El engaño de las patatas: «Vulnera los derechos» y piden «abrir un expediente sancionador»

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía a una marca de patatas por incurrir en publicidad engañosa al hacer creer al consumidor que está comprando un producto producido en Andalucía cuando en realidad su origen es Francia.

La asociación ha tenido conocimiento de que en distintas cadenas de distribución se están vendiendo unas patatas con denominación comercial Vega del Guadalquivir que tienen un diseño del envase y unos elementos gráficos que inducen a pensar que proceden de esta comarca ubicada en la provincia de Sevilla.

Es más, dicha percepción se ve reforzada por la inclusión en el envase del distintivo Calidad Certificada que otorga la Junta de Andalucía para identificar productos agroalimentarios que cumplen estrictos requisitos de calidad diferenciada, seguridad, sostenibilidad y control externo, destacando su excelencia y autenticidad andaluza.

También aparece en el envase el distintivo Landaluz, una marca perteneciente al Clúster Agroalimentario de Andalucía asociada a productos agroalimentarios y a empresas andaluzas integradas en esta asociación.

La presencia de todos estos elementos (denominación geográfica concreta, simbología institucional y distintivos de calidad y origen andaluz) configura un mensaje comercial claro que lleva al consumidor a asociar el producto con un origen andaluz real y verificable, lo que constituye un factor determinante en su decisión de compra.

Patatas procedentes de Francia

Si se examina la etiqueta de menor tamaño adherida al envoltorio de estas patatas se observa que la productora es Anpasol Pck SL – Andalucía Patatas del Sol, una empresa con domicilio social en el municipio sevillano de Cantillana. En dicha etiqueta se indica expresamente que el origen del producto es Francia.

FACUA considera que esta contradicción vulnera los derechos de los consumidores, pues la información relativa al origen real del producto aparece consignada en una etiqueta secundaria de reducido tamaño y escasa visibilidad, mientras que los elementos predominantes del envase descasan una supuesta procedencia andaluza. Por ello, la asociación entiende que se trata de un caso flagrante de publicidad engañosa, pues induce a error en el consumidor con un elemento esencial como es el origen del producto.

Qué dice la ley

El artículo 5 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, deja claro que se considera desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico«, siempre que indica sobre las características principales del bien o servicio entre las que están «su origen geográfico o comercial».

Además, el artículo 47 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias señala que son infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios «el incumplimiento de las normas relativas a registro, normalización o denominación de productos, etiquetado, envasado y publicidad de bienes y servicios, incluidas las relativas a la información previa a la contratación», así como «el uso de prácticas comerciales desleales con los consumidores o usuarios».

Por todo ello, FACUA ha pedido a la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía que abra una investigación a Patatas Vega del Guadalquivir a fin de verificar la veracidad de la información que aparece en sus envases, ya que puede tratarse de un caso de publicidad engañosa al hacer un uso predominante y potencialmente indebido de denominaciones geográficas y distintivos vinculados a la calidad y procedencia andaluza.

Asimismo, la asociación insta a la administración de consumo autonómica a abrir un expediente sancionador a la empresa al tratarse de una conducta que podría ser calificada como infracción grave o muy grave de conformidad con la normativa vigente.

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