Caudete pone coto a los patinetes: casco, seguro, calzado adecuado y multas de hasta 500 euros

La nueva ordenanza municipal fija los 16 años como edad mínima general, prohíbe circular por aceras y zonas peatonales y permite a la Policía Local inmovilizar los vehículos ante determinados incumplimientos

Caudete ha aprobado definitivamente una nueva regulación para poner orden al creciente uso de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP) en sus calles. La normativa introduce un amplio catálogo de obligaciones y prohibiciones que afecta directamente a quienes utilicen estos medios de transporte y establece sanciones que pueden alcanzar los 500 euros en los casos más graves.

Entre las novedades más relevantes figura la obligación de utilizar casco de protección homologado y correctamente abrochado, disponer de seguro de responsabilidad civil y llevar un calzado que sujete y proteja completamente los pies. La ordenanza llega incluso a prohibir expresamente circular descalzo o con un calzado que ofrezca una protección insuficiente para manejar el vehículo con seguridad.

La edad mínima general para conducir un VMP por las vías y espacios públicos de Caudete queda fijada en 16 años, aunque podrán hacerlo desde los 15 quienes dispongan de permiso de conducir de la clase AM. Además, los patinetes tendrán que contar con sistema de frenado, avisador acústico, luces delanteras y traseras, catadióptricos y otros elementos reflectantes previstos en la normativa técnica.

Prohibidos en las aceras y zonas peatonales

La nueva regulación establece con carácter general que los vehículos de movilidad personal podrán circular por las vías urbanas en el sentido autorizado, pero no podrán hacerlo por las aceras ni por las zonas peatonales. Tampoco podrán utilizar travesías, vías interurbanas, autopistas, autovías o túneles.

La velocidad máxima será de 25 kilómetros por hora, aunque se rebaja a 20 km/h en vías urbanas con plataforma única de calzada y acera, donde el peatón tendrá prioridad. En los carriles bici o vías compartidas señalizadas la velocidad no podrá superar los 15 km/h y, en itinerarios ciclistas compartidos con peatones, el límite queda en 10 km/h.

La normativa también deja claro que estos vehículos son unipersonales, por lo que estará prohibido transportar a otra persona. Tampoco podrán llevarse animales, objetos que dificulten una conducción segura ni circular agarrándose a otros vehículos.

Ni móvil ni auriculares

Quienes circulen en patinete tampoco podrán utilizar teléfonos móviles, auriculares, cascos de audio u otros sistemas de comunicación que reduzcan la atención o la percepción del entorno. Igualmente, queda prohibido conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, y los usuarios estarán obligados a someterse a las correspondientes pruebas cuando así lo requieran los agentes.

El chaleco reflectante será recomendable durante el día, pero pasará a ser obligatorio durante la noche o cuando las condiciones meteorológicas o ambientales reduzcan sensiblemente la visibilidad. Los conductores deberán llevar también documentación que permita acreditar su edad.

La ordenanza regula incluso dónde podrán dejarse estos vehículos. No estará permitido estacionarlos sobre aceras, paseos y otros espacios reservados a los peatones, ni amarrarlos a farolas, semáforos u otros elementos del mobiliario urbano. También se prohíbe ocupar plazas reservadas para personas con movilidad reducida o zonas de carga y descarga.

Multas de 100, 200 y 500 euros

El régimen sancionador establece tres niveles. Las infracciones leves serán castigadas con 100 euros, las graves con 200 euros y las muy graves con 500 euros.

Entre las infracciones graves aparecen circular sin la edad permitida, utilizar el teléfono móvil o auriculares, no llevar casco homologado, carecer del seguro de responsabilidad civil o incumplir las limitaciones de velocidad cuando la conducta no alcance la consideración de muy grave.

Se considerará muy grave, entre otros supuestos, superar en más de un 50% la velocidad máxima autorizada, conducir superando las tasas de alcohol permitidas o con presencia de drogas, circular sin el certificado obligatorio cuando resulte exigible o utilizar vehículos manipulados que no cumplan los requisitos técnicos establecidos.

La Policía Local podrá inmovilizar el patinete

Las consecuencias pueden ir más allá de la multa. La Policía Local queda facultada para inmovilizar o retirar un VMP cuando se produzcan determinados incumplimientos que afecten a la seguridad vial.

Podrá ocurrir, por ejemplo, cuando el conductor sea menor de 16 años y no se encuentre dentro de la excepción prevista, cuando se niegue a someterse a una prueba de alcohol o drogas, cuando el vehículo carezca del seguro obligatorio o del certificado correspondiente, cuando haya sido modificado de manera no autorizada o cuando sus condiciones supongan un riesgo grave para personas o bienes.

Además, los gastos derivados de la inmovilización o retirada deberán ser abonados, con carácter general, por el titular o propietario del vehículo antes de recuperarlo.

La ordenanza también contempla la posibilidad de crear en el futuro un Registro Municipal de Vehículos de Movilidad Personal, en el que tendrían que inscribirse los patinetes aportando datos como la marca, modelo y número de bastidor o serie.

La aprobación de la regulación ya es definitiva, aunque su entrada en vigor no será inmediata: el propio texto establece que deberá transcurrir el plazo legal previsto después de su publicación completa y de la comunicación del acuerdo a las administraciones competentes. A partir de entonces, los usuarios de patinetes de Caudete tendrán que adaptarse a unas normas que endurecen notablemente las condiciones para circular por el municipio.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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