento de determinadas obligaciones recíprocas o solicitar su resolución cuando una de las partes incumple. En este último supuesto podría plantearse la restitución de las cantidades abonadas, además de los intereses o daños y perjuicios que jurídicamente procedieran.

También existe la posibilidad de solicitar judicialmente que se establezca un plazo de cumplimiento cuando concurran los requisitos del artículo 1128 del Código Civil. La Ley de Jurisdicción Voluntaria regula un procedimiento específico para estos supuestos.

Antes de llegar a los tribunales, el Ayuntamiento podría remitir un requerimiento formal a Antonio López para exigir una solución concreta. Ese requerimiento tendría que estar fundamentado jurídicamente y podría plantear la entrega dentro de un plazo determinado o una propuesta de resolución económica del encargo.

Si no se alcanzase un acuerdo y las acciones continuasen vigentes, correspondería valorar una demanda judicial para defender los intereses municipales.

El mayor problema: podrían haber transcurrido los plazos para reclamar

Sin embargo, existe una circunstancia que podría complicar seriamente cualquier iniciativa judicial: el tiempo transcurrido.

El Código Civil establece actualmente un plazo general de prescripción de cinco años para las acciones personales que no tengan señalado otro específico. Hasta la reforma de 2015, ese plazo era de quince años, y el cambio legislativo incorporó un régimen transitorio para las obligaciones anteriores.

Si se considerase que el Ayuntamiento podía exigir el cumplimiento desde 2010 y no hubiera existido ninguna causa legal que interrumpiera la prescripción, determinadas acciones podrían haber quedado prescritas hace años.

No obstante, el cálculo no es automático. Habría que comprobar la verdadera fecha de exigibilidad, el alcance de la cláusula de prórroga y si durante este tiempo se efectuaron requerimientos formales o se produjeron reconocimientos de obligaciones con efectos jurídicos.

El artículo 1973 del Código Civil contempla la interrupción de la prescripción mediante reclamaciones judiciales, extrajudiciales y determinados actos de reconocimiento del deudor. La posible relevancia de las declaraciones y compromisos de Antonio López también tendría que estudiarse, sin dar por hecho que manifestaciones recientes puedan recuperar una acción que ya hubiera prescrito.

Por eso, una de las preguntas más relevantes no es únicamente por qué los sucesivos gobiernos municipales no han llevado el asunto a los tribunales, sino si la prolongada inactividad podría haber debilitado las posibilidades de conseguir una solución judicial favorable.

¿Sería posible presentar una denuncia penal contra Antonio López?

Conviene distinguir entre una denuncia penal y una reclamación por incumplimiento contractual. El hecho de que una persona haya cobrado por realizar un trabajo y no lo haya entregado dentro del plazo previsto no constituye automáticamente un delito de estafa.

Para acudir a la vía penal sería necesario disponer de indicios de una conducta delictiva, como un engaño relevante desde el origen del acuerdo que hubiera provocado el pago. Los hechos conocidos hasta ahora describen principalmente una controversia contractual por una obra artística inacabada y un retraso extraordinariamente prolongado.

Por este motivo, y salvo que aparecieran pruebas adicionales, la reclamación contractual parece una vía más directamente relacionada con el problema que una denuncia penal.

Esto no impide que el Ayuntamiento pueda exigir explicaciones, reclamar el cumplimiento si conserva ese derecho o negociar una salida que proteja el dinero público. El conflicto no tiene por qué convertirse en una acusación delictiva para que la administración actúe.

La responsabilidad que ahora corresponde al Ayuntamiento de Albacete

Después de casi dieciocho años, el asunto ha dejado de ser únicamente una cuestión artística. También plantea interrogantes sobre la gestión del patrimonio municipal, el seguimiento de los compromisos adquiridos con dinero público y las decisiones adoptadas por los diferentes equipos de gobierno.

El actual alcalde, Manuel Serrano, tiene ahora la posibilidad de aclarar públicamente qué actuaciones se han realizado, si existe algún requerimiento formal al artista, si los servicios jurídicos han analizado la posible prescripción y qué solución contempla el Ayuntamiento para este encargo.

También debería esclarecerse si el ofrecimiento de Antonio López de devolver el dinero llegó a trasladarse formalmente al Consistorio y si se estudió la posibilidad de aceptarlo. La devolución de los 69.600 euros o la entrega efectiva de la escultura serían desenlaces muy distintos, pero ambos permitirían abordar una situación que continúa sin resolverse.

La decisión de emprender acciones judiciales no debería depender exclusivamente de la notoriedad del autor ni del posible desgaste político de enfrentarse a él. Tendría que responder a un análisis jurídico, económico y patrimonial debidamente motivado, con independencia de quién ocupe la Alcaldía.

El prestigio de Antonio López merece reconocimiento, pero también lo merece el derecho de los ciudadanos de Albacete a conocer qué ha ocurrido con su dinero. Ninguno de los seis alcaldes que han gobernado desde la firma del convenio ha conseguido que ‘El hombre que camina’ llegue a la ciudad, y sigue sin conocerse una fecha definitiva para su entrega.

Casi dieciocho años después, el Ayuntamiento tiene pendiente algo más que una escultura: explicar qué pasos está dispuesto a dar para resolver el compromiso y qué posibilidades reales conserva para defender los 69.600 euros públicos que ya desembolsó.

Mapfre

Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
Botón volver arriba