Lo que comenzó como una simple consulta rutinaria desde el teléfono móvil acabó convirtiéndose en una batalla de varios años contra una de las principales entidades financieras de España. De la noche a la mañana desaparecieron miles de euros de una cuenta bancaria, llegaron las reclamaciones, las negativas y un largo recorrido judicial que ha terminado con una contundente resolución. Ahora, la Justicia ha obligado a un banco a devolver 5.811 euros a un cliente víctima de cargos que nunca autorizó.
La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Málaga que condena a BBVA a reintegrar 5.811 euros a un cliente al considerar que las operaciones realizadas con cargo a su cuenta bancaria fueron efectuadas sin su autorización.
La resolución, ya firme, obliga además a la entidad financiera a abonar cerca de 600 euros en concepto de intereses legales generados desde la primera reclamación extrajudicial, así como las costas del procedimiento judicial, que superan los 2.000 euros.
El origen del litigio se encuentra en tres cargos realizados en diciembre de 2022 en distintos establecimientos de la Comunidad de Madrid mediante el sistema Google Pay. Las operaciones ascendieron a 2.830 euros en un centro de El Corte Inglés, 1.681 euros en Money Exchange Getafe y 1.300 euros en Europhil Getafe, alcanzando un importe total de 5.811 euros.
Según consta en la sentencia, el afectado, residente en Málaga, detectó los movimientos al consultar la aplicación móvil de su banco durante una estancia en Madrid. Tras advertir los cargos, contactó con la entidad para bloquear la tarjeta y, posteriormente, presentó una denuncia ante la Policía Nacional.
El cliente sostuvo durante todo el proceso que no autorizó ninguna de las operaciones y que tampoco recibió avisos o solicitudes de validación en su teléfono móvil. Asimismo, aseguró que la tarjeta vinculada a la cuenta no se encontraba en su poder cuando se produjeron los cargos.
BBVA rechazó inicialmente devolver el dinero al considerar que las operaciones se habían realizado correctamente mediante Google Pay y atribuyó el fraude a una supuesta negligencia grave del titular por no haber protegido adecuadamente sus credenciales de seguridad.
Sin embargo, la magistrada Araceli Catalán Quintero concluyó en primera instancia que la entidad no acreditó ni la existencia de fraude por parte del cliente ni una actuación negligente de carácter grave. En su resolución recordó que la normativa vigente en materia de servicios de pago establece la obligación de las entidades financieras de reembolsar el importe de las operaciones no autorizadas cuando no puedan demostrar la responsabilidad del usuario.
Tras la negativa del banco a atender las reclamaciones presentadas, el afectado acudió a los tribunales a finales de 2023. La demanda fue respaldada por los servicios jurídicos de FACUA Málaga.
En abril de 2024, el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Málaga estimó íntegramente la reclamación y condenó a BBVA a devolver la totalidad del dinero sustraído, junto con los intereses legales y las costas procesales.
La entidad financiera recurrió posteriormente el fallo ante la Audiencia Provincial de Málaga. No obstante, el tribunal ha desestimado el recurso de apelación y ha ratificado íntegramente la sentencia inicial, imponiendo nuevamente las costas a la entidad bancaria.
Con esta resolución, el afectado recuperará los 5.811 euros objeto de la reclamación, además de los intereses legales devengados y los gastos derivados del procedimiento judicial.

