La Audiencia Provincial de Albacete ha confirmado la condena impuesta a un hombre por un delito de hurto tras considerar probado que distrajo deliberadamente a la encargada de una cafetería mientras un cómplice aprovechaba para entrar en el almacén y apoderarse de su cartera y su monedero. La Sala ha desestimado el recurso presentado por el condenado y mantiene la pena de ocho meses de prisión, así como la obligación de indemnizar a la víctima con 545,50 euros, además de las costas del procedimiento.
El robo ocurrió en una cafetería de la calle La Caba
Los hechos se remontan al 22 de abril de 2022, sobre las 9:15 horas, cuando el condenado accedió junto a otro hombre a la cafetería Plantaciones, situada en la calle La Caba de Albacete.
Según los hechos probados, mientras el acusado entretenía insistentemente a la encargada pidiéndole un bolígrafo, su acompañante accedía al almacén del establecimiento y sustraía la cartera y el monedero de la trabajadora. En ellos había documentación personal, 410 euros en efectivo, un décimo de lotería y un cupón de la ONCE.
Tras consumar el robo, ambos abandonaron rápidamente el local después de que uno de ellos gritara: «vámonos, vámonos».
Alegó que él no robó nada
El condenado recurrió la sentencia al sostener que no existía prueba suficiente de que hubiera participado en el hurto.
Su defensa argumentó que quien materialmente se apoderó de la cartera fue otra persona no identificada y negó que hubiera existido un acuerdo previo entre ambos o una actuación conjunta para cometer el delito.
La Audiencia aprecia una actuación perfectamente coordinada
La Sala rechaza ese planteamiento y considera que la condena está plenamente respaldada por una serie de indicios que, valorados en conjunto, acreditan la participación del acusado.
Los magistrados destacan tres elementos especialmente relevantes:
- Ambos hombres entraron juntos en la cafetería.
- El acusado mantuvo entretenida a la encargada con una petición insistente y sin aparente sentido mientras el otro accedía al almacén.
- Los dos abandonaron el establecimiento de forma precipitada inmediatamente después de consumarse el robo.
«El bolígrafo solo era una excusa»
La Audiencia considera que la insistencia del acusado en solicitar un bolígrafo carecía de una explicación lógica.
La sentencia concluye que esa petición únicamente tenía como finalidad desviar la atención de la responsable del establecimiento para facilitar que su acompañante pudiera sustraer la cartera sin ser descubierto.
Además, recuerda que el propio acusado ofreció una versión contradictoria durante el juicio, al afirmar primero que no recordaba lo sucedido y sostener después que únicamente había pedido un vaso de agua, extremo desmentido por la testigo.
Recurso desestimado
Con estos argumentos, la Audiencia Provincial confirma íntegramente la sentencia dictada por el Tribunal de Instancia y condena al acusado al pago de las costas del recurso. Contra la resolución únicamente cabe recurso extraordinario de casación ante el Tribunal Supremo.
La sentencia ha sido dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete y el magistrado ponente ha sido Juan Manuel Sánchez Purificación.

