Polémica por las medidas anunciadas por RENFE e IRYO; llamamiento a los viajeros en tren de Albacete: el Reglamento Europeo dice lo contrario

La Unión de Consumidores de Albacete (UCE) ha hecho un llamamiento a los usuarios del transporte ferroviario de la provincia tras el anuncio de Renfe e Iryo de no indemnizar a sus pasajeros por determinados retrasos en los servicios de alta velocidad.

Según ha informado la asociación de consumidores con sede en Albacete, ambas compañías han comunicado que dejarán de aplicar sus políticas habituales de compensación económica cuando los retrasos se deban a las limitaciones temporales de velocidad que el gestor de infraestructuras ferroviarias, Adif, está implantando en algunos tramos de la red.

En el caso de Iryo, la empresa ha anunciado en su página web que no reembolsará importe alguno de los billetes adquiridos antes del 28 de enero que se vean afectados por estas restricciones. Por su parte, Renfe ha fijado el inicio de esta medida a partir del 31 de enero.

La UCE ha recordado, además, que no todas las compañías han adoptado la misma postura. Ouigo, por ejemplo, mantiene su política de devoluciones, que contempla una compensación del 50 % del precio del billete en retrasos de entre 30 y 90 minutos, y del 100 % cuando la demora supera los 90 minutos.

Desde la organización albaceteña se subraya que, al margen de los anuncios realizados por Renfe e Iryo, sigue siendo de aplicación el Reglamento Europeo 2021/781, aprobado por el Parlamento Europeo el 29 de abril de 2021, que establece los derechos y obligaciones de los viajeros ferroviarios en el ámbito de la Unión Europea.

Este reglamento determina que, cuando se prevea un retraso superior a 60 minutos en la llegada al destino, el viajero debe poder elegir de forma inmediata entre el reembolso íntegro del billete —en las condiciones en que fue abonado— o la continuación del viaje, ya sea por la misma ruta o por una alternativa, en condiciones de transporte comparables. Además, si el pasajero decide continuar el trayecto pese al retraso, tiene derecho a una indemnización mínima del 25 % del precio del billete cuando la demora sea de entre 60 y 119 minutos, y del 50 % cuando alcance o supere los 120 minutos. La compensación debe abonarse en un plazo máximo de un mes desde la presentación de la solicitud.

Ante esta situación, la Unión de Consumidores de Albacete recomienda a los usuarios de la provincia que se vean afectados por retrasos que presenten reclamación ante la compañía ferroviaria correspondiente, con independencia de las medidas anunciadas por estas. La asociación aconseja solicitar las hojas oficiales de reclamaciones y tramitar la devolución o indemnización que corresponda ante los organismos competentes, con el fin de hacer valer los derechos que ampara la normativa europea.

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