Cambian las reglas para bares, pubs y discotecas en Castilla-La Mancha: nuevos horarios y multas de hasta 300.000 euros

La nueva Ley de Espectáculos Públicos de Castilla-La Mancha también regula los conciertos, la Feria, las fiestas populares, el acceso de menores y la devolución del dinero de las entradas

Los bares, restaurantes, pubs, discotecas y establecimientos de ocio de Albacete y su provincia tendrán que adaptarse a una nueva normativa de Castilla-La Mancha que introduce cambios en los horarios de funcionamiento, las condiciones de seguridad y las sanciones por incumplir la legislación. El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este jueves, 8 de octubre, la Ley 6/2026, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que contempla multas de hasta 300.000 euros para las infracciones más graves.

La nueva legislación, que sustituirá a la normativa autonómica aprobada en 2011, también afecta a los conciertos, festivales, verbenas, atracciones de feria y celebraciones populares que se organizan tanto en Albacete capital como en los municipios de la provincia. Entre sus novedades figuran una regulación específica de las fiestas ilegales, nuevas exigencias para el personal de control de acceso y medidas para proteger los derechos de los asistentes y el descanso de los vecinos.

La norma no entrará en vigor inmediatamente. Su aplicación comenzará el 8 de enero de 2027, tres meses después de su publicación oficial.

Estos serán los horarios de cierre de bares, pubs y discotecas en Albacete

Uno de los aspectos más relevantes de la nueva ley es la regulación de los horarios de apertura y cierre de los establecimientos de ocio, que serán diferentes dependiendo del tipo de actividad y de la época del año.

Los bares, restaurantes y cafeterías podrán permanecer abiertos, con carácter general, hasta la 1:30 de la madrugada durante el invierno y hasta las 2:30 en verano, cuando la actividad se desarrolle en el interior del establecimiento. Para los espacios abiertos, los límites serán la 1:00 en invierno y las 2:00 en verano.

En el caso de los pubs, disco-pubs y disco-bares, el horario general de cierre en el interior de los establecimientos será las 2:30 durante el invierno y las 4:00 de la madrugada en verano. Para las actividades desarrolladas en espacios abiertos, el cierre se establece a la 1:00 y a las 2:00, respectivamente.

Las discotecas y salas de baile dispondrán de un horario más amplio, con cierre a las 4:00 de la madrugada en invierno y a las 6:00 en verano, cuando la actividad tenga lugar en el interior.

La normativa establece que la temporada de invierno comprenderá desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo, mientras que la de verano abarcará del 1 de junio al 30 de septiembre.

No obstante, estos horarios generales estarán sujetos a las ampliaciones y excepciones contempladas expresamente en la legislación.

Horarios especiales durante la Feria de Albacete y las fiestas de los pueblos

La nueva regulación también tendrá incidencia en la organización de la Feria de Albacete y las fiestas patronales de los distintos municipios de la provincia.

La ley contempla que, con motivo de las fiestas patronales y otras celebraciones declaradas oficialmente de ámbito local, los ayuntamientos puedan ampliar los horarios generales de espectáculos públicos y actividades recreativas hasta un máximo de dos horas, siempre que exista un informe favorable del órgano autonómico competente.

Asimismo, establece que durante los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero no habrá limitación de horario para el cierre.

La normativa también recoge que se aplicarán los horarios de cierre correspondientes al verano entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, así como los viernes, sábados, vísperas de festivos y durante toda la Semana Santa.

De esta manera, el funcionamiento de los establecimientos de ocio estará sujeto a un régimen general con determinadas particularidades para las fechas de mayor actividad festiva.

Multas de hasta 300.000 euros por incumplir la ley

La nueva Ley de Espectáculos Públicos establece tres categorías de infracciones, con sanciones económicas diferentes en función de su gravedad.

Las infracciones leves estarán castigadas con multas de entre 150 y 2.000 euros, mientras que las graves supondrán sanciones de entre 2.001 y 20.000 euros. En el caso de las infracciones muy graves, las cuantías oscilarán entre 20.001 y 300.000 euros.

Entre las conductas consideradas muy graves se encuentran la celebración de espectáculos expresamente prohibidos, permitir el acceso de personas que porten armas u objetos susceptibles de utilizarse como tales o superar el aforo máximo autorizado cuando ello genere un grave riesgo para la seguridad.

También tendrán esta consideración determinados incumplimientos de las condiciones de insonorización cuando supongan un grave riesgo para la salud ambiental, así como la celebración de espectáculos sin los permisos exigibles cuando puedan originarse situaciones de grave peligro.

La normativa establece igualmente sanciones para los establecimientos que incumplan los horarios. Abrir antes de lo permitido o retrasar el cierre más de 60 minutos será considerado una infracción grave. Cuando el incumplimiento no supere esa hora, se calificará como leve.

Además de las multas económicas, la Administración podrá imponer determinadas sanciones accesorias, entre ellas la suspensión temporal de actividades en los supuestos previstos legalmente.

Obligación de contar con personal de control de acceso en locales de más de 300 personas

Los establecimientos públicos y espacios abiertos donde se celebren espectáculos o actividades recreativas con un aforo superior a 300 personas deberán contar con personal de control de acceso debidamente habilitado.

Esta obligación también se aplicará a determinados recintos cerrados cuando así se establezca en sus planes de autoprotección.

El personal encargado de estas funciones deberá superar unas pruebas de habilitación y cumplir determinados requisitos, entre ellos ser mayor de edad y carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

Entre sus obligaciones estarán controlar las entradas, comprobar la edad de los asistentes cuando resulte necesario, vigilar que no se supere el aforo máximo autorizado e informar a los servicios de seguridad sobre las alteraciones del orden.

La legislación también prohíbe expresamente que los establecimientos ejerzan el derecho de admisión de forma arbitraria o discriminatoria, incluyendo los juicios de valor basados en la apariencia estética de los clientes.

Los menores de 16 años deberán ir acompañados a determinados conciertos

La nueva ley también introduce una regulación específica sobre la presencia de menores en establecimientos de ocio.

Con carácter general, los menores de edad no podrán acceder a salas de fiesta, pubs, disco-bares o discotecas, aunque se contemplan determinadas excepciones.

Una de ellas permitirá su asistencia a actuaciones en directo cuyo contenido sea adecuado para su edad. En estos casos, los menores de 16 años deberán estar acompañados por sus representantes legales o por una persona mayor de edad expresamente autorizada, y solo podrán permanecer durante el tiempo que dure la actuación.

También podrán organizarse sesiones especiales para jóvenes mayores de 14 y menores de 18 años, siempre que cuenten con la correspondiente autorización.

Durante estas sesiones estará prohibida la venta de alcohol, tabaco y otras sustancias adictivas, no podrán utilizarse máquinas de juego y el horario de finalización no podrá superar las 22:00 horas.

Los organizadores de conciertos deberán devolver el dinero si cambia el artista anunciado

Otra de las novedades de interés para los consumidores afecta a la venta de entradas y a los derechos de quienes asisten a conciertos y espectáculos.

La nueva legislación establece la obligación de devolver el importe abonado cuando un espectáculo se suspenda, cambie su fecha o localidad de celebración o se produzca una modificación de los artistas inicialmente anunciados, de acuerdo con las condiciones y excepciones previstas en la normativa aplicable.

También se regulan las condiciones de comercialización de las entradas. Los organizadores deberán poner directamente a disposición del público al menos el 70% de cada clase de localidades correspondientes al aforo libre, sin recargos adicionales, sin perjuicio de los gastos de gestión que legalmente correspondan.

En los casos de venta comisionada, el incremento aplicado no podrá superar el 20% del precio establecido para la venta directa.

La sobreventa de entradas y la reventa no autorizada estarán consideradas infracciones graves, con multas que podrán alcanzar los 20.000 euros.

Más controles contra las fiestas ilegales y las celebraciones sin autorización

La ley presta especial atención a las fiestas ilegales y a las actividades recreativas celebradas en espacios abiertos sin cumplir las exigencias administrativas y de seguridad.

La normativa permite a las autoridades prohibir o suspender estas celebraciones en los supuestos previstos legalmente, así como adoptar medidas para intervenir, retener o decomisar los equipos y materiales utilizados.

También establece la obligación de obtener autorización administrativa previa para determinados espectáculos, entre ellos aquellos cuyo aforo previsto supere las 150 personas y los que se desarrollen en espacios abiertos, salvo las excepciones expresamente recogidas.

Entre estas excepciones se encuentran determinados espectáculos organizados por las administraciones públicas con motivo de fiestas patronales u otras fiestas oficialmente declaradas de ámbito local. Estos actos estarán exentos de obtener el título habilitante previsto en la ley, aunque deberán cumplir el resto de requisitos legales y de seguridad que resulten aplicables.

Los vecinos de Albacete podrán reclamar por el ruido y las molestias

La nueva regulación también reconoce derechos específicos a las personas que puedan verse afectadas por el funcionamiento de establecimientos de ocio y la celebración de espectáculos.

Los vecinos que sufran molestias relacionadas con el ruido, la convivencia o el descanso podrán presentar quejas y reclamaciones ante la Administración competente, que deberá responder en un plazo máximo de un mes.

Cuando estas reclamaciones se refieran al ruido que se percibe dentro de las viviendas, los interesados deberán permitir el acceso de los técnicos e inspectores si resulta necesario para tramitar el expediente. La negativa podrá dar lugar al archivo de las actuaciones.

La legislación también exige que los organizadores de espectáculos cuenten con un seguro de responsabilidad civil para cubrir posibles daños personales y materiales.

Hasta que se apruebe la regulación específica de estos seguros, se establecen capitales mínimos asegurados que comienzan en 150.000 euros para actividades de hasta 50 asistentes y pueden alcanzar los seis millones de euros en los espectáculos de mayor aforo.

El Ayuntamiento de Albacete y los municipios de la provincia tendrán que adaptar sus ordenanzas

La aplicación de la nueva ley también afectará directamente al Ayuntamiento de Albacete y al resto de consistorios de la provincia, que mantendrán competencias sobre autorizaciones, inspecciones, vigilancia de horarios y determinados procedimientos sancionadores.

La normativa establece que todos los ayuntamientos de Castilla-La Mancha deberán adaptar sus ordenanzas municipales a las nuevas disposiciones en el plazo de un año desde su entrada en vigor.

Por tanto, los consistorios dispondrán hasta enero de 2028 para realizar esa adaptación, mientras que la nueva legislación autonómica comenzará a aplicarse el próximo 8 de enero de 2027. Los establecimientos que ya dispongan de los títulos habilitantes correspondientes no tendrán que obtener otros nuevos por la mera entrada en vigor de la ley, siempre que mantengan las condiciones exigidas y no introduzcan cambios que obliguen a una nueva autorización.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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