El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha dictaminado el despido de un trabajador como improcedente. En este caso, el empleado había sido despedido mientras estaba de baja por una incapacidad temporal. Así, este trabajador había estado ayudando a su suegro en una reforma de un inmueble y finalmente la Justicia ha concluido que su actividad no justificaba la sanción máxima, y como resultado, o bien la empresa deberá readmitirlo o abonarle una indemnización de más de 59.000 euros.
El despido disciplinario se llevó a cabo tras casi dos décadas de trabajo en la empresa, ya que el trabajador desempeñaba su labor en categoría de peón desde 2004. En 2022 fue cuando la empresa le comunicó su despido disciplinario alegando que había cometido una transgresión al realizar actividades incompatibles con su situación médica, lo que implicaba, según la empresa, o la simulación de la dolencia o una conducta que ponía en peligro su recuperación.

En esta línea, la empresa aportó pruebas de que durante varios días el trabajador había ayudado a su suegro en una reforma y que en estas jornadas se le vio comprando material y transportándolo, además de participar en otras tareas, como ayudando con la instalación eléctrica, entre otras. Por otro lado, en esas fechas, el informe del fisioterapeuta indicaba que estaba casi recuperado y que podía ir retomando poco a poco su actividad normal.
Un despido que ha recorrido una larga trayectoria judicial, ya que en un primer momento el trabajador recurrió el despido y el Juzgado de Primera Instancia falló a su favor. Por otra parte, la empresa elevó el caso al TSJCLM, que ratificó la sentencia anterior declarándolo improcedente. Así, la empresa deberá elegir entre la readmisión del trabajador o una indemnización de 59.518,20 euros.