Una discusión sobre la planificación del trabajo en un supermercado de Mercadona terminó con el despido de uno de sus gerentes y ha acabado llegando hasta el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. La Sala de lo Social, con sede en Albacete, ha rechazado el recurso presentado por la compañía y confirma que el cese fue improcedente, por lo que Mercadona deberá optar entre readmitir al trabajador o indemnizarle con 61.316,68 euros.
El caso aparece recogido en la Sentencia de 13 de febrero, que resuelve un recurso presentado por Mercadona contra una resolución del Juzgado de lo Social número 2 de Toledo. El empleado ocupaba la categoría de Gerente B en el supermercado de Villacañas y trabajaba para la compañía desde el 8 de mayo de 2007, con un salario diario de 96,07 euros, pagas extraordinarias incluidas.
Una discusión por la planificación del día siguiente
Los hechos que desencadenaron el despido ocurrieron el 17 de octubre de 2024. La coordinadora se encontraba formando a otros dos empleados cuando preguntó al gerente cómo quedaba organizada la planificación de la jornada siguiente. Tras revisarla, le indicó que uno de los trabajadores tenía tiempo de sobra mientras que a otro le faltaba y le pidió que modificara la planificación.
Fue entonces cuando comenzó una discusión. Según los hechos probados, el gerente reaccionó preguntando si no se estaba valorando su trabajo y llegó a utilizar la expresión “no valía para tomar por el culo” al referirse a cómo interpretaba la valoración realizada por su superior. Una de las trabajadoras presentes respondió que ella no había escuchado a la coordinadora decir aquello.
La discusión continuó y ambos acabaron llegando al muelle del establecimiento. La sentencia refleja que el gerente se aproximó a la coordinadora, pero considera que no pudo acreditarse ni la distancia exacta a la que lo hizo ni qué palabras concretas pronunció en ese momento. Tampoco quedó acreditada en los términos sostenidos por la empresa la forma en la que se habría producido aquel acercamiento.
Mercadona comunicó al trabajador su despido disciplinario el 28 de octubre de 2024. La empresa invocó, entre otros motivos, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas y transgresión de la buena fe contractual, además de distintos preceptos de su convenio colectivo relativos a faltas muy graves.
61.316 euros o readmisión
El trabajador acudió a los tribunales. El Juzgado de lo Social número 2 de Toledo rechazó que el despido fuera nulo, pero sí lo declaró improcedente en una sentencia dictada el 7 de agosto de 2025.
La consecuencia económica era importante. Mercadona debía elegir entre readmitir al gerente en las mismas condiciones que tenía antes del despido, abonándole en ese caso los salarios dejados de percibir, o extinguir definitivamente la relación laboral mediante una indemnización de 61.316,68 euros.
La compañía recurrió esa decisión ante el TSJ de Castilla-La Mancha, pero la Sala de lo Social no comparte sus argumentos.
El TSJ: hubo expresiones soeces, pero no un insulto a la coordinadora
La resolución considera acreditado que existió una discusión entre el gerente y su coordinadora dentro de un proceso de evaluación de su trabajo y reconoce que el empleado utilizó expresiones soeces. Sin embargo, introduce una diferencia decisiva: entiende que esas palabras no fueron pronunciadas como insulto u ofensa dirigida contra la coordinadora, sino como expresión de su queja o desacuerdo ante la valoración que se estaba realizando de su trabajo.
El tribunal también tiene en cuenta que existía previamente un cierto clima de tensión entre ambos y que no quedaron suficientemente acreditados otros extremos en los que Mercadona apoyaba la gravedad del comportamiento. Con esas circunstancias, la Sala considera excesivo convertir lo sucedido en una conducta merecedora del despido.
Por todo ello, el TSJ desestima íntegramente el recurso de Mercadona y confirma la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Toledo. Además, impone las costas del recurso a la compañía, incluida una minuta de 600 euros para el abogado de la parte contraria.
La resolución todavía contemplaba la posibilidad de presentar recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo dentro de los diez días siguientes a su notificación. La sentencia del TSJ, por tanto, confirma en esta instancia la improcedencia del despido y mantiene la alternativa para Mercadona: readmitir al gerente o pagarle 61.316,68 euros.

