El Ayuntamiento de Liétor ha encadenado dos importantes victorias judiciales frente a la Gerencia Territorial del Catastro de Albacete por la valoración de algunas de las grandes infraestructuras hidráulicas que atraviesan su término municipal.
Una de ellas afecta a los tramos del Acueducto Tajo-Segura que discurren por Liétor. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha obligado a incorporarlos al Catastro como parte del Bien Inmueble de Características Especiales denominado «Saltos del Fontanar» y ha fijado su valor en 6.030.949,76 euros.
Este pronunciamiento se suma a otra sentencia del mismo tribunal, dictada apenas un mes después, que también dio la razón al Ayuntamiento frente al Catastro y obligó a incrementar en 553.620,39 euros el valor catastral de la Presa y Embalse del Talave al haberse dejado fuera túneles, canales y conducciones correspondientes a sus dos aliviaderos.
Dos resoluciones diferentes, pero con un denominador común: la Justicia considera que determinadas infraestructuras existentes en Liétor no estaban correctamente incorporadas o valoradas en el Catastro.
La consecuencia tiene especial relevancia para el municipio porque las valoraciones catastrales repercuten en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Las sentencias no cuantifican cuánto dinero adicional podrá ingresar el Ayuntamiento por IBI, por lo que no es posible establecer todavía el impacto concreto que ambas decisiones tendrán sobre las arcas municipales.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, la resolución relativa al Acueducto Tajo-Segura ha sido dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, y ha tenido como magistrado ponente a Javier Latorre Beltrán. Está fechada el 23 de marzo de 2026.
Ocho kilómetros de túnel bajo Liétor
El origen del caso está en una infraestructura que atraviesa buena parte del subsuelo del término municipal.
Para salvar la divisoria entre las cuencas del Júcar y del Segura se construyó un túnel de aproximadamente 32 kilómetros que atraviesa la sierra de Hellín.
Los últimos ocho kilómetros discurren por el término municipal de Liétor.
La sentencia recoge que este túnel fue perforado a profundidades de entre 200 y 300 metros y dispone de un diámetro interior de 4,20 metros.
Después de abandonar el túnel, el Acueducto continúa mediante un canal a cielo abierto por la rambla de Talave hasta desembocar en el embalse.
Tres saltos antes de llegar al Talave
En ese recorrido aparecen las denominadas Rápidas del Fontanar, tres importantes desniveles que permiten salvar alrededor de 150 metros de diferencia de altura entre la salida del túnel y el embalse.
El objetivo original del Acueducto Tajo-Segura era transportar agua desde el Alto Tajo hacia la cuenca del Segura, fundamentalmente para abastecimiento y regadío.
Sin embargo, décadas después apareció una nueva utilización que ha terminado siendo determinante para resolver el conflicto con el Catastro.
Iberdrola proyectó tres centrales
En diciembre de 1994, Iberdrola presentó ante la Confederación Hidrográfica del Segura un proyecto para construir tres centrales hidroeléctricas aprovechando precisamente las Rápidas del Fontanar.
Se trata de Fontanar I, Fontanar II y Fontanar III, aprovechamientos con saltos de 28,75, 46,53 y 65,15 metros, respectivamente.
En julio de 2004, el Ministerio de Medio Ambiente concedió a Iberdrola Promociones autorización para derivar un caudal de hasta 25 metros cúbicos por segundo del Acueducto Tajo-Segura con destino a la producción de electricidad.
El agua es desviada hacia las instalaciones hidroeléctricas, atraviesa las turbinas para generar energía y posteriormente regresa nuevamente al canal.
El agua se utiliza tres veces para generar electricidad
El funcionamiento descrito en el procedimiento resulta especialmente gráfico.
El caudal es derivado primero hacia Fontanar I y posteriormente vuelve al Acueducto.
Más adelante vuelve a desviarse hacia Fontanar II y regresa de nuevo al canal.
Finalmente, el agua entra en Fontanar III antes de reincorporarse otra vez al Acueducto y continuar hasta el embalse del Talave.
Esta utilización hidroeléctrica se convirtió en uno de los argumentos fundamentales del Ayuntamiento para reclamar que los tramos del Acueducto también fueran tenidos en cuenta por el Catastro.
El Ayuntamiento reclamó su incorporación en 2020
Liétor acudió en agosto de 2020 a la Gerencia Territorial del Catastro de Albacete al considerar que la descripción y valoración existentes no reflejaban correctamente la realidad.
El Consistorio solicitó que el Acueducto a su paso por el municipio fuera incorporado y valorado, acompañando su petición de un informe técnico.
Planteó que pudiera ser considerado un inmueble independiente o, alternativamente, que fuera incluido dentro del BICE correspondiente a los Saltos del Fontanar.
El Catastro rechazó la petición y el Ayuntamiento terminó llevando el asunto ante los tribunales.
El Catastro sostenía que servía para abastecimiento y regadío
Una de las principales cuestiones era determinar qué función cumplía realmente el Acueducto.
La Administración defendía que se trataba esencialmente de una infraestructura hidráulica destinada al abastecimiento y al regadío.
Además, argumentaba que los canales, tuberías y conducciones únicamente pueden integrarse en determinadas valoraciones catastrales relacionadas con la generación hidroeléctrica cuando resultan necesarios para producir energía.
El TSJ discrepa de esta interpretación.
De llevar agua a producir electricidad
La Sala reconoce que el Trasvase no se construyó originalmente con una finalidad hidroeléctrica.
Pero la realidad cambió con la instalación de las tres centrales.
El tribunal considera especialmente relevante que exista una concesión administrativa que permite utilizar directamente el agua transportada por el Acueducto para generar electricidad en los Saltos del Fontanar.
Por ello, abastecimiento y regadío dejaron de ser sus únicas funciones.
Sin el Acueducto no pueden funcionar las centrales
Este razonamiento resulta decisivo para el TSJ.
Las tres centrales hidroeléctricas necesitan el agua que circula por el Tajo-Segura para generar electricidad.
La Sala considera incoherente aceptar que las conducciones que llevan el agua desde el Acueducto hasta las centrales formen parte del complejo hidroeléctrico y, al mismo tiempo, excluir el canal del que procede ese mismo caudal.
El tribunal recuerda que sin el agua y sin el Acueducto que la transporta no sería posible que las tres centrales produjeran energía hidroeléctrica.
El agua se convirtió en el «elemento nuclear»
La sentencia considera que, una vez construidas las centrales, el agua que atraviesa Liétor se convirtió en el elemento esencial para producir electricidad.
Esto no significa que desaparecieran los usos tradicionales del Trasvase.
El canal continúa cumpliendo funciones vinculadas al abastecimiento y al regadío, pero a ellas se añadió una finalidad hidroeléctrica que el Catastro no podía ignorar.
Más de seis millones de euros
Una vez determinado que los tramos del Acueducto debían formar parte del BICE «Saltos del Fontanar», quedaba por resolver cuánto debían valer.
El Ayuntamiento presentó una valoración pericial de 6.030.949,76 euros.
La Administración no aportó una tasación alternativa ni un dictamen técnico que contradijera esa cifra.
El TSJ ha terminado aceptando la valoración propuesta por Liétor y ha fijado en esa cantidad el valor del inmueble.
Una segunda victoria por la Presa del Talave
La importancia de esta resolución aumenta al contemplarla junto a otra sentencia favorable al Ayuntamiento, dictada el 28 de abril de 2026.
En aquel segundo procedimiento, Liétor volvió a enfrentarse a la Gerencia Territorial del Catastro de Albacete, esta vez por la valoración de la Presa y Embalse del Talave.
El Catastro había reconocido ya diferentes errores y había incorporado elementos que anteriormente no aparecían correctamente valorados, como la central hidroeléctrica, galerías, una vía de acceso, una nave de maniobra y un transformador.
Sin embargo, dejó fuera los túneles, canales y conducciones correspondientes a los dos aliviaderos.
Otros 553.620 euros
El Ayuntamiento recurrió también esta decisión y volvió a conseguir el respaldo del TSJ.
El tribunal concluyó que los aliviaderos son elementos esenciales para la seguridad y funcionamiento de la presa y que no podía confundirse la valoración del cierre de un aliviadero con la valoración de toda la infraestructura hidráulica que lo compone.
La sentencia ordenó añadir 553.620,39 euros al valor catastral de la Presa y Embalse del Talave.
El valor que había quedado establecido previamente era de 3.319.507,21 euros, por lo que con este incremento alcanzaría los 3.873.127,60 euros, sin perjuicio de las actuaciones necesarias para ejecutar la sentencia.
Dos sentencias y millones de euros en valoración catastral
El resultado deja al Ayuntamiento de Liétor con dos pronunciamientos judiciales favorables en apenas unas semanas.
Por un lado, los tramos del Acueducto Tajo-Segura deberán incorporarse como parte de los Saltos del Fontanar con un valor fijado en 6.030.949,76 euros.
Por otro, la valoración de la Presa y Embalse del Talave tendrá que incrementarse en otros 553.620,39 euros.
En ambos casos, el fondo del conflicto ha sido similar: determinar qué elementos forman realmente parte de estas grandes infraestructuras hidráulicas y cuál debe ser su consideración a efectos catastrales.
El TSJ da la razón a Liétor
En la sentencia sobre el Acueducto, el Tribunal Superior de Justicia estima el recurso municipal, deja sin efecto la resolución recurrida y declara la obligación de inscribir y valorar los tramos del Tajo-Segura que atraviesan Liétor como parte de los Saltos del Fontanar.
La Sala fija expresamente el valor en 6.030.949,76 euros y no impone las costas del procedimiento al apreciar la existencia de serias dudas jurídicas y fácticas.
La resolución podía ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
La sentencia posterior sobre el Talave, por su parte, obliga al Catastro a incorporar los túneles, canales y conducciones de ambos aliviaderos y añadir otros 553.620,39 euros a su valoración.
Dos victorias judiciales que refuerzan la posición de Liétor frente al Catastro en torno a algunas de las infraestructuras hidráulicas más importantes que atraviesan su término municipal.

