La Justicia frena a H&M: anula la revisión diaria de los bolsos de sus trabajadores y los registros de taquillas

La Audiencia Nacional considera que estas medidas vulneraban el derecho a la intimidad y obliga a la compañía a cesar inmediatamente en su aplicación

La Audiencia Nacional ha puesto freno a dos de los controles que H&M aplicaba sobre sus trabajadores en España. La Sala de lo Social ha declarado nula la revisión visual diaria de los bolsos de los empleados que realizaban el último turno, así como los registros aleatorios y periódicos de sus taquillas, al considerar que estas prácticas suponían una intromisión injustificada en su derecho a la intimidad.

La resolución, fechada el 23 de julio de 2026, estima la demanda presentada por UGT, a la que se adhirió CCOO, contra Hennes y Mauritz SL y condena a la empresa a cesar inmediatamente en la aplicación de ambos controles.

H&M cuenta, según los hechos probados recogidos en la propia sentencia, con 142 tiendas en España y emplea aproximadamente a 4.655 personas.

Abrir el bolso todos los días antes de salir

Una de las prácticas examinadas por la Audiencia Nacional afectaba específicamente a los trabajadores que realizaban el último turno en las tiendas.

Estos empleados fichaban cinco minutos antes del cierre y, durante ese intervalo, antes de poder abandonar el establecimiento por la puerta destinada al personal, tenían que abrir sus bolsos o bolsas ante un responsable de la tienda o un miembro del personal de seguridad.

La inspección duraba apenas unos segundos y consistía en comprobar visualmente el contenido, pero se realizaba diariamente a todos los trabajadores de ese último turno.

La situación era diferente para los empleados de otros horarios. Estos podían abandonar las instalaciones por la puerta principal de las tiendas, que disponía de arcos de seguridad, sin tener que someter sus bolsos a esa inspección visual.

H&M alegó pérdidas por hurtos

H&M defendió ante el tribunal que este sistema perseguía una finalidad legítima: prevenir las pérdidas derivadas, entre otras causas, de posibles hurtos cometidos por trabajadores.

Sin embargo, la Audiencia Nacional considera que la compañía no consiguió acreditar suficientemente que existiera una situación que justificase una medida de estas características.

La sentencia destaca que no quedó probado el volumen de las pérdidas atribuibles a los propios empleados. La empresa reconoció que no podía determinar qué cantidades correspondían a hurtos internos y cuáles podían proceder de hurtos externos, fraude de proveedores o errores administrativos.

Los magistrados también ponen el foco en el número de casos detectados. Entre 2024 y 2026 se produjeron seis extinciones disciplinarias relacionadas con hurtos, sustracciones o fraude en una plantilla de alrededor de 4.600 trabajadores.

Para la Sala, esos datos no permiten apreciar una situación de tal magnitud que justifique someter de manera generalizada a los trabajadores del último turno a la inspección cotidiana de sus pertenencias.

Había alternativas menos invasivas

La Audiencia Nacional reconoce que revisar un bolso puede resultar una medida útil para intentar impedir un hurto, pero considera que no supera el requisito de necesidad.

Existían, según el tribunal, otras posibilidades menos invasivas para conseguir el mismo objetivo. La sentencia pone precisamente como ejemplo los arcos de seguridad que ya se utilizaban en las puertas por las que abandonaban las tiendas los trabajadores de otros turnos.

H&M argumentó que existían dificultades técnicas para colocar estos dispositivos en las puertas de empleados y señaló también que las prendas llegan a las tiendas sin las alarmas instaladas, ya que son los propios trabajadores quienes las colocan.

Estas explicaciones tampoco convencieron a la Sala, que señala que las dificultades técnicas alegadas no quedaron demostradas.

El tribunal concluye así que la revisión diaria de los bolsos restringía de manera injustificada la intimidad de los empleados y declara nula esta práctica.

También revisaban las taquillas

La Audiencia Nacional analiza además el sistema establecido para controlar las taquillas de los trabajadores.

Según los hechos probados, estas inspecciones se realizaban aproximadamente una vez al mes, de manera aleatoria y periódica. El propio empleado abría su taquilla y un responsable o miembro de seguridad comprobaba visualmente su interior.

El Estatuto de los Trabajadores permite realizar registros sobre una persona, sus taquillas o sus efectos particulares cuando sean necesarios para proteger el patrimonio de la empresa o de los demás trabajadores, pero establece también condiciones para preservar al máximo la dignidad y la intimidad.

En el caso de H&M, la Sala considera que la compañía tampoco acreditó una necesidad concreta que justificase ese sistema regular de registros.

Por ello, la Audiencia Nacional declara igualmente nulo el control aleatorio y periódico de las taquillas y ordena a H&M cesar inmediatamente tanto esta práctica como las inspecciones diarias de los bolsos.

Mapfre

Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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