Condenado un empresario de Castilla-La Mancha a pagar casi un millón de euros a un trabajador

La Audiencia eleva hasta 950.071 euros la indemnización para un empleado que sufrió gravísimas secuelas tras precipitarse desde una cubierta durante las obras en la vivienda particular de un empresario

Un trabajador sufrió lesiones neurológicas de enorme gravedad después de caer desde la cubierta de una vivienda en obras en la provincia de Toledo. El montacargas que se estaba utilizando para subir materiales no se encontraba correctamente anclado y tenía como contrapeso un sistema tan rudimentario como peligroso: dos cubos de basura llenos de agua colocados sobre una chapa metálica.

El accidente terminó con el trabajador precipitándose al vacío desde aproximadamente 2,40 metros de altura. Aquel episodio le provocó un traumatismo craneoencefálico severo, obligó a practicarle tres intervenciones quirúrgicas y dejó secuelas que han condicionado por completo su vida.

La Audiencia Provincial de Toledo ha revisado ahora las consecuencias económicas del caso y ha elevado la indemnización que deberá recibir hasta los 950.071,56 euros, frente a los 361.756,13 euros reconocidos inicialmente.

Trabajaba algunos fines de semana en la vivienda del empresario

Los hechos se produjeron durante unas obras de reforma en la vivienda particular de un empresario. Según considera probado la resolución judicial, algunos fines de semana utilizaba a empleados de su propia empresa para realizar estos trabajos.

El día del accidente, el trabajador no tenía formalizado un contrato para esas labores ni había sido dado de alta en la Seguridad Social. Los empleados eran trasladados desde Madrid hasta la vivienda en la furgoneta de la empresa y percibían entre 70 y 80 euros por cada jornada de trabajo.

Las condiciones de seguridad existentes en la obra resultaron determinantes. El trabajador se encontraba sobre la cubierta sin barandillas, sin casco y sin contar con un arnés correctamente instalado que pudiera evitar una caída.

Dos cubos de basura llenos de agua como contrapeso

Especialmente llamativo resulta el sistema empleado con el montacargas utilizado para elevar materiales hasta la cubierta. El aparato no estaba debidamente anclado y se habían colocado como contrapeso dos cubos de basura llenos de agua sobre una chapa metálica.

Ese sistema terminó cediendo. El trabajador fue arrastrado y cayó al vacío desde unos 2,40 metros, sufriendo lesiones de extraordinaria gravedad.

La Audiencia considera que las medidas adoptadas eran insuficientes para garantizar la seguridad de quienes estaban trabajando en el inmueble.

Trasladaron al herido en una furgoneta y no llamaron al 112

Lo ocurrido inmediatamente después de la caída constituye otro de los aspectos más relevantes del procedimiento. La sentencia considera probado que el empresario no solicitó asistencia a través del servicio de emergencias 112, sino que el trabajador herido fue trasladado en una furgoneta.

El tribunal también recoge lo sucedido posteriormente en el lugar del accidente. Según los hechos probados, el hijo del acusado, siguiendo las instrucciones de este, limpió la sangre que había quedado en el patio.

Además, habría colocado posteriormente una cuerda con la finalidad de aparentar la existencia de un punto de anclaje, dejó en la zona tres cascos y un arnés y ocultó el montacargas utilizado durante los trabajos.

La Audiencia interpreta estas actuaciones como un intento de modificar el escenario y ocultar las condiciones reales de seguridad en las que se había producido el accidente.

Tres operaciones y 495 días hasta estabilizar las lesiones

Las consecuencias para el trabajador fueron devastadoras. Sufrió un traumatismo craneoencefálico severo y tuvo que ser sometido a tres intervenciones quirúrgicas.

Las lesiones tardaron 495 días en estabilizarse y dejaron importantes secuelas neurológicas. Su situación requiere una asistencia muy elevada y supervisión constante para poder realizar actividades básicas de la vida diaria.

Con posterioridad le fue reconocida una situación de gran invalidez, una circunstancia que ha tenido un peso fundamental a la hora de determinar las cantidades indemnizatorias correspondientes.

La indemnización pasa de 361.756 a 950.071 euros

La primera resolución había fijado una indemnización de 361.756,13 euros, pero la Audiencia Provincial de Toledo eleva considerablemente esa cifra después de revisar los diferentes conceptos derivados de las secuelas sufridas.

La cantidad definitiva asciende a 950.071,56 euros. Dentro de esta suma se incluyen, entre otros conceptos, 108.000 euros destinados a cubrir la asistencia sanitaria futura y otros 266.773,16 euros por la necesidad de ayuda de una tercera persona.

SegurCaixa Adeslas deberá responder directamente dentro de los límites establecidos en la póliza correspondiente, mientras que la empresa ha sido declarada responsable civil subsidiaria.

Dos años de prisión

En el ámbito penal, la Audiencia fija finalmente para el acusado una pena de dos años de prisión, además de otros dos años de inhabilitación para ocupar cargos de dirección en empresas dedicadas a la construcción.

El tribunal aprecia la atenuante de dilaciones indebidas, circunstancia que influye en la pena finalmente impuesta.

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