Santos Cerdán, en libertad tras casi 5 meses en prisión provisional por el ‘caso Koldo’

El instructor del ‘caso Koldo’ en el Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha puesto en libertad al ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán tras 4 meses y 20 días en prisión provisional por su presunto «papel principal» en la trama de adjudicación de obra pública a cambio de comisiones que se investiga en el ‘caso Koldo’, pero le ha impuesto medidas cautelares –prohibición de salida del país y firma quincenal en sede judicial– ante los fuertes indicios en su contra.

Cerdán se encontraba en la cárcel de Soto del Real (Madrid) desde el pasado 30 de junio por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho. Sus abogados, Benet Salellas y Jacobo Teijelo, han pedido hasta en cinco ocasiones su puesta en libertad pero hasta ahora tanto el instructor como la Sala de Apelación lo habían frenado.

No obstante, en los últimos meses el propio Puente había venido avisando en sus resoluciones de que Cerdán no agotaría el plazo legal de seis meses para la prisión provisional, que se cumplía el 30 de diciembre, aunque también había advertido de que antes era necesario que los investigadores aseguraran las posibles pruebas. «Y, ciertamente, ha llegado ese momento», ha dicho el magistrado en un auto dictado este miércoles.

Da este paso después de que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil le entregara un último informe el pasado 11 de noviembre sobre las relaciones entre Acciona y Servinabar, la empresa de la que Cerdán sería dueño al 45%.

Este informe, al que ha tenido acceso Europa Press, revela que Servinabar se llevaba el 2% de lo que Acciona cobraba por las obras públicas obtenidas y que Cerdán y su familia disfrutaron del dinero captado por la sociedad navarra mediante el cobro de nóminas, el alquiler de dos pisos en Madrid –incluida la vivienda familiar– y una tarjeta de crédito donde cargaron numerosos gastos por comidas y diversas compras.

Tras recibir esta nueva información, Puente ordenó ocho registros que se llevaron a cabo el pasado viernes en distintas empresas, incluidas sedes de Acciona, de donde la UCO se llevó documentación y «terminales telefónicos y/o informáticos». Además, imputó al ex directivo de Acciona Justo Vicente Pelegrini y a dos subordinados suyos –que siguen en la constructora pero han sido suspendidos de sus funciones–.

UN RIESGO «SERIAMENTE MITIGADO»

El instructor recuerda que ordenó encarcelar a Cerdán por el riesgo –«muy intenso»– de que destruyera, manipulara u ocultara pruebas, si bien cree que este riesgo ya se ha «mitigado seriamente», después de que la UCO haya logrado «obtener informaciones que, muy probablemente, hubieran resultado ocluidas o de muy difícil acceso, ante posibles intentos de ocultación, alteración o destrucción».

En este punto, el magistrado sostiene que «el resultado de la investigación practicada no solo no ha diluido los consistentes indicios de criminalidad con los que ya se contaba en la causa, sino que, muy al contrario, los ha reforzado en buena medida y abierto nuevas líneas de investigación».

Al mismo tiempo aclara que «la existencia de consistentes indicios relativos a que Cerdán pudiera haber cometido los ilícitos penales que se le atribuyen no es, por sí mismo, indicador suficiente para justificar el mantenimiento de la prisión provisional».

Y ello, explica, porque «no se identifica la presencia de un riesgo cierto y acusado de fuga o posible sustracción a la acción de la Justicia que, aunque nunca pueda ser descartado de forma completa o absoluta, puede en este momento tratar de conjurarse con la adopción de medidas cautelares».

En consecuencia, le impone las mismas medidas cautelares que al ex ministro de Transportes José Luis Ábalos y al que fuera su asesor ministerial Koldo García: prohibición de salida del país con retirada de pasaporte y comparecencia cada 15 días en sede judicial.

Puente alude asimismo a los otros riesgos por los que la ley permite el ingreso en prisión provisional, para rechazarlos. Así, en cuanto al peligro de que «cometa otros hechos delictivos», estima que «es evidente que este último riesgo puede ser descartado razonablemente, en la medida en que el investigado no ostenta en la actualidad cargo público alguno ni tampoco conserva relación orgánica de dirección» con el PSOE.

«No hay, por lo tanto, razón bastante para prolongar la situación de prisión provisional que padece el investigado», resuelve el instructor.

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