Tenía prohibido llamar a su madre, pero lo hizo: acaba ante el juez en Albacete

El acusado tenía una orden judicial que le impedía acercarse a menos de 500 metros de su madre y comunicarse con ella. La Fiscalía sostiene que utilizó el teléfono de una tercera persona para contactar con ella desde el centro comercial Imaginalia

Un hombre se enfrenta a una petición de diez meses de multa por llamar a su madre pese a tener una orden judicial que le prohibía mantener cualquier tipo de comunicación con ella. Según sostiene la Fiscalía, el acusado utilizó el teléfono móvil de una tercera persona para contactar con su progenitora y pedirle un código que necesitaba para sacar dinero, indicándole durante la conversación que se encontraba en el centro comercial Imaginalia de Albacete.

Los hechos ocurrieron en febrero de 2022 y serán juzgados el próximo lunes, 26 de octubre, en el Juzgado de lo Penal Número 2 de Albacete. El Ministerio Fiscal considera que el comportamiento del acusado constituye un presunto delito de quebrantamiento de medida cautelar, puesto que conocía expresamente la prohibición de comunicarse con su madre y, pese a ello, decidió ponerse en contacto con ella.

Tenía prohibido acercarse a su madre y comunicarse con ella

Según recoge el escrito de acusación, el hombre tenía vigente una medida cautelar acordada por el Juzgado de Instrucción Número 1 de Albacete mediante un auto dictado el 12 de febrero de 2022. Esta resolución judicial le prohibía aproximarse a su madre a una distancia inferior a 500 metros, así como establecer cualquier tipo de comunicación con ella, independientemente del medio utilizado.

La medida fue agravada al día siguiente mediante otra resolución del mismo juzgado, que amplió las restricciones impuestas al acusado. En concreto, el auto del 13 de febrero también le prohibía residir o acudir a la ciudad de Albacete, una circunstancia que resulta especialmente relevante porque el contacto telefónico investigado se produjo cuando el hombre, según la Fiscalía, se encontraba precisamente en la capital albaceteña.

El Ministerio Público señala que el acusado conocía perfectamente el contenido de las prohibiciones judiciales y que era consciente de que no podía mantener contacto alguno con su madre. Sin embargo, apenas dos días después de la primera resolución, habría incumplido estas restricciones al realizar una llamada telefónica para solicitarle ayuda con una operación relacionada con la retirada de dinero.

Una llamada desde Imaginalia para conseguir un código

La Fiscalía sitúa los hechos concretos el 15 de febrero de 2022, a las 12:37 horas, cuando el hombre habría utilizado el teléfono móvil de una tercera persona para llamar a su madre. Durante la conversación, le comunicó que se encontraba en el centro comercial Imaginalia de Albacete y le pidió que le enviara un código que necesitaba para sacar dinero.

El escrito de acusación no detalla la cantidad económica que pretendía retirar ni el tipo de operación para la que necesitaba dicho código. Tampoco especifica si finalmente llegó a obtenerlo o si consiguió sacar alguna cantidad de dinero, ya que el objeto del procedimiento se centra en el contacto mantenido con su madre pese a la prohibición judicial.

Para el Ministerio Fiscal, lo determinante es que el acusado estableció una comunicación que tenía expresamente prohibida por resolución judicial. El hecho de haber utilizado un teléfono perteneciente a otra persona no modifica, según la acusación, la circunstancia de que mantuviera contacto con su progenitora cuando existía una medida cautelar que se lo impedía.

La Fiscalía pide una multa de 3.600 euros

El Ministerio Fiscal considera que los hechos son constitutivos de un delito de quebrantamiento de medida cautelar, previsto en el artículo 468.1 del Código Penal, y atribuye al acusado la responsabilidad penal como presunto autor de esta infracción.

Por este motivo, solicita la imposición de diez meses de multa, con una cuota diaria de 12 euros, lo que equivale a un total de 3.600 euros. El escrito también contempla una responsabilidad personal subsidiaria de hasta cinco meses de privación de libertad en caso de impago, además de las correspondientes costas procesales.

La Fiscalía señala que el acusado tenía antecedentes penales, aunque estos no eran computables a efectos de reincidencia en el procedimiento. Asimismo, considera que no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal que deban alterar la pena solicitada.

El juicio está previsto para el lunes, 26 de octubre, en el Juzgado de lo Penal Número 2 de Albacete, donde se analizarán las circunstancias de la llamada y el conocimiento que tenía el acusado de las medidas cautelares que le habían sido impuestas. El hombre mantiene su derecho a la presunción de inocencia y la sanción económica mencionada corresponde exclusivamente a la petición formulada por el Ministerio Fiscal.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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