Un detective y el horario laboral de un padre entran en una batalla por la custodia en Albacete: la Audiencia da un vuelco al caso

La Audiencia Provincial establece finalmente la custodia compartida y deja sin efecto una pensión de alimentos de 500 euros mensuales tras analizar la flexibilidad laboral del progenitor y las nuevas condiciones de su trabajo

La Audiencia Provincial de Albacete ha dado un importante giro a un procedimiento de divorcio en el que la organización laboral de uno de los progenitores llegó a convertirse en una de las cuestiones centrales para decidir sobre la custodia de un menor. En el procedimiento incluso se aportó un informe elaborado por un detective privado para tratar de determinar cómo desarrollaba realmente su jornada de trabajo.

En primera instancia se había atribuido a la madre la guarda y custodia del hijo, mientras que el padre debía abonar una pensión de alimentos de 500 euros mensuales, además de asumir la mitad de determinados gastos extraordinarios.

El padre recurrió esta decisión ante la Audiencia Provincial de Albacete reclamando un sistema de custodia compartida por semanas alternas.

Las dudas sobre su horario laboral

Uno de los principales obstáculos que había apreciado el juzgado era la situación profesional del padre, que ejercía responsabilidades en Castilla-La Mancha y Extremadura, lo que implicaba desplazamientos y atención a distintos centros de trabajo.

El juzgado de primera instancia consideró que no existían suficientes certezas sobre la flexibilidad de sus horarios y sobre su capacidad para compatibilizar esas obligaciones profesionales con el cuidado cotidiano del menor.

Precisamente para tratar de acreditar cómo era su actividad diaria, durante el procedimiento llegó a utilizarse un informe de detective privado.

Sin embargo, la Audiencia Provincial realiza una valoración diferente de las pruebas. La documentación de la empresa y las declaraciones practicadas apuntaban a que el progenitor disponía de autonomía para organizar su trabajo, flexibilidad horaria y posibilidad de teletrabajar. El propio informe del detective también reflejaba situaciones compatibles con esa flexibilidad.

Una reestructuración laboral cambió además su situación

Durante la tramitación del recurso se produjo otro elemento relevante. Una reestructuración de la empresa modificó las responsabilidades profesionales del padre y redujo su ámbito territorial, que pasó de abarcar Castilla-La Mancha y Extremadura a concentrarse en Castilla-La Mancha.

La Audiencia considera que esta nueva situación terminó de despejar las dudas que existían sobre la posibilidad de compatibilizar el trabajo con una custodia compartida. La sentencia recoge además que podía organizar de manera autónoma sus desplazamientos y distribuirlos en función de las semanas en las que el menor estuviera con uno u otro progenitor.

Para la Sala, la falta de disponibilidad durante determinadas horas del día tampoco constituye por sí misma un impedimento para establecer una custodia compartida, ya que los progenitores pueden recurrir, cuando resulte necesario, a familiares o cuidadores.

Custodia compartida por semanas

La Audiencia Provincial termina estimando el recurso del padre y revoca los pronunciamientos fundamentales de la primera sentencia.

En su lugar establece una custodia compartida por semanas alternas, con intercambios los domingos a las 20:00 horas. También fija dos tardes entre semana para que el menor pueda permanecer con el progenitor al que no le corresponda la custodia durante esos días.

El cambio tiene además una consecuencia económica importante: desaparece la pensión de alimentos de 500 euros mensuales que había sido establecida inicialmente.

Cada progenitor deberá afrontar los gastos ordinarios del menor mientras permanezca bajo su custodia, mientras que los gastos extraordinarios se abonarán por mitad.

Sin pensión mensual entre los progenitores

La Audiencia considera que no se ha acreditado una desproporción económica entre ambos progenitores que justifique mantener una pensión mensual una vez establecido el sistema de custodia compartida.

La Sala analiza la documentación económica presentada por ambos y concluye que los datos fiscales disponibles no reflejan necesariamente de manera completa la capacidad económica de uno de ellos, por lo que no aprecia una diferencia suficiente para imponer una pensión a cargo del otro.

De este modo, la Audiencia Provincial de Albacete revoca la custodia exclusiva acordada inicialmente, implanta la custodia compartida y elimina la obligación de pagar los 500 euros mensuales.

Contra esta sentencia no cabe recurso ordinario, aunque las partes pueden plantear los recursos extraordinarios previstos legalmente en el plazo de 20 días hábiles.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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