Los vecinos de Bienservida cuentan desde este martes, 11 de agosto, con una nueva regulación para el suministro municipal de agua potable y el alcantarillado. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente la ordenanza que establece las tarifas que deberán abonarse por ambos servicios, después de que durante el periodo de exposición pública no se presentara ninguna alegación.
El texto definitivo fue publicado este lunes, 10 de agosto, en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y establece expresamente que entrará en vigor al día siguiente de su publicación. La regulación procede de un acuerdo plenario adoptado inicialmente en noviembre de 2024 y posteriormente actualizado mediante una modificación provisional publicada en febrero de este año.
Cuatro tramos en función del consumo
La principal novedad para los usuarios se encuentra en las cantidades que deberán pagar por el agua consumida. La ordenanza establece un sistema de cuatro bloques en función del consumo semestral registrado por el contador.
El primer tramo comprende los consumos de hasta 50 metros cúbicos por semestre, para los que se establece una tarifa de 25 euros. Entre los 51 y los 60 metros cúbicos, el precio fijado es de 0,60 euros por cada metro cúbico; desde los 61 hasta los 70 metros cúbicos asciende a 1,20 euros por metro cúbico, mientras que para consumos a partir de 71 metros cúbicos la tarifa alcanza los 1,50 euros por metro cúbico.
La ordenanza contempla asimismo qué ocurrirá cuando no haya podido efectuarse la lectura del contador. En esos casos, para determinar el bloque de consumo correspondiente se recurrirá a la media aritmética del consumo registrado durante los dos semestres anteriores.
El alcantarillado, a 30 céntimos por metro cúbico
Al recibo del abastecimiento se añadirá el correspondiente servicio de alcantarillado. Bienservida establece una tarifa de 0,30 euros por cada metro cúbico de agua suministrada para las viviendas, locales, industrias y establecimientos comerciales que dispongan de acometida.
Ambos conceptos aparecerán en un mismo recibo, aunque diferenciados para que el usuario pueda conocer cuánto paga por cada servicio. La facturación tendrá carácter semestral y será gestionada por la entidad encargada del servicio.
La nueva ordenanza contiene además una particularidad relevante para determinados inmuebles: aquellos situados a menos de 100 metros de alguna arteria de la red municipal de alcantarillado deberán disponer del servicio, considerado de recepción obligatoria, y la prestación se devengará incluso si el propietario no realiza finalmente la acometida de la finca a la red general.
100 euros por engancharse a la red
La regulación fija también los costes asociados a altas, bajas y conexiones. Realizar un nuevo enganche a la red municipal tendrá un precio de 100 euros, independientemente del uso previsto y del tiempo durante el que vaya a utilizarse.
Solicitar la baja de un enganche ya existente costará 25 euros, mientras que volver a conectar un suministro a un contador que ya se encuentre instalado y conectado a la red pero esté dado de baja tendrá un coste de 50 euros.
Para actividades temporales como ferias, muestras, festivales u otros eventos de duración inferior a un mes se establece, por su parte, una cuota de servicio de 15 euros y otra de consumo de 25 euros, considerando como consumo normal hasta 42 metros cúbicos. Si se prevé superar esa cantidad, podrá exigirse la instalación de un contador para cobrar el consumo real.
El contrato estará generalmente a nombre del propietario
Otro aspecto que concreta la ordenanza es quién deberá figurar como titular. Como regla general, el contrato del agua deberá estar a nombre del propietario de la vivienda, local o industria, aunque el recibo pueda ser abonado materialmente por el inquilino, arrendatario u ocupante.
Los arrendatarios únicamente podrán contratar directamente en determinados supuestos, para lo que deberán aportar la correspondiente licencia de actividad y disponer de autorización expresa del propietario. En esos casos, el propietario seguirá teniendo la consideración de responsable subsidiario del pago.
Más control sobre los enganches ilegales y los contadores manipulados
La normativa municipal incorpora igualmente un régimen específico contra el fraude. Entre las conductas contempladas se encuentran consumir agua sin contrato, realizar acometidas sin cumplir los requisitos, crear derivaciones fraudulentas, manipular los contadores, modificar el uso para el que se contrató el suministro sin comunicarlo o falsear la declaración para conseguir una facturación inferior.
En algunos de esos casos, la liquidación podrá calcularse tomando como referencia el caudal que sea capaz de proporcionar la instalación durante tres horas al día y un periodo de 90 días. Cuando exista manipulación del contador, el cálculo podrá abarcar desde la última lectura aceptada hasta el momento en que se detecte el fraude.
Con la publicación definitiva de la ordenanza, Bienservida cierra así una tramitación iniciada hace más de un año y pone en marcha desde este martes un nuevo marco para el abastecimiento y el alcantarillado municipal, con tarifas escalonadas que incrementan el precio a medida que aumenta el consumo de agua.


