Tenía una orden de alejamiento pero también permiso para recoger a su hijo en el colegio: la Audiencia de Albacete decide

El hombre está investigado por un posible quebrantamiento en Villarrobledo, aunque otra resolución judicial establecía que podía recoger al menor a la salida de clase los viernes alternos

Una orden de alejamiento respecto de una mujer y otra resolución judicial que permitía a su expareja recoger a su hijo en el colegio han terminado chocando en un procedimiento penal abierto en Villarrobledo. La Audiencia Provincial de Albacete ha decidido que la causa contra el padre por un posible quebrantamiento debe continuar y ha rechazado archivarla, aunque reconoce que existe un elemento que inicialmente respalda la versión del investigado.

Los hechos que se investigan ocurrieron el 15 de septiembre de 2023. El hombre acudió al colegio de su hijo y permaneció allí pese a que tenía vigente una orden judicial de protección que le prohibía aproximarse a lugares frecuentados por la mujer beneficiaria de aquella medida.

La defensa pidió el sobreseimiento de la causa argumentando que su presencia en el centro escolar no suponía un incumplimiento intencionado de la orden. El motivo era que otra resolución judicial regulaba el régimen de visitas y establecía expresamente que el padre podía recoger al menor a la salida del colegio los viernes alternos.

El 15 de septiembre era viernes

La circunstancia adquiere especial relevancia porque el día investigado, 15 de septiembre de 2023, era viernes. La propia Audiencia constata que las partes admiten la existencia de una resolución que contemplaba aquel sistema de recogida del menor.

Desde esa perspectiva, la Sala reconoce que el padre dispone de un argumento relevante a su favor. Si una resolución judicial le autorizaba a acudir al colegio precisamente para recoger a su hijo, su presencia en ese lugar podría estar amparada por el ejercicio del régimen de visitas y podría afectar a la existencia de intención de quebrantar la orden de alejamiento.

La Audiencia llega a señalar que el investigado “acredita indiciariamente su alegato”, una circunstancia que además aparece respaldada en parte por lo manifestado por la propia denunciante.

La otra versión: llevaba más de un año y medio sin recogerlo

Sin embargo, existe otro elemento que impide cerrar el procedimiento en este momento. La mujer sostuvo que, aunque formalmente aquel régimen de visitas contemplaba que el padre recogiera al niño en el colegio, el hombre llevaba más de un año y medio sin acudir al centro para hacerlo.

Durante todo ese periodo, según su versión, era ella quien se encargaba de recoger al menor. Ese dato plantea para la Audiencia la duda de si aquel régimen de visitas seguía funcionando realmente en los términos en los que estaba redactado o si había quedado de hecho sin aplicación por la propia conducta mantenida durante meses por el investigado.

La Sala considera que esta circunstancia constituye también un indicio incriminatorio que debe ser valorado y que impide asumir ahora como definitiva la explicación ofrecida por la defensa.

La Audiencia dice que las dudas deben resolverse en el juicio

El procedimiento había llegado a la Audiencia después de que el órgano instructor de Villarrobledo acordara continuar la causa por los trámites del procedimiento abreviado ante la posible existencia de un delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar.

La defensa recurrió esa decisión y solicitó el archivo. La Audiencia Provincial, sin embargo, considera que existen elementos en ambas direcciones y que no corresponde resolver definitivamente esa controversia durante la fase de instrucción.

Para los magistrados, el hecho de que exista una explicación potencialmente favorable al investigado no elimina los indicios que justifican mantener abierta la causa. Será el tribunal que eventualmente tenga que juzgar los hechos el encargado de determinar qué ocurrió realmente y si la presencia del padre en el colegio estaba amparada por su régimen de visitas o supuso un incumplimiento penalmente relevante de la orden de alejamiento.

La causa seguirá adelante

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha desestimado el recurso de la defensa y confirmado los autos dictados en Villarrobledo que acordaban continuar la tramitación de las diligencias por el procedimiento abreviado.

La resolución, dictada el 26 de mayo de 2026, no supone una condena ni determina que el hombre cometiera un delito. La Audiencia se limita a concluir que existen dudas e indicios suficientes para que la cuestión no sea archivada en este momento y pueda resolverse en una fase posterior del procedimiento. Contra este auto no cabe recurso.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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