CaixaBank ha abonado 408.000 euros después de que la Agencia Española de Protección de Datos fijara sanciones por un importe total de 510.000 euros a la entidad bancaria por su actuación en la tramitación de una herencia.
El procedimiento se inició a raíz de la reclamación presentada por varios herederos que acudieron a una sucursal de CaixaBank para gestionar los fondos de una persona fallecida.
Según recoge la resolución de la AEPD, el gestor asignado les exigió, entre otra documentación, la escritura notarial de partición, adjudicación y aceptación de la herencia.
Los interesados entregaron el documento completo, que contenía información no solo sobre los productos bancarios que debían adjudicarse, sino también sobre otros bienes, valoraciones patrimoniales y datos relativos al conjunto de la herencia.
Información que excedía de lo necesario
La Agencia Española de Protección de Datos considera que para gestionar una testamentaría bancaria resulta necesario acreditar la condición de heredero y la adjudicación de los productos correspondientes, pero eso no implica necesariamente que la entidad deba acceder a todo el contenido patrimonial y personal incluido en una escritura completa de herencia.
La AEPD señala que este tipo de documentos puede incluir información detallada sobre la totalidad del caudal hereditario, valoraciones patrimoniales y datos del resto de herederos que exceden de lo estrictamente necesario para realizar las operaciones relacionadas con los productos existentes en una determinada entidad bancaria.
CaixaBank alegó durante el procedimiento que no exigía necesariamente una escritura pública completa y que podía admitir copias parciales.
Sin embargo, Protección de Datos concluye que la entidad no acreditó que en este caso hubiera ofrecido a los herederos la posibilidad de presentar una copia parcial ni que les hubiera advertido de que estaban facilitando más información de la necesaria.
Una práctica sistemática
El alcance de la resolución no se limita al caso concreto de estos clientes. La AEPD considera que el procedimiento diseñado por CaixaBank para gestionar las testamentarías no había tenido suficientemente en cuenta la obligación de tratar únicamente los datos personales estrictamente necesarios.
La propia guía utilizada por CaixaBank contemplaba de manera general la presentación de una escritura pública de aceptación de la herencia, y la Agencia califica esta actuación como una práctica sistemática establecida por la entidad para la gestión de las testamentarías.
La resolución también recoge que, cuando el reparto de una herencia se realiza de común acuerdo entre los herederos, la partición puede formalizarse ante notario o mediante un documento privado.
La Agencia señala que CaixaBank tampoco informó a los afectados de la posibilidad de presentar un documento privado limitado a los datos necesarios para llevar a cabo la gestión bancaria.
Una sanción inicial de 510.000 euros
La Agencia Española de Protección de Datos impuso a CaixaBank una sanción de 500.000 euros por vulnerar las obligaciones relacionadas con la protección de datos desde el diseño.
A esta cantidad se sumaron otros 10.000 euros por incumplimientos relacionados con la información que debe proporcionarse a los interesados cuando se recogen sus datos personales. El importe total de las sanciones alcanzó así los 510.000 euros.
CaixaBank abonó 408.000 euros
Antes de que se dictara la resolución definitiva, CaixaBank decidió acogerse al mecanismo de pago voluntario.
La entidad abonó el 22 de mayo de 2026 un total de 408.000 euros, beneficiándose de una reducción del 20% sobre la cuantía de las sanciones.
El pago se realizó sin reconocimiento de responsabilidad por parte de CaixaBank.
La AEPD declaró, no obstante, la existencia de las infracciones y ha ordenado a la entidad acreditar la adopción de medidas para adaptar la gestión de las herencias a las exigencias establecidas por la normativa de protección de datos.
La resolución es firme en vía administrativa y plenamente ejecutiva, aunque CaixaBank puede acudir a la vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional.

