El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la retirada de una incapacidad permanente total que tenía reconocida un trabajador que había desarrollado su actividad como peón de Ayuntamiento. La clave del caso está en la evolución de sus problemas lumbares: los informes médicos constataron una importante mejoría y, además, que llevaba dos años trabajando en mantenimiento de climatización.
La sentencia, dictada el 1 de septiembre de 2026 por la Sala de lo Social del TSJ de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, desestima el recurso presentado por el afectado contra la decisión que le retiró la prestación.
Una incapacidad por una operación de columna
El trabajador había sido declarado en situación de incapacidad permanente total debido a las secuelas de una artrodesis lumbar. Su profesión habitual era la de peón de servicios múltiples de un Ayuntamiento y la prestación se había reconocido con una base reguladora de 630,19 euros.
Cuando se le reconoció inicialmente la incapacidad presentaba, entre otras limitaciones, dolor lumbar, limitación de movimientos y un resultado positivo en la prueba de Lasègue, utilizada para valorar posibles afectaciones relacionadas con el nervio ciático.
Sin embargo, años después la Seguridad Social abrió un procedimiento de revisión al considerar que su situación había mejorado de manera significativa.
Llevaba dos años trabajando en climatización
El informe médico utilizado para revisar su incapacidad contiene varios datos que terminaron resultando determinantes.
Según recoge la sentencia, el trabajador llevaba dos años trabajando en mantenimiento de climatización y durante ese periodo no había sido atendido por ningún especialista por sus problemas lumbares.
El propio informe recoge que después de la operación se encontraba “muy bien aunque se cuida”, que tomaba ibuprofeno ocasionalmente y que podía caminar entre seis y siete kilómetros, e incluso una distancia superior.
La exploración médica mostró además una marcha autónoma y sin cojera, fuerza normal en las extremidades inferiores y capacidad para caminar tanto de puntillas como sobre los talones.
De un Lasègue positivo a uno negativo
El TSJ compara expresamente la situación que existía cuando se concedió la incapacidad con la observada en la revisión.
Entre los cambios destaca la desaparición de las apofisalgias, la mejora de la movilidad de la columna y el cambio del resultado de la prueba de Lasègue, que había sido positivo cuando se reconoció la prestación y posteriormente pasó a ser negativo.
También desapareció la radiculopatía y se constató un balance articular y muscular conservado.
Para los magistrados, estos datos permiten apreciar una “evidente mejoría” respecto al estado que había justificado inicialmente la incapacidad.
El TSJ considera que puede volver a trabajar como peón
El trabajador defendía que sus problemas médicos continuaban impidiéndole ejercer su profesión habitual y pidió mantener la incapacidad permanente total.
Sin embargo, el tribunal considera que no se han aportado informes recientes capaces de desmontar las conclusiones de los facultativos que apreciaron la mejoría.
La sentencia destaca que su movilidad y su marcha están conservadas, que han desaparecido algunas de las limitaciones anteriores y que no se ha acreditado que las tareas de su puesto como peón municipal resulten incompatibles con su estado actual.
Por ello, el TSJ concluye que el trabajador ha recuperado capacidad suficiente para desarrollar su profesión habitual y confirma la retirada de la incapacidad permanente.
La Sala desestima así su recurso contra el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social. Contra la sentencia todavía cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que deberá prepararse en un plazo de diez días desde su notificación.

