Varapalo a Mercadona por despedir a una gerente acusándola de fingir una gripe: la Justicia le da la razón a ella

Mercadona despidió a una gerente tras alegar que tenía gripe y faltar dos días: la Justicia declara improcedente el cese

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la improcedencia del despido de una gerente de Mercadona a la que la compañía acusó de fraude, deslealtad y simulación de enfermedad después de faltar dos días al trabajo alegando que padecía gripe. La trabajadora no llegó a justificar documentalmente aquellas ausencias de la forma reclamada por la empresa y llegó a aportar un documento médico fechado un mes antes, pero la Sala considera que esos hechos no permiten concluir por sí solos que hubiese fingido deliberadamente estar enferma para conseguir varios días libres consecutivos.

La sentencia, dictada el pasado 14 de julio por la Sección Quinta de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid, desestima el recurso presentado por Mercadona y mantiene el pronunciamiento de primera instancia. La empresa deberá optar entre readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones que tenía antes del despido, abonándole en ese caso los correspondientes salarios de tramitación, o indemnizarla con 1.966,13 euros.

La empleada trabajaba para Mercadona desde el 3 de octubre de 2023, con contrato indefinido a jornada completa, categoría profesional de Gerente A y un salario mensual de 1.553,33 euros, incluyendo sueldo base, pagas y complemento de puesto. Su centro de trabajo estaba situado en Madrid y su relación laboral se encontraba sometida al convenio colectivo de la propia compañía.

Dos días sin acudir al trabajo

El conflicto comenzó el 8 de noviembre de 2024, cuando la gerente debía trabajar en turno de mañana y comunicó a la empresa que se encontraba mal y no podía acudir. A las 18.07 horas de ese mismo día escribió a su coordinador explicándole que había salido del médico, que le habían diagnosticado gripe y que le habían prescrito medicación y dos días de reposo, añadiendo que también había informado de la situación al call center de Mercadona.

La propia documentación del servicio médico de empresa refleja además que aquel 8 de noviembre la trabajadora llamó al call center para actualizar su situación después de manifestar que acababa de salir de Urgencias. En ese registro figura como diagnóstico la gripe, se hace referencia al tratamiento con paracetamol y Fluimucil y se recoge que la gerente consideraba que su estado le impedía trabajar también al día siguiente, 9 de noviembre.

Los problemas surgieron cuando el lunes siguiente su coordinador le solicitó el justificante médico. La trabajadora contestó inicialmente que lo había olvidado en casa y, tras acudir a buscarlo, entregó un documento que Mercadona consideró insuficiente porque figuraba fechado el 8 de octubre de 2024, exactamente un mes antes de las ausencias que pretendía justificar.

Mercadona vio un engaño para conseguir varios días libres

La compañía interpretó esa circunstancia como algo mucho más grave que una mera ausencia sin justificar. En la carta de despido sostuvo que existía un engaño y una simulación de enfermedad destinada a conseguir varios días consecutivos sin trabajar, aprovechando además los descansos que la empleada tenía asignados durante aquella semana.

Mercadona abrió un expediente disciplinario el 27 de noviembre y permitió a la gerente presentar alegaciones antes de adoptar una decisión definitiva. Tras analizar su respuesta, la empresa consideró que seguía sin acreditarse que hubiera acudido al médico el 8 de noviembre ni que se le hubieran prescrito las 48 horas de reposo que había comunicado, por lo que calificó los hechos como fraude, deslealtad y simulación de enfermedad y acordó el despido disciplinario con efectos del 29 de noviembre de 2024.

La trabajadora acudió entonces a la vía judicial después de que el intento de conciliación terminara sin acuerdo. El juzgado de primera instancia terminó considerando improcedente el despido y condenó a Mercadona a readmitirla o indemnizarla con 1.966,13 euros, decisión que la compañía recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia.

Mercadona quiso comprobar las citas médicas

Uno de los principales argumentos de la empresa ante el TSJ fue que el juzgado no le había permitido practicar varias pruebas que consideraba esenciales. Mercadona había solicitado obtener información sobre las citas sanitarias de la trabajadora correspondientes al 8 de octubre y al 8 de noviembre y quería además que declarase como testigo el coordinador de planta con el que la gerente mantuvo las conversaciones sobre sus ausencias.

La compañía defendía que ese testimonio habría permitido aclarar las distintas explicaciones ofrecidas por la trabajadora y que la documentación sanitaria podía confirmar si realmente había acudido a Urgencias el día señalado. A juicio de Mercadona, esas pruebas demostrarían que no se estaba ante una simple falta de justificación, sino ante un engaño consciente mediante la utilización de documentación correspondiente a un episodio médico anterior.

El TSJ no acepta que esa situación permita modificar el resultado del procedimiento y mantiene esencialmente inalterados los hechos que habían quedado probados. La Sala recuerda que su análisis debe partir de ese relato y determinar si, con esos datos, la conducta de la empleada alcanzaba realmente la gravedad necesaria para justificar la máxima sanción laboral.

Faltar dos días puede ser grave, pero el convenio no obliga a despedir

El propio convenio colectivo de Mercadona diferencia entre distintas conductas y sanciones. Faltar dos días al trabajo durante un mes sin autorización o causa justificada figura como falta grave, mientras que entre las faltas muy graves aparecen el fraude, la deslealtad, el abuso de confianza y la simulación de enfermedad o accidente. Las primeras pueden ser castigadas con suspensión de empleo y sueldo de hasta quince días, mientras que las muy graves permiten llegar al despido.

Mercadona sostenía que el caso superaba ampliamente la mera ausencia injustificada porque, según su interpretación, la trabajadora había afirmado falsamente que padecía gripe y había tratado posteriormente de respaldar esa explicación con documentación médica correspondiente al mes anterior. La empresa consideraba que esa actuación quebraba de manera definitiva la confianza necesaria para mantener la relación laboral y debía encuadrarse en la transgresión de la buena fe contractual prevista en el Estatuto de los Trabajadores.

El Tribunal Superior, sin embargo, considera que los hechos probados no permiten llegar tan lejos. La trabajadora sí comunicó a los servicios médicos de la propia compañía que había acudido al médico y que le habían diagnosticado gripe, circunstancia que coincide además con el mensaje enviado aquella tarde a su coordinador. Lo que no consiguió posteriormente fue aportar un documento médico válido que acreditara adecuadamente las ausencias de los días 8 y 9.

Una justificación defectuosa no demuestra que fingiera la gripe

Para la Sala, ahí está precisamente la diferencia fundamental del caso. No justificar correctamente dos ausencias puede constituir un incumplimiento laboral y permitir a la empresa adoptar medidas disciplinarias, pero no equivale automáticamente a demostrar una simulación dolosa de enfermedad, especialmente cuando consta que la trabajadora había comunicado previamente al servicio médico de Mercadona el supuesto diagnóstico y el tratamiento que decía haber recibido.

El TSJ tampoco acepta que la conducta pueda calificarse como fraude o abuso de confianza en las “gestiones encomendadas”, porque la falta de justificación de dos ausencias no guarda relación directa con las funciones profesionales que tenía atribuidas como gerente. La Sala concluye que Mercadona está confundiendo una justificación documental “insuficiente o defectuosa” con una simulación consciente de enfermedad sancionable como falta muy grave.

El tribunal recuerda además que el despido disciplinario constituye la sanción más severa posible y que, por ello, debe aplicarse atendiendo a la gravedad concreta de los hechos. La jurisprudencia permite despedir cuando existe una transgresión grave y culpable de la buena fe, pero también obliga a valorar si una conducta que merece sanción tiene realmente suficiente entidad como para justificar la extinción definitiva del contrato o si resulta proporcionada una medida inferior.

Mercadona pierde el recurso

Con estos argumentos, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso de Mercadona y confirma definitivamente en esta instancia la improcedencia del despido. La compañía mantiene por tanto la obligación de elegir entre readmitir a la gerente, con el correspondiente pago de salarios de tramitación, o abonarle los 1.966,13 euros de indemnización fijados en primera instancia.

La resolución impone además a Mercadona el pago de 800 euros por los honorarios del abogado de la trabajadora en la impugnación del recurso y declara la pérdida del depósito constituido por la compañía para recurrir. La sentencia todavía puede ser llevada ante el Tribunal Supremo mediante recurso de casación para la unificación de doctrina, pero mientras tanto queda confirmado que la falta de un justificante médico válido para dos días de ausencia no fue suficiente, en las circunstancias acreditadas, para demostrar que la gerente hubiera fingido deliberadamente estar enferma y justificar su despido.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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