La Audiencia Provincial de Albacete ha endurecido parcialmente la condena impuesta a una mujer que asaltó a un hombre en una cochera de la capital albaceteña, al que golpeó, apuñaló con unas tijeras y robó cinco euros que empleó inmediatamente para comprar cocaína base. La Sala estima el recurso presentado por la Fiscalía y aumenta la indemnización a favor de la víctima, además de reforzar las medidas de alejamiento y prohibición de comunicación.
Una agresión por cinco euros
Los hechos ocurrieron el 28 de agosto de 2024 en una cochera de Albacete.
Según la sentencia, la acusada accedió al garaje, donde conocía previamente al propietario. Tras iniciar un acercamiento de carácter sexual, le pidió diez euros. Ante la negativa del hombre, la situación derivó en una agresión: le propinó un puñetazo en el ojo, le arrebató unas tijeras que tenía en las manos, le clavó una de ellas en la mano izquierda y, aprovechando la situación, le registró la ropa hasta apoderarse de cinco euros.
Con ese dinero compró cocaína base y consumió la sustancia antes de ser detenida apenas una hora después.
Fractura en la órbita y heridas con unas tijeras
Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió una fractura no desplazada del suelo de la órbita derecha, un hematoma alrededor del ojo y heridas inciso-contusas en la mano izquierda.
Las lesiones requirieron asistencia hospitalaria, seguimiento por especialistas en Oftalmología y Cirugía Maxilofacial, suturas, curas y tratamiento médico, tardando sesenta días en curar y dejando como secuela dos cicatrices permanentes en la mano.
La Audiencia aumenta la indemnización
En primera instancia, la condena fijó una indemnización de 4.390 euros.
Sin embargo, la Fiscalía recurrió al considerar insuficiente la valoración económica de las lesiones. La Audiencia Provincial comparte ese criterio y recuerda que, tratándose de un delito doloso, las cuantías orientativas del baremo de tráfico pueden incrementarse para compensar adecuadamente el daño causado.
Por ello eleva la indemnización hasta los 5.050 euros, al entender que refleja de forma más ajustada la gravedad de las lesiones sufridas por la víctima.
Más protección para la víctima
La Audiencia también estima otro de los motivos planteados por la Fiscalía.
La sentencia amplía la prohibición de aproximación para que la condenada no solo tenga prohibido acercarse a la víctima, a su domicilio o a su lugar de trabajo, sino también a los lugares que frecuenta habitualmente, al considerar que ello ofrece una protección más eficaz frente al riesgo de nuevos encuentros.
Además, impone por el delito de lesiones una nueva prohibición de aproximación y comunicación durante seis meses y quince días, al apreciar la peligrosidad derivada de la enfermedad mental y del consumo de drogas que presentaba la acusada en el momento de los hechos.
La condena principal se mantiene
La Audiencia mantiene el resto de la sentencia dictada en primera instancia, que condenó a la mujer a 32 meses de prisión por un delito de robo con violencia y uso de instrumento peligroso y a dos meses de localización permanente por un delito de lesiones, al apreciarse una eximente incompleta por síndrome de abstinencia derivado de su dependencia a sustancias estupefacientes.
La sentencia ha sido dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete y la magistrada ponente ha sido Almudena de la Rosa.

