Un hombre ha sido condenado a un total de siete años y seis meses de prisión después de entrar por la fuerza en el domicilio de su expareja en Tomelloso, agredirla y enfrentarse posteriormente a los agentes que acudieron en su auxilio. En el momento de los hechos tenía vigente una prohibición judicial de aproximarse y comunicarse con la mujer.
Así consta en una sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real del 15 de junio de 2026, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, cuya magistrada ponente es María Almudena Buzón Cervantes. La resolución fue dictada tras un acuerdo de conformidad entre las acusaciones y la defensa y adquirió firmeza en el mismo acto al manifestar todas las partes su intención de no recurrir.
Tenía prohibido acercarse a su expareja
Los hechos ocurrieron alrededor de las 23:00 horas del 23 de noviembre de 2024. El condenado conocía que tenía vigente una sentencia anterior que le prohibía acercarse a menos de 200 metros de su expareja y comunicarse con ella por cualquier medio.
Pese a ello, acudió a la vivienda en la que se encontraba la mujer. Para entrar propinó fuertes golpes a la puerta principal hasta romper el cierre metálico, causando unos desperfectos posteriormente tasados en 181,50 euros. Después accedió al interior sin autorización.
Puñetazos en la cara y la cabeza
Una vez dentro de la casa se dirigió hacia la habitación donde estaba su expareja. La sentencia considera probado que se abalanzó sobre ella y comenzó a propinarle numerosos puñetazos en la cara y en la cabeza, además de agarrarla fuertemente por el cuello.
Durante la agresión también la amenazó de muerte. La mujer logró en un momento determinado correr hacia la puerta principal, pero fue interceptada nuevamente por el acusado, que volvió a golpearla y empujarla.
La víctima terminó cayendo por las escaleras hasta el salón. El hombre se aproximó entonces de nuevo y continuó golpeándola cuando estaba en el suelo.
Las lesiones incluyeron heridas en el cuero cabelludo y el labio, fracturas dentales, un traumatismo craneoencefálico leve y múltiples hematomas y erosiones. Necesitó asistencia sanitaria y tratamiento quirúrgico para suturar algunas de las heridas y le quedaron varias secuelas.
Cinco agentes tuvieron que intervenir para reducirlo
Las peticiones de auxilio alertaron a otras personas que se encontraban en la vivienda y finalmente se avisó a la Guardia Civil.
Cuando llegó una primera patrulla, los agentes ordenaron al hombre que se tumbara en el suelo. La sentencia recoge que no obedeció y que llegó a agarrar a uno de los guardias civiles por el cuello del uniforme.
Los demás agentes tuvieron que intervenir mientras el acusado mantenía una actitud violenta, forcejeaba y lanzaba golpes y patadas. La situación obligó a solicitar apoyo a una patrulla de la Policía Local de Tomelloso.
En total participaron en la reducción tres guardias civiles y dos policías locales, que consiguieron finalmente inmovilizarlo. Los cinco agentes sufrieron lesiones de distinta consideración durante la intervención. Al día siguiente de los hechos, el juzgado acordó su prisión provisional comunicada y sin fianza.
Siete años y medio de prisión
El procedimiento llegó a la Audiencia Provincial de Ciudad Real a través del Tribunal del Jurado. Sin embargo, Ministerio Fiscal, acusaciones particulares y defensa alcanzaron un acuerdo de conformidad sobre los hechos, su calificación jurídica y las penas, que fue posteriormente ratificado por el propio acusado.
Por el delito de allanamiento de morada se le imponen dos años y seis meses de prisión y una multa de nueve meses a razón de cinco euros diarios.
Por las lesiones ocasionadas a su expareja recibe otros cuatro años y seis meses de cárcel, mientras que el delito de atentado contra los agentes supone seis meses adicionales de prisión. Las tres penas privativas de libertad suman así siete años y seis meses.
También ha sido condenado por un delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género a 56 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad y por cinco delitos leves de lesiones, uno por cada agente, a sendas multas de un mes a cinco euros diarios.
Órdenes de alejamiento e indemnizaciones
La condena incorpora además diferentes prohibiciones de aproximación y comunicación respecto de la víctima. Por el allanamiento se le prohíbe acercarse a menos de 500 metros durante tres años y seis meses, mientras que por el delito de lesiones esa prohibición se extiende durante cinco años y seis meses. En materia de responsabilidad civil, deberá indemnizar a su expareja con 8.674,96 euros.
A ello se añaden 3.000, 1.400 y 2.500 euros respectivamente para los tres guardias civiles lesionados y 425 euros para cada uno de los dos policías locales. La propietaria de la vivienda recibirá otros 181,50 euros por los daños ocasionados en la puerta.
En conjunto, las indemnizaciones fijadas ascienden a 16.606,46 euros, además de los intereses legales correspondientes.
La resolución ya es firme. Tras anticiparse verbalmente el fallo, todas las partes comunicaron que no pretendían recurrir y la Audiencia declaró su firmeza en ese mismo momento. El tiempo que el condenado llevaba en prisión provisional se descontará del cumplimiento de las penas de cárcel, al igual que el periodo ya cumplido como medida cautelar respecto a las prohibiciones de aproximación y comunicación.


