Un camionero de Albacete frena a la Seguridad Social: seguirá cobrando su pensión de 2.751 euros al mes

El TSJ de Castilla-La Mancha rechaza tanto el recurso del trabajador, que pretendía conseguir la gran invalidez, como el de la Seguridad Social, que quería rebajar la prestación a una incapacidad permanente total

Un camionero autónomo de Albacete mantendrá la incapacidad permanente absoluta que le había reconocido un juzgado, con derecho a percibir el 100% de una base reguladora de 2.751,08 euros mensuales. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha rechazado tanto el recurso presentado por el trabajador como el formulado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General.

El resultado supone que permanece intacta la decisión adoptada previamente por el Juzgado de lo Social número 1 de Albacete. El trabajador pretendía dar un paso más y conseguir el reconocimiento de una gran invalidez, mientras que la Seguridad Social defendía justamente lo contrario: que sus limitaciones no justificaban una incapacidad absoluta y que el grado debía reducirse a una incapacidad permanente total. Ninguna de las dos pretensiones ha prosperado.

Propietario de una empresa de transportes

El afectado trabajaba como propietario y trabajador de una empresa dedicada al transporte y al alquiler de maquinaria agrícola, desarrollando como profesión habitual la de conductor propietario de camiones.

Su situación médica comenzó a complicarse después de un accidente de trabajo que le produjo una lumbalgia. Las pruebas realizadas posteriormente permitieron diagnosticar, entre otras dolencias, problemas degenerativos en la columna lumbar que terminaron requiriendo una intervención quirúrgica.

A ello se añadió una patología neurológica hereditaria que afecta a su capacidad motora, junto con otras dolencias y limitaciones que fueron valoradas durante el procedimiento.

El trabajador había pasado además por diferentes periodos de incapacidad temporal antes de que el conflicto sobre su capacidad laboral terminara llegando a los tribunales.

El INSS no le reconoció inicialmente la incapacidad

La Seguridad Social había considerado inicialmente que sus dolencias no alcanzaban un grado suficiente como para reconocer una incapacidad permanente.

El trabajador no estuvo conforme con esa decisión y acudió a los tribunales. El Juzgado de lo Social número 1 de Albacete terminó dándole la razón parcialmente y declaró que se encontraba en situación de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.

Esta modalidad implica que las limitaciones del afectado le impiden desarrollar cualquier profesión u oficio con unas condiciones mínimas de continuidad, eficacia y rendimiento.

La sentencia estableció su derecho a una pensión equivalente al 100% de una base reguladora mensual de 2.751,08 euros, además de las correspondientes revalorizaciones y mejoras económicas.

El trabajador quería la gran invalidez

Pese a conseguir la incapacidad absoluta, el camionero recurrió la sentencia ante el TSJ porque consideraba que su situación justificaba un grado todavía superior: la gran invalidez.

Para ello defendía que necesitaba ayuda de otra persona para determinadas actividades básicas de su vida diaria. Entre los elementos utilizados para sostener su petición figuraba el reconocimiento administrativo de un grado de dependencia y la existencia de una prestación para cuidados en el entorno familiar.

Sin embargo, el tribunal considera que esos reconocimientos administrativos no implican automáticamente que se cumplan los requisitos exigidos para conceder una gran invalidez.

Este grado requiere que, además de existir una incapacidad permanente, la persona necesite la asistencia de otra para realizar actos esenciales de la vida como vestirse, desplazarse, comer o mantener unas condiciones básicas de higiene y autonomía.

El TSJ entiende que en este caso no ha quedado acreditada una necesidad de ayuda con la intensidad suficiente para dar ese salto desde la incapacidad absoluta hasta la gran invalidez.

La Seguridad Social quería rebajarla a total

En el extremo contrario se encontraba el recurso presentado por el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Las entidades gestoras pretendían que se revocara la incapacidad absoluta y se reconociera únicamente una incapacidad permanente total para su profesión habitual.

La diferencia es importante. Mientras que la incapacidad total impide seguir desarrollando la profesión habitual pero permite dedicarse a otro trabajo distinto, la absoluta supone la imposibilidad de desempeñar cualquier profesión en condiciones laborales normales. El TSJ tampoco acepta la tesis de la Seguridad Social.

Tras valorar conjuntamente las patologías y limitaciones del trabajador, la Sala considera correcta la decisión adoptada por el juzgado de Albacete y mantiene que su capacidad laboral se encuentra afectada en un grado compatible con la incapacidad permanente absoluta.

Se mantiene el 100% de la base reguladora

El resultado del procedimiento deja, por tanto, al trabajador exactamente en la situación establecida en primera instancia.

No obtiene la gran invalidez que solicitaba, pero la Seguridad Social tampoco consigue que su prestación sea rebajada a una incapacidad total.

El camionero mantiene así el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta, con derecho al 100% de una base reguladora de 2.751,08 euros mensuales, con las actualizaciones y revalorizaciones que correspondan legalmente.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha desestima los dos recursos planteados y confirma íntegramente la resolución dictada previamente por el Juzgado de lo Social número 1 de Albacete.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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