Dos hombres han sido condenados a tres años de prisión cada uno por dedicarse a la venta de cocaína y cannabis desde una vivienda situada en Fuente-Álamo, en la provincia de Albacete.
La resolución ha sido dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete, con la magistrada María Otilia Martínez Palacios como ponente. La sentencia está fechada el 3 de junio de 2026.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, uno de los condenados había nacido en Albacete. El segundo es de nacionalidad marroquí.
Los dos aceptaron los hechos, la calificación jurídica y las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal después de que la acusación modificara sus conclusiones durante el juicio.
Venta de droga desde una vivienda
Los hechos se remontan al periodo comprendido entre diciembre de 2022 y el 21 de abril de 2023.
Durante esos meses, los dos acusados se dedicaron a vender sustancias estupefacientes desde el domicilio que compartían en Fuente-Álamo. Los compradores acudían a pie o en vehículos y realizaban intercambios de corta duración para adquirir cocaína y cannabis.
La investigación fue tramitada inicialmente por el órgano judicial de Almansa y terminó llegando a la Audiencia Provincial de Albacete.
Registro autorizado por el juzgado
El Juzgado de Instrucción número 2 de Almansa autorizó el registro de la vivienda, que fue realizado el 21 de abril de 2023.
En el interior se localizaron 1.000 euros en billetes fraccionados, que la sentencia considera procedentes de la venta de sustancias ilícitas, además de instrumentos utilizados para pesar y envasar la droga.
Los agentes también encontraron 15,13 gramos de cocaína con una pureza del 74,53%, una barra de 3,74 gramos de resina de cannabis y otros 1,32 gramos de cannabis.
La cocaína intervenida habría alcanzado en el mercado ilícito un valor superior a los 1.500 euros.
La Fiscalía pidió inicialmente cuatro años y medio
El Ministerio Fiscal calificó inicialmente los hechos como constitutivos de un delito de tráfico de drogas de las que causan grave daño a la salud y de otro relacionado con sustancias que no producen ese mismo nivel de riesgo.
La acusación solicitó en un primer momento cuatro años y seis meses de prisión, una multa de 4.500 euros y el decomiso de las sustancias, el dinero, los instrumentos y el resto de los efectos intervenidos durante el registro.
También pidió inicialmente que el condenado de nacionalidad marroquí cumpliera en España parte de la pena y fuera expulsado cuando accediera al tercer grado penitenciario o a la libertad condicional.
La Fiscalía retiró la petición de expulsión
Durante el juicio, la Fiscalía modificó sus conclusiones y redujo la petición a tres años de prisión y una multa de 1.600 euros para cada acusado.
La acusación retiró además la solicitud de expulsión del condenado marroquí. La sentencia indica que este hombre dispone de un permiso temporal de residencia para trabajar por cuenta ajena hasta enero de 2030 y que cuenta con un contrato indefinido en una empresa agrícola desde mayo de 2026.
La resolución también señala que, en el momento de los hechos, se encontraba en situación irregular en España. Esta circunstancia resulta compatible con que posteriormente hubiera regularizado su situación y obtenido el permiso de residencia recogido en la propia sentencia.
Los acusados aceptaron la condena
Las defensas y los dos acusados mostraron su conformidad con la acusación modificada por el Ministerio Fiscal.
La Audiencia consideró correcta la calificación de los hechos y dictó una sentencia de conformidad. Los dos hombres fueron declarados autores de un delito de tráfico de drogas de las que causan grave daño a la salud.
Tres años de prisión y 1.600 euros de multa
Cada uno de los condenados deberá cumplir tres años de prisión y pagar una multa de 1.600 euros.
En caso de impago de la sanción económica, se establece una responsabilidad personal subsidiaria de 16 días. También tendrán que asumir las costas procesales a partes iguales.
La Audiencia acuerda además el decomiso de las drogas y del resto de los efectos intervenidos, que recibirán el destino previsto legalmente para los bienes procedentes del tráfico ilícito de estupefacientes.
Una sentencia firme
La sentencia fue dictada de viva voz, notificada en el mismo acto y declarada firme después de que todas las partes manifestaran su voluntad de no recurrir.
La defensa solicitó un plazo para presentar documentación destinada a pedir la suspensión de la ejecución de las penas y el fraccionamiento de las multas en 24 mensualidades.

