La Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a M.S.C., dueño de una tienda de alimentación de Albacete, a 8 años y un día de cárcel por un delito continuado contra la libertad sexual contra una de las empleadas de su establecimiento con una discapacidad intelectual ligera, tal y como señala la sentencia.
Según indica la sentencia en sus hechos probados, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, la víctima trabajaba en la tienda de Albacete propiedad del ahora condenado en el año 2023, cuando en una ocasión, aprovechando el hombre que la empleada estaba en el almacén para reponer género y limpiar y que no había clientes en el interior del establecimiento, se dirigió a ella, tocándole el glúteo por encima de la ropa. En una segunda ocasión, de nuevo en el almacén, el propietario de la tienda le metió la mano por debajo del pantalón, sacando su miembro y masturbándose.

Tal y como señala la sentencia, se produjo un tercer episodio en el que el hombre consiguió realizar tocamientos en las partes íntimas de la empleada, siendo sorprendidos por una tercera persona, pareja en aquel entonces del dueño.
Condenado a 8 años y un día de cárcel en Albacete
Así, la Justicia ha considerado estos hechos como probados, considerándolos constitutivos de al menos tres agresiones sexuales, la última de ellas constitutiva como violación. De este modo, ha estimado los hechos como un delito continuado de violación.
Además, la sentencia condena al acusado a responder con una indemnización de 12.000 euros a la víctima, así como a hacerse cargo de las costas procesales. Del mismo modo, ha sido condenado a libertad vigilada durante 5 años, así como la prohibición de comunicación y aproximación a la víctima a menos de 100 metros, su lugar de trabajo, o cualquier otro lugar donde se encuentre durante 10 años. Se ha establecido también una inhabilitación especial para cualquier profesión que conlleve contacto regular y directo con menores durante 13 años.

Así, la Justicia ha condenado al acusado a 8 años y un día de prisión por un delito continuado contra la libertad sexual. La sentencia no es firme y cabe interponer recursos.



