Dos jóvenes, un solo patinete, sin casco, por la acera y en sentido prohibido. La escena captada este jueves en la céntrica Tesifonte Gallego, en Albacete, resume varias infracciones a la vez y un riesgo evidente para peatones y conductores. Ocurrió hacia las 13.30 y desató la indignación de quienes transitaban la zona. La normativa prohíbe circular por aceras, exige uso correcto de la calzada o carril bici y, en Albacete, impone casco obligatorio para los VMP; nada de doble ocupación ni de ir a contramano. Un “compendio” de conductas vetadas en una sola imagen.

El cambio legal: qué entra en vigor en enero en Albacete y toda España
España ha aprobado la Ley 5/2025, de 24 de julio, que transpone la Directiva (UE) 2021/2118 y crea un seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos personales ligeros (VPL) —la categoría que incluye, entre otros, los patinetes eléctricos y ciertas bicicletas eléctricas que cumplan parámetros de peso y velocidad. La obligación para VPL arranca el 2 de enero de 2026 (enero), salvo que el reglamento que la desarrolle se adelante.

¿Qué vehículos quedan dentro?
A efectos de seguro, VPL son los vehículos de una sola plaza, propulsados exclusivamente por motor eléctrico y con velocidad máxima de fabricación:
- Entre 6 y 25 km/h si pesan < 25 kg, o
- Entre 6 y 14 km/h si pesan > 25 kg. Quedan fuera, por ejemplo, las EPAC típicas (pedaleo asistido ≤25 km/h y ≤250 W) cuando no encajan en esa definición; y aparte, existen bicicletas con motor auxiliar que por superar 45 km/h se consideran vehículos a motor y ya estaban obligadas a disponer de seguro.

Coberturas mínimas del seguro
La ley fija límites mínimos obligatorios:
- 6.450.000 € por siniestro en daños personales, cualquiera que sea el número de víctimas.
1.300.000 € por siniestro en daños materiales.

Registro y documentación
Para circular, los VPL deberán tener certificado de circulación, estar inscritos en el Registro de Vehículos de la DGT y portar una etiqueta identificativa (o matrícula, si procede). El Gobierno debe regular el registro y los medios de identificación antes del 2 de enero de 2026.

Sanciones y Consorcio
La carencia de seguro dará lugar a sanciones reducidas a un tercio de las previstas para vehículos a motor en el art. 3.1.c) de la Ley sobre RC y seguro en la circulación. Además, el Consorcio de Compensación de Seguros actuará como fondo de garantía en supuestos tasados y podrá repetir contra los responsables en determinados casos.

Por qué lo de Albacete es relevante (y qué dice la norma)
Lo visto este jueves en Albacete no es una anécdota: ilustra los riesgos que el seguro pretende cubrir y la urgencia de cumplir reglas básicas:
- Prohibido circular por aceras y zonas peatonales; los VMP deben ir por calzada o carril bici.
- Casco obligatorio en Albacete para usuarios de VMP; la ordenanza local permite inmovilizar el patinete por no llevarlo.
- Uso individual: un solo ocupante por VMP; nada de circular en sentido prohibido.

Qué debes hacer si tienes patinete (o una e-bike que encaja como VPL)
- Verifica si tu vehículo es un VPL según peso/velocidad y plaza única. Si no lo es, revisa si tu bici entra en otras categorías ya asegurables.
- Obtén el certificado de circulación, inscríbelo en la DGT y coloca la identificación cuando esté regulada.
- Contrata el seguro con las coberturas mínimas exigidas. Si ya tienes una póliza RC, ajústala a los nuevos límites para que sea válida.

Contexto y encaje
Fuentes especializadas subrayan que el nuevo marco protege a las víctimas y aporta seguridad jurídica a una movilidad que ya es cotidiana en nuestras ciudades. El caso de Albacete —doble ocupación, sin casco, por la acera y a contramano— es el ejemplo de todo lo que no debe ocurrir… y de por qué enero marcará un antes y un después en responsabilidades y coberturas.