Mercadona despide a un gerente por gasolina, una cena y un McDonald’s pagados con la tarjeta de empresa: la Justicia avala el cese

El trabajador utilizó la tarjeta corporativa para varios gastos que la empresa consideró ajenos a su actividad laboral y el TSJ confirma el despido disciplinario sin indemnización

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado el despido disciplinario de un gerente de transporte de Mercadona por el uso que realizó de una tarjeta corporativa que la empresa había puesto a su disposición para pagar combustible y otros gastos relacionados con su trabajo. Entre los cargos que acabaron bajo sospecha aparecen varios repostajes, 41,66 euros de gasolina en un día libre, una cena de 31,91 euros y 8,51 euros gastados en un McDonald’s también durante una jornada de descanso.

El trabajador llevaba prestando servicios para Mercadona desde 2007 y desempeñaba funciones como gerente de transporte. Para desarrollar su trabajo disponía de un coche de empresa y de una tarjeta Visa destinada al pago del combustible, aparcamientos, comidas y otros gastos vinculados con los desplazamientos profesionales. La gasolina utilizada para trabajar corría a cargo de la empresa, mientras que el uso particular debía ser abonado por el propio empleado.

Cuatro repostajes durante noviembre

El conflicto se desencadenó después de que Mercadona analizara los movimientos de la tarjeta corporativa y comparara los consumos del gerente con los de otros trabajadores que desempeñaban funciones similares.

Solo durante noviembre de 2024 constaban cuatro repostajes. El día 2 se cargaron 59,05 euros; el día 5, otros 53,90 euros; el día 8, 56,86 euros; y el 30 de noviembre, otros 56,90 euros.

La empresa cruzó esos datos con los desplazamientos profesionales realizados por el empleado y consideró que algunos repostajes no podían explicarse por el kilometraje recorrido. Entre los días 2 y 5, por ejemplo, calculó que había realizado unos 384 kilómetros por motivos laborales, un recorrido que, según los consumos estimados del vehículo, no justificaba volver a llenar el depósito apenas tres días después.

Especial relevancia tuvo también lo ocurrido el 8 de noviembre. Ese era el último día de trabajo del gerente antes de iniciar un periodo de vacaciones que se prolongó hasta finales de mes. Pese a ello, llenó nuevamente el depósito con cargo a Mercadona y volvió a repostar el mismo 30 de noviembre, cuando se reincorporó al trabajo.

Gasolina en su día libre

La revisión de Mercadona se amplió a meses anteriores y permitió localizar otros movimientos que la empresa consideró irregulares.

El 4 de septiembre de 2024, cuando el trabajador tenía día libre, utilizó la tarjeta empresarial para pagar 41,66 euros de combustible, pese a que dos días antes ya había repostado otros 55,25 euros.

La sentencia señala que la comparación con otros gerentes también llamó la atención de la compañía. El trabajador tenía menos tiendas asignadas en Gran Canaria que otros compañeros y, sin embargo, repostaba aproximadamente el doble de veces.

El gerente intentó justificar ese mayor consumo indicando que se había trasladado a vivir a Mogán, aumentando así la distancia hasta su centro de trabajo. El tribunal considera, sin embargo, que esa explicación no desvirtúa el conjunto de indicios recogidos por la empresa.

Una cena tras regresar de Tenerife

El combustible no fue el único gasto cuestionado. Mercadona detectó también cargos de restauración que, según la empresa, no guardaban relación suficiente con la prestación laboral.

Uno de ellos correspondía al 25 de septiembre de 2024. El trabajador había acudido a una formación en Tenerife y regresó a Gran Canaria por la tarde. Sobre las 20:00 horas pagó con la tarjeta corporativa 31,91 euros por una cena.

El empleado sostuvo que había utilizado la tarjeta por error después de regresar del viaje y se mostró dispuesto a devolver la cantidad. Sin embargo, constaba que ese día había comido junto con otros compañeros durante la jornada y que aquella comida había sido abonada por otros responsables de la empresa.

La Justicia considera relevante además que el gerente no comunicara espontáneamente el supuesto error ni devolviera el dinero antes de que se descubrieran los movimientos. Sus explicaciones llegaron una vez iniciado el procedimiento disciplinario.

8,51 euros en un McDonald’s

Otro de los cargos se produjo el 16 de octubre de 2024. El gerente se encontraba nuevamente disfrutando de un día libre cuando pagó 8,51 euros en un McDonald’s de Mogán utilizando la tarjeta de Mercadona.

Para el tribunal, los distintos movimientos no pueden analizarse aisladamente. La Sala considera que existió una pauta reiterada de utilización de los medios corporativos fuera de los límites para los que habían sido entregados, tanto en el combustible como en determinados gastos de manutención.

La sentencia destaca asimismo otro dato: cuando el coordinador habló con el gerente en diciembre de 2024 sobre las anomalías que había detectado, el número de repostajes disminuyó notablemente, pese a que sus circunstancias personales y profesionales no habían cambiado.

“No se trata de hechos aislados o puntuales”

El TSJ considera acreditadas “importantes anomalías” en la utilización de la tarjeta de combustible y subraya que el trabajador no aportó documentación suficiente para justificar los kilómetros efectivamente recorridos o vincular los repostajes cuestionados a necesidades profesionales concretas.

Los magistrados concluyen que “no se trata de hechos aislados o puntuales”, sino de un comportamiento repetido que se apartaba de los patrones habituales de otros empleados con funciones equivalentes.

El tribunal tampoco acepta que la escasa cuantía de algunos gastos impida adoptar la máxima sanción laboral. La jurisprudencia recuerda que, en los casos de transgresión de la buena fe contractual, no resulta imprescindible que exista un perjuicio económico elevado. La clave es determinar si la actuación rompe la relación de confianza entre empresa y trabajador, algo especialmente relevante cuando se ocupan puestos de responsabilidad.

Despedido sin indemnización

Mercadona acabó comunicando al gerente su despido disciplinario por deslealtad y abuso de confianza, después de concederle previamente un trámite para formular alegaciones.

El empleado llevó el caso a los tribunales defendiendo que no existía una transgresión suficientemente grave de la buena fe y que el despido resultaba desproporcionado. El juzgado rechazó sus argumentos y declaró procedente la decisión empresarial.

Ahora, el TSJ de Canarias vuelve a dar la razón a Mercadona y desestima el recurso del trabajador. El despido queda así confirmado como procedente, con la extinción del contrato sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.

La sentencia considera que la utilización de la tarjeta corporativa excedió de los límites autorizados y que el conjunto de actuaciones terminó quebrando la confianza que debe presidir la relación laboral.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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