Los meses de verano son por lo general las fechas más elegidas por muchas parejas de Albacete para darse el ‘Sí, quiero’ y sellar su amor dando el paso de contraer matrimonio. Con mucho preparativo detrás por parte de los novios, siempre se espera que esa fecha sea idílica, pero puede torcerse nada más salir de la iglesia, el ayuntamiento o el juzgado si los invitados de los contrayentes deciden hacer algo muy típico en lugares como Valencia, por ejemplo, pero que en Albacete está prohibido por la Ordenanza Municipal y puede llevar a que la policía local acabe sancionando a los allí presentes.
🎆 Petardos a lo loco: solo si quieres conocer a todos los vecinos… y a la Policía.
— PolicíaLocalAlbacete (@PoliciaAlbacete) June 11, 2025
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Tracas en bodas de Albacete
Así las cosas, casi todos hemos estado en alguna boda en Albacete en la que al salir los recién casados del lugar donde han dado el paso de contraer matrimonio, sus familiares, amigos o allegados han prendido una traca y han ‘celebrado’ con pólvora y estallidos de petardos la salida de los enamorados.
Pues bien, por mucho que quizá algunos vean eso como normal, aquí en Albacete está prohibido y ya ha habido más de una boda en la que la policía local ha terminado sancionando a quienes han colocado y prendido una traca.

Ordenanza Cívica Municipal de Albacete
La Ordenanza Cívica Municipal lo deja bien claro, argumentando al respecto el citado documento, en el capítulo VII, en el que se refiere a la contaminación acústica, que “no está permitido, salvo lo dispuesto en el artículo 44.3 de esta Ordenanza, disparar petardos, cohetes y toda clase de artículos pirotécnicos que puedan producir ruidos”.
En añadidura a este aspecto, cabe destacar que el artículo 44.3 explica que “salvo en caso de celebraciones o fiestas populares que cuenten con la correspondiente autorización municipal, no está permitido encender hogueras y fogatas, así como portar mechas encendidas y disparar petardos, cohetes y toda clase de artículos pirotécnicos en las vías y espacios públicos. También queda prohibido el encendido, salvo autorización municipal de acuerdo con la normativa vigente, de fuegos con el fin de proceder a la quema de pastos o restos vegetales en parcelas o fincas particulares”.
La multa por este tipo de comportamientos está comprendida entre los 121 y los 1.500 euros.