Un hombre de 39 años se verá inmerso en problemas judiciales tras lo sucedido en la calle Tinte de Albacete. De ello ha informado la Policía Local de Albacete, quien ha colocado a esta persona en calidad de investigado.
Esta persona tenía la obligación de permanecer confinado en una vivienda de la calle Tinte debido a una condena de arresto domiciliario, algo que no hizo y de lo que fue plenamente consciente la Policía Local de Albacete tras personarse los agentes en el citado domicilio.
Así las cosas, a las 20:17 horas del pasado sábado, en la calle Tinte de Albacete, efectivos de la Policía Local de Albacete instruyeron diligencias por un presunto delito de quebrantamiento de condena.
El investigado es un varón de 39 años, sobre el que pesaba una resolución judicial previa que le obligaba a permanecer recluido en su vivienda por haber sido condenado por un juez a cumplir un arresto domiciliario.
Posibles consecuencias penales tras lo sucedido en Albacete
El quebrantamiento de condena o de medidas judiciales (por ejemplo, órdenes de alejamiento, medidas cautelares o penas privativas de libertad) está tipificado en el artículo 468 del Código Penal. En términos generales, puede acarrear:
- Pena de prisión de 6 meses a 1 año cuando se vulnera una condena, medida de seguridad, prisión o medida cautelar que implique privación de libertad efectiva.
- Pena de multa (normalmente de 12 a 24 meses) cuando se quebrantan otras medidas que no suponen privación de libertad, como ciertas prohibiciones o medidas no custodiales.
- En los casos en que el quebrantamiento afecte a medidas de alejamiento o prohibiciones de comunicación respecto de víctimas de violencia de género, violencia doméstica u otros delitos similares, la ley prevé obligatoriamente prisión de 6 meses a 1 año, aun cuando la medida no suponga ingreso en un centro penitenciario.
Además de la pena que pudiera imponerse por el nuevo delito, el investigado puede enfrentarse a otras consecuencias:
- Revocación de la suspensión de la pena anterior, si la tuviera concedida, obligándole a cumplir la condena que estaba suspendida.
- Antecedentes penales, con el impacto que ello supone para futuros procesos judiciales o para acceder a determinados empleos o licencias.
- Un posible endurecimiento de futuras decisiones judiciales (por ejemplo, más dificultades para obtener beneficios penitenciarios o nuevas suspensiones de pena), al apreciarse falta de respeto a las resoluciones judiciales.
Será ahora el juzgado competente quien, a la vista de las diligencias policiales y, en su caso, de las pruebas que se practiquen durante la instrucción, determine si los hechos constituyen realmente un delito de quebrantamiento de condena y qué responsabilidad penal podría derivarse para el investigado.


