Acusado el dueño de un local de Albacete de violar a una trabajadora

Se enfrenta a petición de cárcel

El Juzgado de lo Penal de Albacete celbrará esta semana del juicio oral por una presunta agresión sexual ocurrida en la ciudad a finales de febrero de 2025. El acusado, según la calificación provisional del Ministerio Fiscal en unas diligencias tramitadas inicialmente en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Albacete, se enfrenta a una petición de pena de prisión y a medidas de alejamiento y control posteriores.

La noche de los hechos: copas, traslado a una vivienda y un episodio mientras la víctima dormía

El relato del escrito de acusación sitúa los hechos en la noche del 24 al 25 de febrero de 2025. La mujer denunciante habría estado en su domicilio en compañía de dos amistades consumiendo alcohol y, ya entrada la madrugada, en torno a las 2.00 horas,, decidieron acudir a un establecimiento de Albacete regentado por el acusado, D.F.C.M.

Según la Fiscalía, la víctima habría estado vinculada laboralmente al local desde aproximadamente un mes antes, al tiempo que mantenía relación de confianza con el entorno del establecimiento. En el local coincidieron con el acusado y con otras personas y continuaron bebiendo durante varias horas.

La acusación señala que, sobre las 5.00 horas, varias personas se trasladaron al domicilio de la víctima, donde continuaron consumiendo alcohol. Alrededor de las 6.00 horas, una de las personas que se encontraba en la vivienda se marchó, quedándose solamente la víctima y el acusado dentro del domicilio.

La llamada a la pareja y el momento en que se detecta lo ocurrido

En el escrito se recoge que, pasado un tiempo, y en todo caso antes de las 12.00 horas del día 25, el acusado habría entrado en la habitación donde la mujer descansaba y, aprovechando que estaba profundamente dormida, habría realizado actos de carácter sexual sin consentimiento.

El documento detalla que la mujer no fue desvestida completamente, y que el acusado habría apartado parte de la ropa interior para iniciar el acto. Posteriormente, se menciona que la víctima recibió una llamada telefónica de su pareja hacia el mediodía y, a raíz de esa conversación, se habría percatado de lo sucedido. En estado de conmoción, abandonó la vivienda y pidió a su pareja que acudiera al domicilio.

Calificación penal y medidas solicitadas

La Fiscalía califica los hechos como un delito de agresión sexual conforme al artículo 178 del Código Penal (en la redacción vigente tras la LO 4/2023) y atribuye al acusado la condición de autor.

En cuanto a la pena, el escrito interesa:

  • 3 años de prisión.
  • Inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
  • Prohibición de aproximación y de comunicación con la víctima durante 5 años, incluyendo su domicilio, lugar de trabajo y otros lugares que frecuente, con un radio de 200 metros.
  • Libertad vigilada durante 5 años, a ejecutar después de la pena privativa de libertad.
  • Inhabilitación especial para actividades o profesiones con contacto regular y directo con menores por un tiempo superior a 3 años al de la pena de prisión que se imponga.
  • Pago de costas.

El Ministerio Fiscal también recoge la concurrencia de una atenuante analógica de embriaguez, al constar que el acusado había ingerido alcohol, si bien sostiene que esa ingesta no alcanzó el punto de anular o limitar gravemente sus capacidades.

Medidas cautelares ya adoptadas desde la instrucción

En el procedimiento consta además que, por auto de 26 de febrero de 2025, se acordó ya una prohibición de aproximarse y de comunicarse con la denunciante, como medida de protección mientras avanzaba la causa.

Mapfre

El Digital de Albacete

Diario digital líder en Albacete con toda la información de la capital y provincia
Botón volver arriba