CaixaBank despide a un empleado por simular operaciones para cumplir objetivos: pierde una indemnización de más de 140.000 euros

El trabajador llevaba 19 años en la entidad y dio de alta 15 comercios con otros tantos TPV; el TSJ considera que la operativa buscaba aparentar el cumplimiento de una campaña comercial y declara procedente el despido

CaixaBank ha conseguido dar la vuelta en los tribunales al despido de un trabajador que llevaba 19 años en la entidad y al que acusó de haber diseñado una operativa con clientes para alcanzar los objetivos de una campaña comercial. En primera instancia, la Justicia había declarado improcedente el cese y reconocido al empleado una indemnización de 140.764,19 euros como alternativa a su readmisión, pero el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha cambiado completamente el resultado.

La Sala de lo Social considera suficientemente graves los hechos atribuidos al empleado y declara procedente el despido, por lo que desaparece la posibilidad de recibir aquella indemnización superior a los 140.000 euros. El tribunal aprecia una transgresión de la buena fe contractual, fraude y abuso de confianza hacia la entidad bancaria.

15 comercios y otros tantos TPV

El conflicto tiene su origen en una campaña comercial relacionada con terminales de punto de venta, los conocidos TPV. Según los hechos recogidos por la resolución judicial, el trabajador dio de alta 15 comercios y vinculó a ellos 15 terminales que terminaron computando para el cumplimiento de los objetivos comerciales establecidos por CaixaBank.

La operativa presentaba una particularidad especialmente llamativa. Cada uno de esos TPV registró únicamente una compra por encima del importe mínimo necesario para que contara dentro de la campaña.

De las operaciones analizadas, 13 fueron realizadas utilizando tarjetas del propio trabajador, por un importe conjunto de 9.415 euros. Posteriormente, el empleado recuperó ese dinero mediante transferencias efectuadas desde las cuentas de los clientes.

El sistema permitía que los terminales aparecieran como contratados y operativos a efectos de los objetivos comerciales, mientras el trabajador recuperaba después el dinero utilizado en las compras. El TSJ considera que se trataba de una operativa concebida para hacer creer al banco que se estaban alcanzando los resultados de ventas previstos.

Las operaciones le permitían cumplir objetivos

La importancia de lo sucedido no reside únicamente en el movimiento del dinero. El tribunal pone el foco en que estas contrataciones computaban dentro de los objetivos comerciales de CaixaBank y podían traducirse en incentivos para el trabajador.

La Sala considera que las contrataciones no respondían a auténticas operaciones comerciales, sino a un mecanismo organizado por el empleado con determinados clientes para que los TPV contaran como ventas. Una vez realizada la operación necesaria, el dinero utilizado regresaba al trabajador.

El empleado alegó durante el procedimiento la elevada presión comercial que sufría para alcanzar los objetivos marcados por la entidad. También había dejado constancia de situaciones de estrés vinculadas a esas exigencias y llevaba casi dos décadas trabajando para CaixaBank sin sanciones anteriores.

Esas circunstancias habían tenido peso en la primera resolución judicial, que consideró desproporcionada la máxima sanción y declaró el despido improcedente.

Más de 140.000 euros o readmisión en primera instancia

El juzgado dio inicialmente la razón al trabajador en una parte esencial de su reclamación. Aunque descartó que el despido fuera nulo, sí lo declaró improcedente.

CaixaBank debía entonces escoger entre reincorporar al empleado en las mismas condiciones anteriores al cese, con los salarios correspondientes, o poner definitivamente fin a la relación laboral abonando una indemnización de 140.764,19 euros.

La entidad financiera decidió recurrir aquel pronunciamiento ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y ha conseguido que el resultado cambie por completo.

El TSJ considera muy grave la operativa

La Sala entiende que los hechos no pueden considerarse una irregularidad aislada o de poca importancia. El tribunal pone especialmente el acento en que existió una operativa diseñada para simular el cumplimiento de objetivos comerciales, en la que participaron diferentes contrataciones y operaciones.

Para el TSJ, la antigüedad de 19 años del trabajador, la ausencia de sanciones anteriores y la presión comercial que pudiera existir no justifican el procedimiento utilizado. Tampoco elimina la gravedad del comportamiento que los clientes fueran conocedores de determinadas operaciones.

La Sala considera que un empleado con una larga experiencia en el sector bancario debía conocer la trascendencia de utilizar operaciones simuladas para hacer creer a la entidad que se estaban alcanzando unos objetivos comerciales que, en realidad, no respondían a ventas efectivas.

El tribunal aprecia así una pérdida de confianza suficientemente grave para justificar la extinción de la relación laboral y revoca la decisión de primera instancia.

De este modo, CaixaBank gana el recurso y el despido pasa de ser considerado improcedente a procedente. El trabajador pierde con ello la posibilidad de ser readmitido o cobrar los 140.764,19 euros que le habían reconocido inicialmente.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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