Varapalo judicial al Ayuntamiento de La Roda por el ruido de los conciertos: vulneró derechos fundamentales de una vecina

Una sentencia judicial pone contra las cuerdas al Ayuntamiento de La Roda por el ruido de conciertos y festivales: aprecia vulneración de derechos fundamentales de una vecina

Lo que durante años fue motivo de quejas vecinales y reclamaciones administrativas ha terminado llegando a los tribunales. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete ha dictado una sentencia de gran relevancia para La Roda al estimar parcialmente el recurso presentado por una vecina que denunciaba las molestias derivadas de los conciertos, festivales y eventos musicales celebrados en el Paseo Ferial. La resolución considera acreditado que los niveles de ruido soportados en su vivienda superaban los límites permitidos por la normativa y concluye que el Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales relacionados con la integridad física y moral, la intimidad familiar y la inviolabilidad del domicilio. La demandante ha estado representada por el despacho de abogados ENSIS LEGAL.

El origen del conflicto: años de eventos musicales junto a su vivienda

La demandante, vecina de La Roda, reside en una vivienda situada a escasa distancia del Paseo Ferial, un espacio que el Ayuntamiento utiliza habitualmente para la celebración de conciertos, festivales, fiestas patronales y otros eventos multitudinarios.

Según recoge la sentencia, la mujer presentó reclamaciones ante el Consistorio denunciando las molestias producidas por el elevado volumen de la música durante diferentes acontecimientos celebrados en 2024, entre ellos el Festival de los Sentidos, el Rec Remember Festival y las Fiestas Patronales de La Roda. La vecina sostenía que los espectáculos generaban niveles de ruido incompatibles con el descanso y con una vida normal dentro de su domicilio.

Además de solicitar medidas correctoras para evitar que la situación continuara reproduciéndose, reclamó una indemnización por los daños físicos y psicológicos que aseguraba haber sufrido como consecuencia de esa exposición continuada al ruido.

Informes periciales que reflejan niveles superiores a los permitidos

Uno de los elementos decisivos del procedimiento fue la aportación de diversos informes periciales acústicos encargados por la demandante.

Las mediciones efectuadas en la vivienda concluyeron que los niveles de ruido transmitidos al interior del inmueble superaban ampliamente los límites establecidos por la normativa municipal. Según se recoge en la resolución, en determinadas franjas horarias nocturnas se registraron valores superiores a los permitidos para garantizar el descanso de los residentes.

Los informes periciales reflejaron que durante las celebraciones analizadas se alcanzaron niveles superiores a los máximos contemplados en la Ordenanza Municipal de Policía y Buen Gobierno de La Roda y también se detectaron componentes de baja frecuencia asociados a los equipos de sonido utilizados en los eventos.

El propio juez destaca que las mediciones realizadas acreditan la existencia de inmisiones acústicas por encima de los límites legales y subraya que el Ayuntamiento no aportó ningún informe técnico que desvirtuara o contradijera de manera efectiva esos resultados.

El Ayuntamiento defendió que los eventos cumplían la normativa

Durante el procedimiento judicial, el Ayuntamiento de La Roda sostuvo que las actividades se habían desarrollado conforme a la normativa vigente y negó que existiera una vulneración de derechos fundamentales.

La defensa municipal argumentó que no constaban denuncias de la afectada ante la Policía Local durante la celebración de los eventos y cuestionó tanto la gravedad de los perjuicios alegados como la relación entre los problemas de salud denunciados y el ruido generado por los espectáculos.

Asimismo, la corporación defendió que la utilización del recinto ferial para la celebración de actividades festivas venía produciéndose desde hacía muchos años y que se trataba de una práctica habitual en el municipio.

El juzgado aprecia “inactividad” municipal

Pese a los argumentos municipales, la sentencia considera acreditado que la demandante soportó niveles de ruido superiores a los permitidos y que el Ayuntamiento no actuó con la diligencia necesaria para evitar la situación.

La resolución es especialmente contundente al señalar que de las actuaciones practicadas resulta patente la “inactividad” de la Administración demandada, una circunstancia que llevó a la recurrente a soportar ruido dentro de su vivienda durante la celebración de los eventos cuestionados.

El juez entiende que esa falta de actuación provocó una alteración relevante de la vida personal y familiar de la vecina, afectando directamente a su derecho al descanso y a la tranquilidad en el domicilio.

Vulneración de derechos fundamentales

Uno de los aspectos más destacados del fallo es el reconocimiento de la vulneración de derechos fundamentales.

La sentencia recuerda la doctrina consolidada del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la contaminación acústica, destacando que una exposición continuada a niveles excesivos de ruido puede afectar a la intimidad personal y familiar, a la inviolabilidad del domicilio e incluso a la integridad física y moral de las personas.

Tras analizar las pruebas practicadas, el juzgado concluye que el Ayuntamiento de La Roda vulneró los artículos 15 y 18.2 de la Constitución Española, al permitir que la recurrente soportara en su vivienda unos niveles de ruido superiores a los establecidos por la normativa municipal.

La resolución señala expresamente que la afectada no tiene la obligación legal de soportar ruidos procedentes de conciertos y eventos cuando estos superan los límites fijados por la propia Administración.

Testimonios vecinales que respaldaron la denuncia

Durante el juicio también declararon varios testigos que corroboraron las molestias derivadas de la celebración de conciertos y festivales.

Uno de ellos aseguró residir a unos diez metros del Paseo Ferial y relató que durante los eventos musicales las ventanas y los tabiques llegaban a temblar, resultando prácticamente imposible conciliar el sueño. Según explicó, cuando se celebraban estas actividades la única alternativa para descansar era abandonar la vivienda.

Otra testigo manifestó que los conciertos anteriormente se celebraban en otra ubicación y que, tras su traslado al recinto ferial, el ruido se había convertido en una situación constante para los residentes más próximos a la zona.

No habrá indemnización económica

Aunque la sentencia da la razón a la vecina en cuestiones fundamentales, no estima todas sus pretensiones.

El juzgado rechaza la indemnización solicitada al considerar que no se ha acreditado de forma suficiente un daño indemnizable susceptible de valoración económica objetiva. La resolución explica que los informes médicos aportados se apoyan principalmente en las manifestaciones realizadas por la propia demandante y no permiten establecer con el grado de certeza exigible una relación directa entre las patologías alegadas y los episodios de ruido denunciados.

Por ello, la estimación del recurso es únicamente parcial.

El Ayuntamiento deberá adoptar medidas para evitar nuevos episodios

La consecuencia práctica más importante de la sentencia es que el Ayuntamiento de La Roda queda obligado a adoptar medidas que garanticen la protección de los derechos reconocidos en la resolución judicial.

El fallo exige que se adopten actuaciones correctoras que eviten la repetición de situaciones similares y que aseguren el cumplimiento de la normativa sobre contaminación acústica en futuras celebraciones. La demandante había solicitado incluso el traslado de los eventos a otra ubicación, aunque la sentencia no entra a imponer expresamente esa medida concreta.

La resolución, dictada el pasado 8 de junio por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete, supone un importante revés para el Ayuntamiento de La Roda y abre un debate sobre la compatibilidad entre la celebración de grandes eventos festivos y el derecho al descanso de los vecinos que residen en las inmediaciones del Paseo Ferial.

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