Un hombre al que se le habían suspendido siete meses de prisión por un delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar tendrá finalmente que cumplir la pena después de volver a delinquir durante el periodo en el que disfrutaba de ese beneficio. El elemento especialmente relevante del caso es que el nuevo delito, unas lesiones en el ámbito de la violencia de género, tuvo como víctima a la misma mujer a cuyo favor se había dictado la orden de protección quebrantada anteriormente.
La Audiencia Provincial de Albacete ha rechazado el recurso presentado por el condenado y ha confirmado la decisión de revocar la suspensión de la pena. La Sala considera que lo sucedido demuestra que ya no puede mantenerse la expectativa de que el ingreso en prisión fuera innecesario para evitar una nueva conducta delictiva.
Siete meses de prisión que inicialmente no tuvo que cumplir
El hombre había sido condenado mediante sentencia dictada el 26 de septiembre de 2019 a una pena, entre otras, de siete meses de prisión. Posteriormente, en septiembre de 2020, se acordó suspender su cumplimiento durante un periodo de tres años con una condición fundamental: no volver a delinquir durante ese tiempo.
La suspensión permitía así que no ingresara en prisión siempre que respetara las condiciones establecidas. Sin embargo, en noviembre de 2023 el juzgado decidió revocar ese beneficio, una decisión que el condenado llevó ante la Audiencia Provincial de Albacete.
Su defensa sostenía que no toda reincidencia debe provocar automáticamente el ingreso en prisión y señalaba que el nuevo delito era de distinta naturaleza al que había originado inicialmente la condena. También alegaba que había cumplido prácticamente todo el periodo de suspensión y solicitaba que, en lugar de revocarla, se establecieran nuevas prohibiciones o condiciones o se ampliara el plazo.
Volvió a delinquir durante la suspensión
La Audiencia explica que la legislación actual obliga a valorar si el nuevo delito demuestra que ya no puede mantenerse el pronóstico favorable que permitió suspender la pena. No basta, por tanto, con comprobar mecánicamente que existe otra condena, sino que deben analizarse la naturaleza y circunstancias de los nuevos hechos.
Y es precisamente ahí donde la Sala encuentra la circunstancia determinante de este caso. Durante el periodo de suspensión, concretamente el 21 de mayo de 2021, el hombre volvió a cometer un delito por el que posteriormente fue condenado mediante sentencia de abril de 2023.
El primer delito había sido un quebrantamiento, mientras que el posterior fue un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género. Aunque jurídicamente no son delitos idénticos, la Audiencia considera que existe una relación evidente entre ambos.
La víctima era la misma mujer
La clave está en que la víctima de las lesiones era la misma persona a cuyo favor se había dictado la orden de protección que el condenado había quebrantado anteriormente. Para los magistrados, esta circunstancia demuestra que la nueva conducta no puede considerarse un episodio totalmente ajeno al delito por el que se había suspendido la entrada en prisión.
La Audiencia concluye que el nuevo delito evidencia que se ha frustrado la expectativa que justificó inicialmente la suspensión: considerar que el cumplimiento efectivo de los siete meses de prisión no era necesario para impedir que volviera a delinquir. La reincidencia contra la misma mujer lleva ahora a la Sala a considerar necesario el cumplimiento de la pena.
Los magistrados tampoco consideran procedente sustituir la revocación por nuevas obligaciones, prohibiciones o una ampliación del periodo de suspensión, al entender que esas alternativas están previstas para otro tipo de incumplimientos y no para un caso como este, en el que se ha vuelto a delinquir en las circunstancias analizadas.
La Audiencia Provincial de Albacete ha desestimado finalmente el recurso y confirmado la resolución que revocó la suspensión. La decisión es firme y contra ella no cabe recurso, por lo que se mantiene el cumplimiento de los siete meses de prisión impuestos inicialmente.

