El Grupo Municipal de VOX en el Ayuntamiento de Albacete exige regular el acceso a las dependencias municipales cuando no sea posible la identificación visual del rostro, una exigencia necesaria para garantizar la seguridad y el correcto funcionamiento de los servicios públicos.
En su iniciativa, VOX recuerda que en los edificios municipales se realizan actuaciones con efectos jurídicos, se presta atención directa al público y se gestionan datos personales, por lo que, tal y como recoge VOX, “la identificación visual del rostro resulta, en determinados servicios y trámites presenciales, un requisito funcional imprescindible”.
Condición «objetiva» de acceso
Así, el grupo municipal propone regular “una condición objetiva de acceso y uso de dependencias municipales, vinculada exclusivamente a la ocultación integral del rostro”, con independencia de la motivación personal, cultural o religiosa de quien porte la prenda. La regulación se aplicaría a cualquier atuendo que impida total o sustancialmente la identificación facial.
En este marco, la petición incluye, “a título meramente enunciativo”, prendas como el niqab, el burka u otras de efecto equivalente, y subraya que la ocultación del rostro dificulta la seguridad y el normal desenvolvimiento del servicio público.
La propuesta se apoya en los artículos 10.1, 14 y 103.1 de la Constitución Española, así como en los artículos 25.2 y 84 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, que amparan la capacidad de los ayuntamientos para fijar condiciones de acceso a sus instalaciones.
Por último, VOX Albacete aclara que la medida contempla excepciones que podrán ser valoradas en casos debidamente acreditados por razones médicas, así como por motivos de salud pública o por exigencias de seguridad laboral.


