Una reunión en Albacete, dos guardias civiles corruptos y una macrotrama de narcotráfico

Una reunión mantenida en la capital albaceteña en enero de 2020 apareció entre los primeros indicios de una investigación que acabó destapando una organización internacional, 210 kilos de cocaína y dos guardias civiles corruptos

Una reunión celebrada en Albacete en enero de 2020 figura entre los primeros episodios de una compleja investigación policial que terminó destapando una poderosa organización dedicada al tráfico internacional de cocaína y hachís, con conexiones en distintos puntos de España y Europa, colaboradores en varios puertos y dos agentes de la Guardia Civil que aceptaron dinero para facilitar la entrada de droga. Más de seis años después de aquel encuentro, el Tribunal Supremo ha rechazado los últimos recursos planteados por cinco de los condenados y ha dejado definitivamente firmes penas que alcanzan los diez años de prisión y multas de hasta 39 millones de euros.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, el pronunciamiento fue dictado el 25 de junio por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, con Eduardo de Porres Ortiz de Urbina como magistrado ponente. La resolución resuelve los recursos de casación formulados por tres condenados por tráfico de drogas y dos guardias civiles condenados por cohecho contra la sentencia de la Audiencia Nacional que ya había confirmado sus condenas en julio de 2024.

El procedimiento tiene unas dimensiones poco habituales. La investigación permitió intervenir cientos de kilos de cocaína, casi 700.000 euros en efectivo, numerosos vehículos especialmente acondicionados con compartimentos ocultos y una extensa infraestructura destinada tanto a recibir grandes alijos como a distribuir posteriormente la droga. La resolución judicial también describe contactos con proveedores de Sudamérica y Marruecos, intentos de introducir estupefacientes mediante barcos y contenedores y la corrupción de agentes destinados en los puertos de Tarifa y Algeciras.

Una reunión en Albacete entre los primeros indicios

La conexión albaceteña aparece en las primeras fases de las pesquisas. Según los hechos probados asumidos por el Tribunal Supremo, el 17 de enero de 2020, a las 19.34 horas, los investigadores conocieron mediante un dispositivo de escucha autorizado judicialmente que uno de los investigados iba a mantener una reunión operativa en Albacete.

La Policía desplegó entonces un dispositivo de vigilancia y comprobó que el hombre se reunía en la ciudad con un ciudadano búlgaro con antecedentes por tráfico de drogas. Durante el posterior viaje de regreso desde Albacete a Madrid, el investigado se mostró satisfecho con el encuentro y comentó que su interlocutor disponía de una importante infraestructura para introducir cocaína, incluidos veleros en cuyos depósitos de combustible podrían ocultarse hasta 500 kilos de droga, además de plantearse la posibilidad de impregnar las propias velas de las embarcaciones con cocaína.

Este episodio fue posteriormente uno de los elementos que aparecieron en los informes policiales utilizados para justificar nuevas medidas de investigación. El propio Supremo recoge que la Fiscalía Antidroga contó, entre otros indicios, con aquella reunión celebrada en Albacete y con los antecedentes y conexiones internacionales de la persona investigada para considerar suficientemente fundada la sospecha de que estaba vinculada a operaciones de narcotráfico marítimo.

Una organización preparada para mover grandes cantidades de droga

La investigación acabó permitiendo reconstruir la estructura de otra organización asentada en España y dedicada de forma continuada a introducir y distribuir grandes partidas de cocaína y hachís. Según los hechos declarados probados, el grupo estaba jerarquizado, disponía de contactos con proveedores sudamericanos y marroquíes y utilizaba una red de subordinados para recibir los cargamentos, almacenar los estupefacientes, distribuirlos y recoger el dinero generado por las ventas.

Una de sus principales técnicas para introducir cocaína consistía en el denominado “gancho ciego” o “rip-off”, mediante el que la droga era colocada clandestinamente dentro de contenedores que transportaban mercancía legal, sin conocimiento de las empresas exportadoras o importadoras. Para recuperar después la cocaína, la trama disponía de colaboradores corruptos con acceso a determinados puertos.

La organización también empleaba viviendas de seguridad para almacenar la droga, vehículos dotados de sofisticadas “caletas” en las que ocultar estupefacientes y dinero y dispositivos tecnológicos destinados a comprobar si estaban siendo vigilados por las fuerzas de seguridad. En varios de los inmuebles utilizados por el grupo fueron intervenidas enormes cantidades de cocaína, máquinas de contar billetes, básculas y material de envasado.

210 kilos de cocaína ocultos entre mochilas

Uno de los episodios centrales de la operación se produjo con un contenedor procedente de Panamá que llegó al puerto de Valencia. La organización tenía conocimiento de que en su interior viajaba una importante cantidad de cocaína escondida entre mercancía legal y realizó distintas gestiones para intentar recuperarla.

La Policía, que seguía los movimientos de los investigados, terminó interviniendo antes de que estos pudieran hacerse con la mercancía y evitar así el riesgo de que asaltaran el camión o las instalaciones de la empresa destinataria utilizando violencia.

En la madrugada del 13 de febrero de 2021 se abrió el contenedor y los agentes localizaron 210 paquetes de aproximadamente un kilogramo cada uno, escondidos entre cajas de mochilas de una conocida marca. En total se incautaron unos 210 kilos de cocaína, distribuidos en paquetes con distintos logotipos.

La sentencia recoge que el valor mayorista de toda la cocaína intervenida durante la investigación se estimó en 19.511.180,82 euros, tomando como referencia un precio de 35.674 euros por kilogramo durante el primer semestre de 2021. Además, los registros permitieron intervenir un total de 692.545 euros en efectivo, procedentes, según los hechos probados, de anteriores ventas de droga.

Dos guardias civiles cobraron para facilitar la entrada de hachís

La investigación reveló además la participación de agentes de la Guardia Civil destinados en los puertos de Tarifa y Algeciras. La trama buscaba utilizarlos para introducir camiones procedentes de Marruecos cargados de hachís, evitando los controles aduaneros.

Dos agentes fueron finalmente identificados y condenados. Según recoge la sentencia, uno de ellos tenía como función coordinarse con otros efectivos y facilitar los turnos en los que podría producirse la entrada de los camiones, mientras que el otro estaba destinado en labores de resguardo fiscal en el puerto de Algeciras y debía contribuir a que los vehículos pasaran sin ser sometidos a los controles obligatorios.

Los hechos probados establecen que recibieron inicialmente 12.000 euros, repartidos entre varios agentes como anticipo, y que posteriormente se pactaron otros 50.000 euros a cambio de facilitar dos oportunidades para introducir un camión cargado de hachís. La droga finalmente no llegó a entrar porque los proveedores marroquíes no consiguieron completar la operación, pero los pagos y acuerdos ya se habían producido.

Penas de hasta diez años y multas millonarias

Entre los cinco recurrentes cuya situación analiza ahora el Supremo se encontraba un miembro de confianza de la organización, condenado a diez años de prisión y una multa superior a 39 millones de euros por tráfico de drogas dentro de organización criminal. Otro de los recurrentes, un abogado al que la sentencia atribuye labores de distribución de cocaína y una posición estable dentro de la trama, recibió igualmente una pena de diez años de cárcel y una multa de 39.022.360 euros.

Otro de los integrantes fue condenado a nueve años y un día de prisión y una multa superior a 19,5 millones de euros, mientras que los dos guardias civiles recibieron sendas condenas de tres años y un día de prisión por cohecho pasivo, además de multas y nueve años de inhabilitación especial para ejercer como guardias civiles.

El Supremo rechaza los distintos argumentos formulados por las defensas, entre ellos las impugnaciones relacionadas con el uso de agentes encubiertos, intervenciones telefónicas, grabaciones realizadas en vehículos, presunción de inocencia, pertenencia a organización criminal o aplicación de atenuantes.

El Supremo confirma definitivamente las condenas

La Sala considera que las medidas de investigación estuvieron suficientemente justificadas y que existía una abundante prueba incriminatoria, formada por seguimientos, vigilancias, conversaciones intervenidas, documentación y declaraciones de otros implicados. En relación con el abogado condenado, por ejemplo, el Supremo concluye que existió prueba suficiente de que mantenía contacto permanente con miembros de la trama, intervino en entregas de droga y dinero y desempeñaba un papel estable dentro de la organización.

El alto tribunal tampoco acepta las pretensiones de los otros condenados para reducir sus penas por drogadicción o atribuir mayor valor atenuante a sus confesiones. En el caso de los dos guardias civiles, la Sala entiende que su reconocimiento de los hechos durante el juicio fue útil, pero se produjo cuando la investigación ya había reunido las principales pruebas, por lo que no justifica aplicar una reducción superior de la responsabilidad penal.

Finalmente, el Tribunal Supremo declara que no ha lugar a ninguno de los cinco recursos de casación, confirma las condenas impuestas por la Audiencia Nacional e impone a los recurrentes las costas generadas por sus respectivos recursos. Contra esta sentencia no cabe recurso alguno.

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Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 15 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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