El Gobierno de España ha aprobado una nueva línea de subvenciones destinada a erradicar los asentamientos irregulares de trabajadores temporeros, una problemática que afecta directamente a Albacete, donde existen nueve asentamientos identificados por el Ayuntamiento. La medida, publicada este lunes 12 de octubre de 2026 en el Boletín Oficial del Estado (BOE), permitirá a las entidades locales optar a financiación para construir, adquirir o rehabilitar inmuebles destinados al alojamiento temporal de las personas que residen en estos espacios.
La Orden DCA/1079/2026, de 7 de octubre, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, establece los requisitos que deberán cumplir los ayuntamientos, las actuaciones que podrán financiarse y los criterios que determinarán el reparto de las subvenciones. Se trata de una línea excepcional limitada al ejercicio 2026, que contempla proyectos con un plazo de ejecución de hasta tres años y cuya cuantía económica definitiva se concretará en una convocatoria posterior.
Albacete cuenta con nueve asentamientos irregulares
La nueva normativa tiene una especial relevancia para Albacete, donde el Ayuntamiento mantiene identificados nueve asentamientos distribuidos por diferentes puntos del término municipal. Se trata de El Salto, Pansalba, Casa de Piedra, Jardín Botánico, Huerta Asprona, Pérgola, Casa Juárez, Altos de Escucha y Portachuelos, según los datos municipales difundidos el pasado mes de junio.
La existencia de estos asentamientos constituye uno de los principales problemas sociales que afronta la ciudad desde hace más de dos décadas. El Ayuntamiento ha desarrollado actuaciones de limpieza, control, mejora de la salubridad y atención social, al tiempo que ha reclamado una respuesta coordinada de las diferentes administraciones públicas para abordar una situación que aumenta su complejidad durante las campañas agrícolas.
Precisamente, la orden estatal establece que podrán ser beneficiarias las entidades locales afectadas por la existencia de asentamientos irregulares de personas trabajadoras temporeras. También podrán presentar proyectos organismos públicos dependientes de estas administraciones y agrupaciones de entidades locales, siempre que cumplan las condiciones exigidas.
No obstante, la existencia de nueve asentamientos en Albacete no supone que todos puedan acogerse automáticamente a las ayudas, ya que los proyectos deberán estar específicamente dirigidos a personas trabajadoras temporeras residentes en este tipo de instalaciones.
¿Qué actuaciones financiará el Gobierno?
La normativa contempla cuatro grandes líneas de actuación relacionadas con la creación de alojamientos de acogida temporal. Entre ellas figuran la construcción de nuevos inmuebles, la adecuación de edificios existentes, la adquisición de propiedades para destinarlas a alojamiento y las mejoras ambientales de los entornos donde se ubiquen estas instalaciones.
Uno de los requisitos fundamentales es que los alojamientos se encuentren en entornos no segregados, de manera que las actuaciones contribuyan a la integración de las personas beneficiarias. Además, deberán cumplir condiciones adecuadas de habitabilidad, acceso al agua, electricidad, saneamiento, ventilación, iluminación, climatización básica, seguridad estructural, privacidad y accesibilidad.
La orden especifica que estos alojamientos tendrán carácter temporal y no permanente. Por tanto, los proyectos no podrán limitarse a proporcionar un techo durante las campañas agrícolas, sino que deberán incorporar medidas orientadas a facilitar posteriormente el acceso de sus ocupantes a viviendas normalizadas.
También podrán financiarse determinados gastos directamente vinculados a los proyectos, como obras de construcción o rehabilitación, adquisición de inmuebles, contratación de servicios profesionales, materiales, suministros y personal dedicado específicamente a las actuaciones subvencionadas.
Los requisitos para solicitar las subvenciones
El artículo 7 de la orden establece que las entidades locales interesadas deberán presentar un proyecto técnico de construcción, adquisición o adecuación de inmuebles, o de acondicionamiento de sus entornos. Esta documentación tendrá que acreditar que las instalaciones previstas cumplen las condiciones exigidas y que las actuaciones responden a las necesidades de la población destinataria.
Además, será obligatorio incorporar un plan de realojo, inclusión sociocultural y acceso posterior a una vivienda normalizada. Para elaborar este documento deberán tenerse en cuenta la existencia de familias con menores de edad, las situaciones de precariedad sanitaria y social, la permanencia de las personas afectadas en el municipio y otras circunstancias de vulnerabilidad detectadas por los servicios sociales.
El plan tendrá que incluir medidas concretas de inserción sociolaboral, acompañamiento, mediación y empadronamiento municipal. De esta manera, la financiación estatal estará vinculada no solamente a la creación de alojamientos, sino también a programas de integración que permitan mejorar las condiciones de vida de las personas residentes en los asentamientos.
Otra limitación importante es que cada entidad solamente podrá participar en un proyecto al mismo tiempo, tanto si lo presenta individualmente como si forma parte de una agrupación. La orden advierte de que se inadmitirán los proyectos en los que figure una misma entidad participando simultáneamente en más de una solicitud.
¿Cuánto dinero podrá recibir Albacete?
La disposición publicada este lunes no establece todavía una cantidad concreta de dinero para cada ayuntamiento ni fija el presupuesto global de las ayudas. Será la correspondiente convocatoria la que determine los créditos disponibles, los importes máximos que podrán solicitarse y los límites económicos de los proyectos.
Sin embargo, el artículo 12 contempla que las subvenciones puedan alcanzar el importe total solicitado en el presupuesto del proyecto, siempre dentro de los límites establecidos y de los fondos disponibles. También prevé que los pagos puedan realizarse anticipadamente, sin exigir garantías a las entidades beneficiarias, de acuerdo con las condiciones de la convocatoria.
Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones públicas o privadas destinadas a la misma finalidad, aunque la financiación conjunta nunca podrá superar el coste total del proyecto ni utilizarse para pagar dos veces un mismo gasto.
Además, los inmuebles adquiridos, construidos o rehabilitados con estas subvenciones deberán destinarse a la finalidad financiada durante un periodo mínimo de cinco años. La orden contempla que se valoren positivamente los compromisos de mantenimiento por periodos superiores.
Un plan municipal aprobado en Pleno puede mejorar la puntuación
Uno de los aspectos más relevantes para Albacete aparece en el artículo 10, dedicado a los criterios de valoración de las solicitudes. El Gobierno establece un sistema de evaluación de hasta 100 puntos, en el que se analizarán tanto las características técnicas de los proyectos como su capacidad para resolver las situaciones de exclusión residencial.
Entre los factores que se tendrán en cuenta destaca la existencia de un plan municipal de erradicación de asentamientos aprobado por el Pleno del Ayuntamiento. Este elemento forma parte del apartado dedicado al impacto esperado del proyecto, que puede alcanzar hasta 20 puntos, aunque disponer de ese plan no constituye un requisito obligatorio para presentar una solicitud.
También se valorarán el número de personas que podrían ser realojadas, la cantidad de alojamientos construidos o rehabilitados, las mejoras en el acceso a servicios básicos y la correspondencia entre el proyecto presentado y las necesidades sociales detectadas.
Otros criterios incluyen la eficiencia energética, la accesibilidad, la calidad urbanística, la posibilidad de utilizar los inmuebles para otras finalidades fuera de las campañas agrícolas y la experiencia de las entidades solicitantes en proyectos similares.
La normativa establece que una comisión técnica fijará una puntuación mínima de corte, siempre superior a 50 puntos, en función de las solicitudes recibidas. Las subvenciones se adjudicarán mediante concurrencia competitiva, por lo que los proyectos deberán competir entre sí y su aprobación dependerá de la puntuación obtenida y del presupuesto disponible.
Hasta tres años para ejecutar los proyectos y un mes para solicitar las ayudas
El procedimiento contempla varios plazos relevantes para las administraciones interesadas. Una vez publicada la correspondiente convocatoria, las entidades locales dispondrán del periodo que esta determine para presentar sus solicitudes, con un máximo de un mes desde el día siguiente a la publicación de su extracto en el BOE.
Esto significa que el plazo de solicitudes todavía no comienza con la publicación de las bases reguladoras de este lunes, sino que dependerá de la posterior convocatoria. La resolución de concesión deberá publicarse, con carácter general, en un plazo máximo de seis meses desde la publicación del extracto de dicha convocatoria, sin perjuicio de las posibles ampliaciones previstas legalmente.
Una vez concedida la ayuda, los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de tres años. Tras finalizar los trabajos, las entidades beneficiarias deberán justificar los gastos y actuaciones realizadas en un periodo general de tres meses.
Para las subvenciones de 60.000 euros o más, la normativa exige que la justificación incorpore un informe de auditor de cuentas. Esta cifra no representa ni el importe mínimo ni el máximo de las ayudas, sino un umbral que determina el procedimiento de justificación económica.
El incendio de 35 chabolas vuelve a situar el problema en Albacete
La publicación de estas ayudas llega apenas cinco días después del grave incendio registrado el pasado 7 de octubre en el asentamiento situado junto al Jardín Botánico de Castilla-La Mancha y la carretera de Las Peñas.
El fuego dejó un balance de 35 chabolas completamente calcinadas y otras 12 estructuras afectadas, según las informaciones publicadas por El Digital de Albacete. Alrededor de 40 personas resultaron afectadas de carácter leve y un hombre de 42 años tuvo que ser trasladado al Hospital General Universitario de Albacete por quemaduras superficiales.
La intervención de los Bomberos, la Policía Local, la Policía Nacional y los servicios sanitarios permitió controlar una emergencia que se vio especialmente condicionada por la proximidad entre las infraviviendas y la presencia de materiales combustibles. Las actuaciones previas de sectorización realizadas por el Ayuntamiento, mediante la apertura de pasillos entre las construcciones, facilitaron el acceso de los equipos de extinción y dificultaron la propagación de las llamas.
La nueva orden ministerial contempla expresamente que se valoren favorablemente las actuaciones temporales destinadas a mejorar las condiciones de los asentamientos, como la instalación de puntos de agua, sistemas de saneamiento, medidas de prevención de incendios y oficinas de atención social. Se trata de intervenciones accesorias que podrán formar parte de proyectos más amplios de realojo.

Albacete ya dispone de un programa de alojamiento para 50 temporeros
El Ayuntamiento de Albacete mantiene desde hace años un programa de alojamiento temporal para trabajadores agrícolas mediante la colaboración con el Obispado y Cáritas Diocesana. El convenio, renovado el pasado mes de junio por un periodo de tres años, permite ofrecer 50 plazas en las instalaciones del Seminario de Albacete durante los meses de mayor actividad agrícola.
Este recurso proporciona alojamiento y atención social a personas temporeras, mientras los servicios municipales desarrollan labores de seguimiento, valoración y acompañamiento de las personas beneficiarias. El alcalde de Albacete, Manuel Serrano, ha defendido en diferentes ocasiones que la solución a los asentamientos requiere una colaboración efectiva entre administraciones y entidades sociales.
La nueva línea estatal establece ahora un mecanismo específico de financiación para actuaciones de alojamiento y realojo de trabajadores temporeros. Su aplicación en Albacete dependerá de que el Ayuntamiento u otra entidad local habilitada presente un proyecto que cumpla los requisitos y consiga financiación en el procedimiento competitivo.
La orden entrará en vigor este martes, 13 de octubre, y permitirá avanzar hacia la posterior convocatoria de unas subvenciones cuya dotación económica y distribución territorial todavía están pendientes de concretarse.

