Un hombre murió tras acudir dos veces a Urgencias el mismo día en Albacete: su hijo reclama 80.000 euros al SESCAM

El paciente, de 76 años y vecino de San Pedro, había sido atropellado por una bicicleta y recibió el alta médica tras su primera visita al Hospital de Albacete. Horas después regresó con graves lesiones cerebrales y falleció 20 días más tarde

Un hombre de 76 años, vecino de un pueblo de Albacete, falleció después de permanecer ingresado durante 20 días en el Hospital de Albacete tras sufrir graves lesiones cerebrales. El paciente había acudido inicialmente a Urgencias después de ser atropellado por una bicicleta cuando caminaba por la calle, pero recibió el alta médica al no apreciarse síntomas de traumatismo craneal. Horas después tuvo que regresar al centro hospitalario, donde las pruebas revelaron la existencia de importantes lesiones intracraneales.

Su hijo presentó posteriormente una reclamación de 80.000 euros contra el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM), al considerar que los profesionales sanitarios no habían realizado las pruebas necesarias durante la primera asistencia y que esta circunstancia pudo influir en el fallecimiento de su padre.

El caso ha llegado al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, que en su dictamen, ha analizado las circunstancias de la asistencia sanitaria y ha concluido que no se ha acreditado una actuación médica incorrecta que permita atribuir al SESCAM la responsabilidad por el fallecimiento.

Atropellado por una bicicleta cuando caminaba por la calle

Los hechos se remontan al 31 de octubre de 2023, cuando el hombre, de 76 años, se encontraba realizando gestiones administrativas fuera de su localidad de residencia. Mientras caminaba por la calle fue golpeado por una bicicleta, lo que provocó que cayera al suelo y sufriera lesiones.

El paciente fue trasladado al Servicio de Urgencias del Hospital de Albacete, donde ingresó a las 8:49 horas. Según recoge el expediente, manifestó molestias en el codo derecho como consecuencia del golpe recibido durante la caída.

Los profesionales sanitarios realizaron una exploración física y neurológica en la que no encontraron signos de traumatismo craneal, alteraciones del nivel de conciencia ni déficits neurológicos. El paciente permanecía consciente, orientado y con una movilidad que los facultativos consideraron normal.

Ante estos resultados, los médicos diagnosticaron una contusión en el codo derecho y acordaron darle el alta, recomendándole tratamiento analgésico, observación en su domicilio y regresar al hospital si aparecían complicaciones. Sin embargo, la situación cambió pocas horas después.

Regresó al Hospital de Albacete con graves lesiones cerebrales

El mismo 31 de octubre, a las 14:34 horas, el hombre volvió a ingresar en el Servicio de Urgencias después de experimentar dificultades para caminar y una pérdida de fuerza al llegar a su domicilio.

Según consta en la documentación médica, también había sufrido una segunda caída cuando se dirigía al aseo, presenciada por un familiar, aunque sin pérdida de conocimiento.

En esta ocasión, los facultativos detectaron importantes alteraciones neurológicas, entre ellas una disminución de la fuerza en el lado derecho del cuerpo, pérdida de sensibilidad en las extremidades inferiores y una ligera diferencia en el tamaño de las pupilas.

Ante estos síntomas, los médicos decidieron practicarle un TAC cerebral y cervical de urgencia, que reveló la existencia de varios hematomas intracraneales, hemorragias cerebrales y múltiples fracturas craneales.

Entre las lesiones detectadas figuraban un hematoma intraparenquimatoso en la región parietal izquierda, hematomas subdurales, hemorragia subaracnoidea y fracturas que afectaban a distintas zonas del cráneo.

La gravedad de los hallazgos motivó la intervención de los servicios de Neurocirugía y Anestesiología y Reanimación, que acordaron mantener al paciente bajo vigilancia hospitalaria.

Fue operado de urgencia y falleció 20 días después

El 1 de noviembre de 2023, apenas un día después de su ingreso, el paciente experimentó un importante deterioro neurológico. Una nueva prueba de imagen confirmó que las lesiones cerebrales habían aumentado, por lo que los especialistas decidieron intervenirlo quirúrgicamente.

La operación consistió en una craneotomía para evacuar los hematomas intracraneales, pero la evolución posterior no fue favorable.

Durante su estancia hospitalaria, el hombre desarrolló un síndrome de disfunción multiorgánica, con insuficiencia respiratoria, insuficiencia renal aguda, alteraciones en el número de plaquetas y un persistente deterioro de su estado neurológico.

Los especialistas realizaron distintas pruebas de seguimiento, incluidos nuevos TAC, electroencefalogramas y una resonancia magnética cerebral, que confirmaron la gravedad de su situación.

Ante la ausencia de mejoría y el mal pronóstico, los médicos mantuvieron conversaciones con los familiares y acordaron adecuar el esfuerzo terapéutico. Finalmente, el hombre falleció el 20 de noviembre de 2023, después de permanecer ingresado durante casi tres semanas.

Su hijo reclamó 80.000 euros por un supuesto error diagnóstico

El 20 de noviembre de 2024, justo un año después del fallecimiento, el hijo del paciente presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el SESCAM por importe de 80.000 euros.

En su escrito sostenía que los profesionales del Hospital de Albacete no habían realizado las pruebas diagnósticas necesarias durante la primera visita a Urgencias, especialmente un TAC craneal que, a su juicio, habría permitido detectar antes el traumatismo craneoencefálico.

La reclamación consideraba que la edad del paciente y las circunstancias del atropello justificaban una exploración más exhaustiva, al entender que la ausencia de estas pruebas pudo retrasar el diagnóstico y reducir las posibilidades de tratamiento.

El hijo del fallecido defendía que se había producido una infracción de las normas de actuación médica y una pérdida de oportunidad terapéutica, ya que un diagnóstico más temprano podría haber permitido adoptar medidas para evitar o reducir las consecuencias de las lesiones.

El Consejo Consultivo considera que los médicos actuaron correctamente

Durante la tramitación de la reclamación se incorporaron informes de los distintos servicios sanitarios que atendieron al paciente, de la Inspección Sanitaria y de una especialista que intervino por parte de la aseguradora del SESCAM.

Los documentos coincidían en señalar que, durante su primera visita al Hospital de Albacete, el hombre únicamente manifestó molestias en el codo derecho y no presentaba síntomas clínicos compatibles con un traumatismo craneoencefálico.

Los facultativos defendieron que la exploración realizada había sido correcta y que no existía una indicación médica que obligara a practicar un TAC craneal a un paciente que no refería haberse golpeado en la cabeza y cuya exploración neurológica era normal.

Asimismo, los especialistas consideraron que las graves lesiones detectadas durante la segunda asistencia resultaban más compatibles con la caída sufrida posteriormente en su domicilio, teniendo en cuenta la naturaleza de las fracturas craneales y el deterioro neurológico que presentó después de ese segundo episodio.

El Consejo Consultivo comparte estas consideraciones y señala que no se ha demostrado que la realización de un TAC durante la primera visita hubiera permitido detectar las lesiones ni mejorar las posibilidades de supervivencia del paciente.

Por ello, descarta que se haya acreditado un error diagnóstico, una actuación contraria a las normas médicas o una pérdida de oportunidad terapéutica atribuible a los profesionales sanitarios.

Desestiman la reclamación de 80.000 euros

Tras analizar la documentación clínica, las circunstancias de las dos asistencias y los argumentos presentados por la familia, el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha concluye que no existe una relación de causalidad acreditada entre la atención sanitaria inicial y el fallecimiento.

El órgano consultivo considera que la primera exploración fue acorde con los síntomas que presentaba el hombre y que los profesionales actuaron correctamente cuando aparecieron los signos de afectación neurológica durante su segunda visita a Urgencias.

En consecuencia, el dictamen considera procedente dictar una resolución desestimatoria de la reclamación de 80.000 euros formulada contra el SESCAM, al no haberse acreditado una negligencia médica.

El pronunciamiento del Consejo Consultivo no constituye por sí mismo una sentencia judicial ni acredita que ya se haya dictado la resolución administrativa definitiva, pero respalda el rechazo de la indemnización solicitada por el hijo del paciente fallecido.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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