Condenan a RTVE a pagar 500.000 euros tras la muerte de un trabajador: 30 años expuesto al amianto

El TSJ considera que no se acreditaron las medidas preventivas necesarias frente a la exposición y fija medio millón de euros para la viuda y los tres hijos del fallecido

Treinta años de exposición al amianto en las instalaciones de Prado del Rey han terminado con una condena de 500.000 euros más intereses a favor de la familia de un trabajador de RTVE que falleció en 2022 después de desarrollar un adenocarcinoma pulmonar.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que el antiguo Ente Público Radiotelevisión Española no consiguió acreditar que hubiera adoptado durante la vida laboral del empleado las medidas preventivas necesarias frente a un material cuyo grave riesgo para la salud terminó siendo determinante en el procedimiento.

La indemnización se repartirá entre los cuatro familiares del fallecido. La viuda recibirá 200.000 euros, mientras que cada uno de sus tres hijos percibirá 100.000 euros, cantidades a las que se añadirán los intereses correspondientes.

Cerca de tres décadas trabajando en Prado del Rey

El trabajador desarrolló su actividad profesional en las instalaciones de RTVE en Prado del Rey durante aproximadamente 30 años, realizando diferentes funciones técnicas y de mantenimiento.

Durante buena parte de ese periodo estuvo expuesto al amianto existente en diferentes dependencias del complejo. Los edificios habían sido construidos en las décadas de los setenta y ochenta utilizando este material, entre otros usos, como elemento de aislamiento acústico.

La exposición afectó también a los estudios 10 y 11, espacios en los que el trabajador desarrolló parte de su actividad. Los trabajos de retirada del amianto en estas zonas no finalizaron hasta junio de 2008, cuando la relación laboral del empleado ya había terminado.

Años después apareció la enfermedad. El trabajador sufrió un adenocarcinoma pulmonar y falleció en 2022. La patología fue reconocida como enfermedad profesional relacionada con la exposición al amianto.

La familia reclamó responsabilidades

Tras el fallecimiento, la familia acudió a los tribunales para exigir responsabilidad por los daños causados. Una de las cuestiones fundamentales del procedimiento era determinar si durante los años de exposición RTVE había cumplido adecuadamente con las obligaciones de prevención y protección existentes frente al amianto.

La empresa defendió que se habían realizado actuaciones y mediciones sobre la presencia del material. Durante el procedimiento se analizaron, entre otros elementos, estudios ambientales efectuados años antes y diferentes actuaciones relacionadas con el posterior desamiantado de las instalaciones.

Sin embargo, el TSJ de Madrid considera que esos elementos no permiten acreditar que durante el prolongado periodo en el que el trabajador estuvo expuesto se adoptaran todas las medidas preventivas exigibles.

RTVE no acreditó las medidas de protección necesarias

La Sala pone el acento en la obligación empresarial de proteger a los trabajadores frente a los riesgos conocidos para su salud. En este caso, considera que el antiguo ente público no acreditó suficientemente haber proporcionado durante la exposición las medidas necesarias para evitar o reducir el peligro asociado a la inhalación de fibras de amianto.

El tribunal establece además una relación entre esa falta de acreditación preventiva, la exposición prolongada sufrida durante la carrera profesional del trabajador y la enfermedad que posteriormente provocó su fallecimiento.

La resolución confirma así la existencia de responsabilidad civil empresarial y fija una indemnización conjunta de medio millón de euros para la familia.

200.000 euros para la viuda y 100.000 para cada hijo

La mayor cuantía corresponde a la viuda del fallecido, que deberá recibir 200.000 euros. Los otros 300.000 euros se distribuyen a partes iguales entre sus tres hijos, con 100.000 euros para cada uno.

A estas cantidades deberán añadirse los correspondientes intereses legales, lo que elevará el coste final de la condena por encima de los 500.000 euros.

Existe, no obstante, una precisión importante sobre quién debe responder. La condenada es el antiguo Ente Público Radiotelevisión Española, entidad para la que prestó servicios el trabajador durante el periodo analizado. La actual Corporación de Radio y Televisión Española, S.A. queda absuelta, al no considerarla responsable jurídicamente de aquella relación laboral.

La decisión del TSJ de Madrid llega décadas después de que comenzara la exposición del trabajador y cuatro años después de su fallecimiento, y reconoce el derecho de su familia a ser indemnizada por las consecuencias de una enfermedad profesional vinculada al amianto presente durante años en las instalaciones de Prado del Rey.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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