El indulto parcial a Laura Borràs ya es oficial. El Gobierno de Pedro Sánchez ha hecho efectiva este miércoles, 29 de julio, a través del Boletín Oficial del Estado (BOE), la medida de gracia concedida a la expresidenta del Parlament de Cataluña y exdirigente de Junts, condenada por prevaricación y falsedad documental por las irregularidades cometidas durante su etapa al frente de la Institució de les Lletres Catalanes.
La decisión llega además en una fecha que no pasa inadvertida. Se hace oficial en pleno verano, en los últimos días de julio y prácticamente a las puertas de agosto, un periodo tradicionalmente marcado por una menor actividad política y administrativa y por una caída de la atención informativa debido a las vacaciones. Una circunstancia que alimenta inevitablemente el debate político sobre el momento escogido para hacer pública una decisión de especial trascendencia.
De hecho, el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, ha cargado este mismo miércoles contra la medida y ha recurrido irónicamente al término “agosticidad” para cuestionar el momento escogido para conceder el indulto.
De cuatro años y medio de cárcel a dos
El BOE recoge el indulto parcial después de que la medida fuera aprobada este martes por el Consejo de Ministros del Gobierno de Pedro Sánchez, a propuesta del ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
La decisión supone conmutar a Borràs la pena de cuatro años, seis meses y un día de prisión por otra de dos años, lo que en la práctica aleja su entrada en la cárcel. El real decreto justifica la medida por “razones de justicia y equidad”.
La gracia queda condicionada a que Laura Borràs no vuelva a cometer ningún delito doloso durante los cinco años siguientes a la publicación del real decreto.
El Gobierno sostiene que ha seguido la propuesta realizada en su día por el propio Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que, pese a condenarla, consideró que la pena de prisión resultante era “desproporcionada y excesiva” y propuso un indulto parcial para reducirla hasta los dos años.
¿Por qué fue condenada Laura Borràs?
La condena que ahora se ve parcialmente afectada por el indulto nada tenía que ver, según estableció posteriormente el Tribunal Supremo, con el proceso independentista catalán.
Los hechos se remontan a la etapa en la que Borràs dirigía la Institució de les Lletres Catalanes, entre 2013 y 2018.
El Tribunal Supremo confirmó en febrero de 2025 la condena por prevaricación administrativa y falsedad documental. Según los hechos probados, Borràs adjudicó irregularmente a un conocido la creación, desarrollo y mantenimiento de un portal web de la institución pública.
La operación se articuló mediante 18 contratos menores que alcanzaron un importe total de 335.700 euros. La Justicia consideró probado que Borràs sabía que estaba prescindiendo del procedimiento administrativo de contratación y de los requisitos de libre concurrencia.
Según explicó el propio Poder Judicial al confirmar la sentencia, Borràs había encargado ya los trabajos y, después de ser advertida por funcionarios de los trámites legales que debían seguirse, se simuló la adjudicación mediante contratos menores.
El Supremo rechazó además que pudiera beneficiarse de la Ley de Amnistía precisamente porque consideró que se trataba de delitos de corrupción sin relación con el ‘procés’ independentista.
Una condena firme confirmada por el Supremo
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña había condenado en marzo de 2023 a Borràs a cuatro años, seis meses y un día de prisión por los delitos de falsedad, además de multa e inhabilitación, y a otros nueve años de inhabilitación por prevaricación administrativa.
Posteriormente, el Tribunal Supremo confirmó la condena y cifró el resultado conjunto en cuatro años y medio de prisión, 13 años de inhabilitación y una multa de 36.000 euros.
Fue el propio TSJC el que, al dictar sentencia, propuso que el Gobierno estudiara un indulto parcial exclusivamente respecto a la parte de la pena de prisión que excediera de dos años, al entender que el resultado de cuatro años y medio era excesivo.
Ese planteamiento es precisamente el que ahora ha utilizado el Gobierno de Pedro Sánchez para justificar la medida.
El último Consejo de Ministros antes de agosto
El calendario añade un componente político a una decisión que por sí misma ya estaba llamada a provocar polémica.
El Consejo de Ministros dio luz verde al indulto el martes 28 de julio y el BOE lo convierte en oficial este miércoles 29, cuando quedan apenas dos días para que comience agosto.
No permite afirmar por sí solo que exista una voluntad del Ejecutivo de ocultar la decisión, pero sí sitúa una medida políticamente sensible en uno de los momentos del año tradicionalmente caracterizados por una menor actividad política y una menor atención de la actualidad diaria.
El propio García-Page ha cuestionado precisamente ese calendario. El presidente castellanomanchego ha censurado que se pueda indultar a una persona condenada por corrupción “aunque sea con agosticidad”, introduciendo de lleno en la polémica no solo el fondo de la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez, sino también el momento elegido para hacerla efectiva.
El indulto parcial es ya, en cualquier caso, plenamente oficial. Laura Borràs mantiene las consecuencias de la sentencia que no han sido objeto de la medida de gracia, pero ve reducida hasta los dos años una pena de prisión de cuatro años, seis meses y un día que había sido confirmada por el Tribunal Supremo.

