El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dado la razón al Ayuntamiento de Albacete en un prolongado litigio urbanístico y ha rechazado la reclamación de 179.234,56 euros planteada por Residencial Surco S.L. contra la Administración municipal. La Sala concluye que la empresa dejó transcurrir ampliamente el plazo legal para exigir una eventual responsabilidad patrimonial al Consistorio.
La sentencia, dictada el 5 de mayo por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, estima el recurso presentado por la Gerencia Municipal de Urbanismo y revoca una resolución anterior del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete.
El conflicto tiene su origen en el desarrollo urbanístico correspondiente a la Ordenanza de Transformación 10.8 ‘Surco’ del Plan General de Ordenación Urbana de Albacete y en una compleja sucesión de resoluciones administrativas y judiciales iniciada hace más de una década.
Una reclamación de 179.234 euros
Residencial Surco reclamaba al Ayuntamiento de Albacete los 179.234,56 euros que había tenido que pagar a Residencial Los Llanos como consecuencia de la modificación de la cuenta del proyecto de reparcelación.
La mercantil sostenía que el perjuicio económico tenía su origen en la actuación municipal y, concretamente, en unos derechos reconocidos años antes por el Ayuntamiento a Residencial Los Llanos mediante un convenio urbanístico. Entre sus reproches figuraban que no se había comprobado correctamente la superficie real de una parcela ni el valor atribuido a una edificación que posteriormente fue demolida.
Residencial Surco terminó abonando a Residencial Los Llanos los 179.234,56 euros el 13 de julio de 2018 y, el 28 de febrero de 2019, presentó formalmente ante el Ayuntamiento una reclamación de responsabilidad patrimonial por esa misma cantidad.
El Ayuntamiento no estimó la petición y posteriormente consideró que la acción estaba prescrita. El asunto terminó en los tribunales y, en una primera sentencia, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete rechazó que hubiera prescripción y ordenó al Ayuntamiento tramitar el procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial.
Aquella decisión fue recurrida por ambas partes. Residencial Surco pretendía que los tribunales fueran más allá y resolvieran directamente sobre su derecho a recibir la indemnización, mientras que la Gerencia Municipal de Urbanismo insistía en que la empresa había presentado la reclamación fuera de plazo.
Un litigio que se remonta a 2010
Para resolver la controversia, el TSJ reconstruye un extenso historial judicial relacionado con el proyecto de reparcelación. Una sentencia de noviembre de 2010 había reconocido determinados derechos a Residencial Los Llanos, entre ellos una superficie aportada de 264 metros cuadrados, un aprovechamiento neto de 517,02 metros cuadrados edificables y una indemnización de 58.233,60 euros por una construcción demolida.
La ejecución de aquella resolución provocó nuevas discrepancias sobre quién debía soportar económicamente las cantidades reconocidas: el Ayuntamiento, el agente urbanizador o los propietarios incluidos en la unidad de actuación.
Finalmente, una sentencia del TSJ fechada el 23 de junio de 2014 confirmó el sistema de liquidación mediante el que el pago de 179.234,56 euros recaía sobre Residencial Surco.
Y esta fecha resulta ahora determinante.
El TSJ: en 2014 ya sabía que debía pagar
El Tribunal Superior de Justicia considera que, desde aquella sentencia de 2014, no existía ninguna duda sustancial sobre quién debía asumir el pago ni sobre la cuantía concreta.
La Sala rechaza así el criterio del juzgado de primera instancia, que había entendido que las dudas no quedaron definitivamente despejadas hasta que el Ayuntamiento efectuó posteriormente un requerimiento de pago.
Para el TSJ, después de la resolución de 2014 estaba perfectamente determinado que Residencial Surco debía asumir el pago de 179.234,56 euros con cargo a sus propios derechos dentro del proyecto de reparcelación. A partir de ese momento, razonan los magistrados, la empresa conocía tanto la existencia del perjuicio que posteriormente atribuyó al Ayuntamiento como su importe exacto.
El tribunal recuerda que las reclamaciones de responsabilidad patrimonial deben plantearse dentro del plazo de un año desde que se produce el daño o se manifiestan sus efectos, conforme a la legislación administrativa.
En consecuencia, al presentar Residencial Surco su reclamación en febrero de 2019, el plazo se encontraba ampliamente superado.
Incluso en 2016 anunció que reclamaría
La sentencia incorpora además otro elemento especialmente significativo. El TSJ señala que, incluso aunque no se tomara 2014 como fecha de inicio del plazo, en octubre de 2016 la propia Residencial Surco ya manifestó expresamente que conocía su obligación de realizar el pago y llegó a anunciar una futura reclamación patrimonial por los perjuicios que consideraba causados por el Ayuntamiento.
Según el tribunal, el 28 de octubre de 2016 la empresa era plenamente consciente de la situación e incluso se ofreció a efectuar el pago cuando se le facilitase la correspondiente cuenta bancaria.
Pese a ello, no interpuso su reclamación de responsabilidad patrimonial hasta el 28 de febrero de 2019. La Sala considera que incluso tomando aquella fecha de 2016 como referencia, el plazo anual también habría expirado sobradamente.
El tribunal reconoce que existieron posteriormente errores administrativos sobre la cifra reclamada, ya que en algunos momentos el Ayuntamiento llegó a exigir 184.932,82 euros en lugar de los 179.234,56 euros correctos. Sin embargo, considera que esa confusión apareció cuando la prescripción ya se había consumado y que las propias empresas conocían cuál era realmente la cantidad debida.
Victoria judicial del Ayuntamiento
El TSJ concluye, por tanto, que la reclamación presentada por Residencial Surco estaba prescrita y estima el recurso de apelación interpuesto por la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Albacete.
La Sala revoca la sentencia anterior, desestima también el recurso presentado por Residencial Surco y rechaza definitivamente su recurso contencioso-administrativo, de manera que el Ayuntamiento no tendrá que afrontar en este procedimiento la reclamación de 179.234,56 euros planteada por la mercantil.
El tribunal no impone las costas judiciales a ninguna de las partes debido a las dudas jurídicas que planteaba el asunto. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

